Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PUEDE UN LICENCIADO EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS EJERCER COMO UN ABOGADO PARA DERECHO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO?

  • Consulta : 173597
  • Autor : bebeto2000_NR
  • Publicado : Jueves 18 de Octubre de 2012 22:54 desde la IP: 201.141.186.140
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • bebeto2000_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola Soy licenciado en administracion de empresas, y tengo necesidad de interponer un juicio contencioso administrativo, necesito ser lic en derecho para hacerlo o con mi cedula de administrador de empresas lo puedo hacer?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 289089

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted puede promover por su propio derecho si como persona física es el actor, pero de ninguna manera puede promover como abogado ya que se requiere cédula profesional en calidad de abogado y no de administrador. El 90% de los juicios contenciosos administrativos los pierde la autoridad demandada y el 10% que no se ganan, son porque los promueven Contadores o Administradores que creen que pueden.



  • Autor
    Respuesta No: 289090

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted puede promover por su propio derecho si como persona física es el actor, pero de ninguna manera puede promover como abogado ya que se requiere cédula profesional en calidad de abogado y no de administrador. El 90% de los juicios contenciosos administrativos los pierde la autoridad demandada y el 10% que no se ganan, son porque los promueven Contadores o Administradores que creen que pueden.



  • Autor
    Respuesta No: 289091

  • Enrique I
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    bebeto2000_NR    

     He escuchado que algunos Contadores Públicos participan en juicios de nulidad en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y pero desconozco como le hacen para postularse y poder litigar.



  • Autor
    Respuesta No: 289107

  • bebeto339
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En este caso hablamos q representaria a una persona moral... Solo con la representacion legal para pleitos y cobranza podria iniciar el juicio?



  • Autor
    Respuesta No: 289148

  • Enrique I
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

     

    Quien promueva a nombre de otra deberá acreditar que la representación le fue otorgada a más tardar en la fecha de la presentación de la demanda o de la contestación, en su caso.

    La representación de los particulares se otorgará en escritura pública o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante notario o ante los secretarios del Tribunal, sin perjuicio de lo que disponga la legislación de profesiones.

     

    Artículo 15  de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

     

    El demandante deberá adjuntar a su demanda:

     

    Fracción III. El documento que acredite su personalidad, cuando no gestione en nombre propio.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión