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PAGARE Y ABUSO DE CONFIANZA

  • Consulta : 173570
  • Autor : Preocupadisimo
  • Publicado : Jueves 18 de Octubre de 2012 19:41 desde la IP: 187.210.142.17
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,609
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  • Autor
    Consulta

  • Preocupadisimo
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia espero me puedan orientar, hace 1 año le preste a una señora 80000 pesos y me firmo un pagare pero no le pusimos fecha de vencimiento acordamos me pagaría 5% pero solo serian 2 meses según dijo ella el hecho es que nunca me pago ni un solo centavo y me decía que no me quería pagar y que le hiciera como quisiera porque ella no Tena nada a su nombre y qe si quería la demandara que solo procedería por lo civil y que de igual forma no pagaría nada y solo conseguiría gastar en un juicio que no la obligaría a pagar nada, eso me parece injusto ya que abuso de mi confianza desde hace 3 meses se cambio de residencia y no se ni donde vive le pregunte a quien me la recomendó para que le prestara y tampoco sabe a donde se fue a vivir la ultima vez que le hable me contesto y riéndose me dijo qe no la molestara porque no me iba a paga nada además que ya cambio de teléfono. Esto me parece una injusticia y quisiera saber si es factible demandarla y mediante que vía seria la mas adecuada. Agradezco de antemano a la persona que me brinde un poco de orientación gracias. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 289074

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La única vía es la ejecutiva mercantil, es decir la civil. No faltará en este foro quien le diga que se querelle por fraude, al que se lo diga que le garantice mediante contrato de servicios profesionales el resultado y la reparación del daño con fianza, prometer no empobrece. Desgraciadamente para Usted le vieron la cada ya que por tratarse de una deuda de carácter civil no prosperará la acción penal. Usted antes de prestar dinero debe comprobar la solvencia del susc.riptor del título de crédito, pero sobre todo debe garantizarse con prenda o hipoteca.



  • Autor
    Respuesta No: 289086

  • BEDOYA ABOGADA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En efecto como señala mi colega la única vía es la ejecutiva mercantil, que no tenga fecha de vencimiento no importa ya que cuando carecen de esto se tendrán pagaderos a la vista es decir al día en que sea requerido. Saludos!



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