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CUáNTOS AñOS DE AGUA Y PREDIAL TENGO QUE TENER PAGADOS PARA PODER VENDER.

  • Consulta : 190724
  • Autor : Enrique12
  • Publicado : Viernes 15 de Marzo de 2013 21:57 desde la IP: 189.181.41.156
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,608
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  • Autor
    Consulta

  • Enrique12
    USUARIO REGISTRADO

    Hola tengo una casa que quiero vender tengo pagados los últimos 5 años de agua y predial, será con esto suficiente, porque ahora me dicen en donde pague el agua sacm que debo pagar años del 93 y 94 que tengo sin pagar , por favor ayuda. gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 311207

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El articulo 72 del Código Financiero del Distrito Federal ordena "El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de tres años. El término de la prescripción se inicia a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido y se podrá oponer como excepción en los recursos administrativos. El término para que se consuma la prescripción se interrumpe con cada gestión de cobro que el acreedor notifique o haga saber al deudor o por el reconocimiento expreso o tácito de éste respecto de la existencia del crédito. Se considera gestión de cobro cualquier actuación de la autoridad dentro del procedimiento administrativo de ejecución, siempre que se haga del conocimiento del deudor. La declaratoria de prescripción de créditos fiscales podrá hacerse de oficio por el Órgano Colegiado de Tesorería que para tal efecto se integre o a petición de los particulares por el Procurador Fiscal del Distrito Federal.

    De acuerdo con lo anterior, mientras no te determinen el crédito o te requieran el pago de los mismos mediante notificación, lo cual sería improcedente pues ya prescribió, es procedente la venta del inmueble.





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