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TRAMITE DE PODER ANTE NOTARIO
- Consulta : 168401
- Autor : antonio313_5_NR
- Publicado : Jueves 06 de Septiembre de 2012 20:16 desde la IP: 187.200.119.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,488
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente. Mis papas compraron un casa en edo.mex en el contrato de compra-venta aparecen los dos como compradores, esto fue por el 90, en el 2000 mi papa tramita ante notario un poder en donde solo aparece el como dueño, según esto para después el ceder los derechos a mi mama, pero resulta que mi papa ya falleció, (comento mis papas están casados por bienes mancomunados) ahora mi mama quiere poner sus papeles en orden, que es lo que debe hacer? debe de tramitar otro poder a favor de ella? La casa no está escriturada. Mi mama cuenta con el contrato de compra-venta como ya lo mencione, la sesión de los derechos de las escrituras que tenía la persona a la que se le compro la casa, el pago de agua al corriente, el pago del predial al corriente también, luz teléfono y todo al corriente
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 283859
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 20:35 2012-09-06 20:35 desde IP: 201.123.142.245
No es posible que tramites un poder ya que tu papa ya falleció y para estar. En posibilidad de escriturar a favor de tu mama se tiene que iniciar una acción civil y en ella determinen que la propietaria es tu mama, Me podrás consultar a mi teléfono de oficina 59750396 y con gusto se te orienta sin costo alguno y envió correo para el mismo efecto cjam37 Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 284049
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Septiembre de 2012 22:54 2012-09-07 22:54 desde IP: 187.200.119.216
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AutorRespuesta No: 284050
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Septiembre de 2012 23:01 2012-09-07 23:01 desde IP: 189.240.4.153
Debe denunciar el juicio sucesorio de su papa, y una vez que exista albacea, demandar de manera mancomunada el albacea que puede ser su misma mama como conyuge supestite y albacea de la sucesion y ella por su propio derecho, la firma y otorgamiento de escritura del inmueble adquirido, ya que el contrato privado de compraventa otorga el derecho de demanda para elevarlo a escritura publica mediante el procedimiento que le manifiesto. Atte. Lic. J. L. Camacho. Para que tenga mas amplia respuesta a su consulta en mi oficina aparece mi telefono. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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