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AUMENTO DE CAPITAL VARIABLE EN UNA SA DE CV
- Consulta : 181765
- Autor : jesusmayo6_NR
- Publicado : Jueves 03 de Enero de 2013 10:46 desde la IP: 201.116.66.199
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,604
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Enero de 2013
Estado de Referencia: Tabasco
Estimados: Abogados y Fiscalistas
buenos dias
Mi Planteamiento es el siguiente:
Se constituye la Empresa X, Sa de Cv, y sus accionistas son manuel, pedro, juan, rodrigo, inicia sus operaciones su giro es compra y venta de medicamentos le va muy bien y los mismos accionistas constituyen otra empresa llamada Empresa Y, Sa de Cv, la cual su giro es inmobiliario
La empresa X, sa de Cv le da dinero via transferencia electronica a la empresa Y sa de cv para que solvente sus gastos y haga sus inversiones, asi que la empresa Y, sa de cv le aduuda un pasivo a la empresa x, sa de cv por 10,000,000.00 como no tiene para devolver el pasivo se capitaliza mediante un aumento de capital a la empresa Y sa de cv.
Mi duda o pregunta es:
Para el aumento del capital en la empresa Y sa de cv, entraria la empresa X sa de cv como nuevo accionista con las acciones que representen la cantidad de 10,000,000.00 o serian los accionista manuel, pedro, juan, rodrigo, que aumentarian sus acciones en la Empresa Y sa de cv.
Espero mi redaccion haya sido clara.
Y asi mismo tiene que hacerse una asamblea entre los accionistas y al finalizar la asamblea protocolizar el acta ante notario publico?
Se tiene que pagar impuestos por este aumento de capital y darle aviso a la secretaria de hacienda y credito publico?
Agradezco sus opiniones y fundamentyos legales.
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 297385
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Enero de 2013 13:06 2013-01-03 13:06 desde IP: 189.152.101.8
Buenos días
1.- Si la Sociedad X S.A. DE C.V. es la que entraría como accionista pues es la que esta dando la ayuda financiera a la otra sociedad.
2.- Se tendría que llevar a cabo una Asamblea Extraordinaria para dicho movimiento donde se protocolizaría ante notario posteriormente. ( cabe mencionar que en registro público se pagaría un porcentaje por los derechos ya que es un aumento de capital y puede bariar)
3.- Si se tendría que dar aviso a la Secretaría de Hacienda y Credito Público.
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