Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DONACION EN SOCIEDAD CONYUGAL

  • Consulta : 189970
  • Autor : Beltronic
  • Publicado : Domingo 10 de Marzo de 2013 23:31 desde la IP: 189.163.171.26
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,488
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Beltronic
    USUARIO REGISTRADO

    A los abogados, mis felicitaciones por tan loable labor.

    Una persona tiene  mas de 80 años, esta casada por bienes mancomunados, sin embargo el esposo la abandonó hace mas de 23 años sin divorciarse, no se sabe  si el este casado con la otra persona ya que se fue a otro estado de la republica,  pero si es de conocimiento publico que vive con otra mujer y los dos tienen una hija de 20 años de edad, la legitima esposa no ha tenido contacto alguno con el "esposo"  todos estos años, por lo cual esta señora de 80 años durante el transcurso de el abandono formo bienes que ahora quiere pasar a sus hijos por medio de donacion.

    Las Preguntas don: 1.- si se corre el riesgo que despues de tantos años el esposo de esta señora invalidara la donacion al 50% o al morir el esposo la  concubina reclamara el 50% de lo que dice la sociedad conyugal pertenecia al esposo ?

     2.-Que medidas se pueden tomar para que sin que se divorcien estas personas,( pues ya a los 80 años no quieren llevar este tramite )no exista riesgo de que les quiten la mitad a los hijos?

    3.- Que es mejor para este caso Donacion o Venta.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 310200

  • Sareviva
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Evidentemente la donación o incluso venta, sería nula en cuanto al 50% ya que pertenece a una sociedad conyugal que no ha sido disuelta.  No existe concubina ya que existiendo matrimonio sin disolver la otra pareja no es concubina sino amasia y por lo tanto carece de derecho alguno para reclamar. Incluso el testamento tampoco puede disponer de la otra mitad. Es necesario demandar el divorcio y la disolución de la sociedad conyugal, pero tiene el beneficio de demandar la rendición de cuentas. Necesita de abogado especialista en la materia.



  • Autor
    Respuesta No: 310203

  • Beltronic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Al Lic. Permalink: Lic, agradezco su respuesta y mis respetos para ud. GRACIAS.

    Pudiera ser que para este caso Ante Notario el marido especificara los bienes y que firmara en que esta de acuerdo en dicha donacion? 



  • Autor
    Respuesta No: 310204

  • Sareviva
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias pero mi nombre de usuaria no es Permalink, sino Sareviva. Evidentemente si el marido está de acuerdo con acudir al notario para formalizar la donación, es claro que procedería la transmisión de la propiedad y más si le señalan que le pueden demandar la rendición de cuentas a la sociedad conyugal. pero si no firma no hay nada. 



  • Autor
    Respuesta No: 310206

  • Beltronic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Perdon por esta falla de nombres sin embargo, Lic. Sareviva agradezco y admiro el profesionalismo de su respuesta, la verdad es que no estoy muy familiarizado en este foro.

    GRACIAS.



  • Autor
    Respuesta No: 310207

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Gracias por sus comentarios. No fue mi intención abusar se su inocencia cibernética, sólo que apareció en el momento justo a lo hora adecuada. Me remito a mi respuesta en la consulta 189971



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión