Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

NUEVO ALBACEA

  • Consulta : 162337
  • Autor : simplyredcc_NR
  • Publicado : Viernes 27 de Julio de 2012 13:57 desde la IP: 189.182.113.50
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • simplyredcc_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    hola me podrian ayudar de que manera puedo hacer un escrito al juzgado de lo civil para dar conocimiento de la muerte de mi padre quien era albacea del juicio sucerio intestamentario de mi madre y poder nombrar a un nuevo albacea y en que articulos lo fundamentpo soy de jalisco gracias!!!

     

    lolita

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 277522

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    C. JUez...

    Presente.

     

    Dentro del juicio sucesorio intestamentario numero.-..... a bienes de..... ha ocurrido el deceso del ALBACEA, señor,,,,, que acredito con la exhibición de la acta de  defunsión que acompaño a la presente; solicitando, suspenda los actos de juicio en tanto se hace la junta de herederos y nuevo nombramiento de albacea, ordenando lo necesario a tal fin; este escrito se funda en el artículo 8 de la Constitución Federal

    Fecha y Firma

     

    Asi de exten

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    Lic. Sandra Angeles.

    guerreraqro

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com

     

    so



  • Autor
    Respuesta No: 277529

  • paniagua
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias Licenciada. otra pregunta la albacea era el conyuge superstite de el no se genera intestado? y si lo fundamento en el articulo 8vo. gracias nuevamente



  • Autor
    Respuesta No: 277533

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El artículo 8 de la constitución federal, es parte de las garanrtias individuales que esta concede al gobernado, y refiere al DERECHO DE PETICIÓN, mientras sea autoridad, si, si puedes fundar tu derecho en ese artículo.

    Por cuanto a la albacea, su situación era y es la de un heredero, y si no testo, se tendra que abrir un juicio sucesorio intestamentario a bienes de ella, para que sus hijos tengan derecho a lo que a ella le correspondia de esa heredad.

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    Lic. Sandra Ángeles.

    guerreraqro

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com



  • Autor
    Respuesta No: 277841

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    POR FAVOR, EN SUS CORREOS SEÑALEN EL NUMERO DE LA CONSULTA.

    Lic. Sandra Angeles.

    guerreraqro

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión