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SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE REMATE EN TERCERA ALMONEDA

  • Consulta : 181252
  • Autor : ANICETO PEREZ
  • Publicado : Miércoles 26 de Diciembre de 2012 15:07 desde la IP: 187.232.76.140
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • ANICETO PEREZ
    USUARIO REGISTRADO

    CON FECHA 17 DE MARZO DEL 2005, SE DICTO SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, MEDIANTE LA AUDICENCIA DE REMATE EN TERCERA ALMONEDA CELEBRADA CON FECHA 25 DE MARZO DEL 2004, HABIA TRANSCURRIDO SIN QUE HASTA EL MOMENTO LOS CODEMANDADOS HUBIERAN CUMPLIDO CON LO SEÑALADO (20 DIAS PARA HACER PAGO O PRESENTAR MEJOR POSTOR) EN CONSECUENCIA, SE LES TUVO POR PERDIDO EL DERECHO QUE PUDIERON HACER VALER PARA TAL EFECTO EN CONSECUENCIA SE ESTIMO HACERLES EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN EL AUTO DICTADO EN LA AUDICENCIA DE REMATE EN TERCER ALMONEDA CELEBRADA EN ESTE JUICIO Y POR ASI CORRESPONDER AL ESTADO PROCESAL DE ACTUACIONES, SE ORDENO TRAER LOS PRESENTES AUTOS A LA VISTA DE LA SUSCRITA PARA QUE FUERA DICTADA LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA CORRESPONDIENTE BAJO TALES CIRCUNSTANCIAS CON FUNDAMENTO EN EL ART. 584 DEL C.P.C. PARA EL D.F.  RESULTA
    PROCEDENTE APROBAR EL REMATE EN TERCERA ALMONEDA CELEBRADO CON FECHA 20 DE ABRIL DEL 2004. DEBIENDOSE ADJUDICAR EN FAVOR DE LA PARTE ACTORA EJECUTANTE, EL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO EN AUTOS IDENTIFICADO COMO MZ20 LT34.
    ...................................

    RESUELVE

    PRIMERO: SE APRUEBA EL REMATE EN TERCERA ALMONEDA DE FECHA 25 DE MARZO DEL 2004, A FAVOR DE LA PARTE ACTORA..........................

    SEGUNDO: SE PREVIENE AL ADJUDICATARIO Y PARTE ACTORA SEÑOR JUAN R............, PARA QUE DESIGNE NOTARIO PUBLICO....... CON FECHA 30 DE ABRIL DEL 2005, EL ACTOR SOLICITO SE ENVIARA EL EXPEDIENTE ANTE LA NOTARIA 80 DEL DISTRITO FEDERAL Y CON FECHA 15 DE ABRIL DEL 2009 EL C NOTARIO PUBLICO DEVOLVIO EL EXPEDIENTE AL JUZGADO DE ORIGEN POR FALTA DE INTERES JURIDICO DEL ACTOR Y A LA FECHA EL ADJUDICATARIO NO HA TIRADO LA ESCRITURA A SU FAVOR.

    LA AUDIENCIA DE FECHA 20 DEL ABRIL DEL 2004 NO EXISTE. ¿SE PUEDE PEDIR LA NULIDAD DE ESTA RESOLUCION?

     

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