Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

QUITA DE LOS TRES CEROS.

  • Consulta : 158231
  • Autor : MONTGAR13
  • Publicado : Sábado 30 de Junio de 2012 23:13 desde la IP: 189.216.146.0
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • MONTGAR13
    USUARIO REGISTRADO

    Hola a todos:

    El motivo de recurrir a este foro, radica en mi necesidad de conocer el efecto que causo la quita de tres digitos a la economía, en la consideración de las cotizaciones que son base para el calculo de pensiones que realiza el IMSS.

    Esta información es clave para mÍ, ya que un familiar muy cercano, me presento la oferta de jubilación que le realizo esta institución, la cual le fue calculada sobre las siguientes cantidades:

     

    border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" style="width: 285px" width="285">

    FECHA

    No. De

    SALARIO

    INICIO

    FINAL

    dias

    base cons

    01/03/1992

    30/10/1992

    244

    $106.66

    01/01/1992

    29/02/1992

    60

    121.99

    11/11/1991

    21/12/1991

    50

    95.21

    13/10/1991

    10/11/1991

    18

    91.03

    01/03/1991

    12/10/1991

    226

    89.99

    01/01/1991

    28/02/1991

    59

    107.79

    16/11/1990

    31/12/1990

    46

    81.53

    01/11/1990

    15/11/1990

    15

    76.26

    13/10/1990

    31/10/1990

    8

    76.26

    16/08/1990

    12/10/1990

    58

    75.38

    01/12/1889

    15/08/1990

    258

    53.84

    13/10/1989

    30/11/1989

    48

    48.97

    01/07/1989

    12/10/1989

    104

    48.39

    01/01/1989

    30/06/1989

    181

    34.46

     

     

    1,375

    $1,107.76

     

     

     

     

     

     

     

    73.8506667

     

     

     

     

    SALARIO MINIMO GDF

    57.46

    No DE VECES

    1.29

     

     

     

     

     

    Siendo que esta persona cotizo al IMSS durante estos 1,375 días de la siguiente manera:

     

     

    border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" style="width: 429px" width="429">

    FECHA

    No. De

    SALARIO

    S MÍNIMO

    INICIO

    FINAL

    dias

    TIPO

    ZONA Ä

    No. DE VECES

    01/03/1992

    30/10/1992

    244

    106,660.00

    $13,330.00

    8.00

    01/01/1992

    29/02/1992

    60

    121,990.00

    13,330.00

    9.15

    11/11/1991

    21/12/1991

    50

    95,210.00

    13,330.00

    7.14

    13/10/1991

    10/11/1991

    18

    91,030.00

    11,900.00

    7.65

    01/03/1991

    12/10/1991

    226

    89,990.00

    11,900.00

    7.56

    01/01/1991

    28/02/1991

    59

    107,790.00

    11,900.00

    9.06

    16/11/1990

    31/12/1990

    46

    81,530.00

    11,900.00

    6.85

    01/11/1990

    15/11/1990

    15

    76,260.00

    10,080.00

    7.57

    13/10/1990

    31/10/1990

    8

    76,260.00

    10,080.00

    7.57

    16/08/1990

    12/10/1990

    58

    75,380.00

    10,080.00

    7.48

    01/12/1889

    15/08/1990

    258

    53,840.00

    10,080.00

    5.34

    13/10/1989

    30/11/1989

    48

    48,970.00

    9,160.00

    5.35

    01/07/1989

    12/10/1989

    104

    48,390.00

    9,160.00

    5.28

    01/01/1989

    30/06/1989

    181

    34,460.00

    8,640.00

    3.99

     

     

    1,375

    1,107,760.00

    $154,870.00

    97.98

     

     

     

     

     

     

     PROMEDIO

    DE  VECES

    S.M. 

    7.15

    7.00

               

     

    Como se podrá observar en el 1er. Cuadro, la oferta de jubilación que le presento el  IMSS, arroja como calculo final una jubilación sobre la base de 1.29 veces, siendo que durante el período de  1,375 días, cotizo siempre sobre una base promedio 7 veces de salario mínimo como se integra en el cuadro No. 2. Comentando de manera especial, que al momento  que se retiro de la Institución en la cual trabajaba, cotizo de forma voluntaria  sobre la base de siete salarios mínimos, tal y como se lo requirió el IMSS, argumentando, que tendría que cotizar sobre la base DE SIETE SALARIOS MÍNIMOS como lo venia haciendo en su último empleo.

     

    border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" style="width: 435px" width="435">

    FECHA

    No. De

    SALARIO

    S MÍNIMO

    INICIO

    FINAL

    Días

    TIPO

    ZONA Ä

    No. DE VECES

    29/10/1993

    30/04/1994

    184

    $106.66

    14.27

    7.47

     

    PREGUNTAS:

    1.-Por qué el IMSS, para efectos de cobrar la continuidad de ¨COTIZACIÓN VOLUNTARIA¨, toma como base la última cotización que se venia manejando mientras esta persona estaba trabajando, esto es, sobe ¨7 SALARIOS MINIMOS¨, y al momento de  realizar la ÖFERTA DE JUVILACIÓN POR CESANTÍA Y VEJES¨  la realiza sobre la base de 1.27 veces de salarios ¨MINIMOS´………..?

     2.-Que en vedad, no reconoce esta institución el procesos de actualización de activos y pasivos, que toda empresa, institución o dependencia, tuvo que realizar al momento que se tomo la iniciativa por parte del ¨GOBIERNO FEDERAL¨ de quitarle a la economía tres dígitos.

    3.-Que es la única Institución que no se manejo jamás a través del ¨BOLETIN B10¨ PROPUESTO POR EL COLEGO DE CONATADORES PÚBLICOS PARA TALES EFESCTO.

    4.-Que en verdad su información contable, fiscal y financiera, ¨NO¨ consideró jamás criterios tales como: INDEXCIÓN DE LA ECONOMÍA, INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR, FACTOR MENSUAL DE INFLACIÓN?

    5.- En verdad puede ser tan acomodaticio y por ende ¨ARBITARIO¨, el hecho de aplicar sus leyes y procesos de jubilación, como lo es este caso que aquí  comento.

    Sin más por el momento, y en espera de sus comentarios quedo de ustedes.

     

    A  T  E  N   T  A  M  E  N   T  E

    Eric E Monteagudo G.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 272904

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    MONTGAR13:

    En mi muy personal opinión considero que su consulta aparenta ser de gran seriedad pero en realidad falta de seriedad, cuenta habida que la reducción de tres decimales (que no "quita de tres ceros"), se presentó hasta 1993 y la jubilación de que habla en su consulta es un asunto actual (por la fecha de publicación), de tal manera que las cuentas en dado caso deben hacerse con datos de salarios de los últimos cinco años en vez de con los de hace dos décadas...



  • Autor
    Respuesta No: 279477

  • MONTGAR13
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lamento mucho la forma deb su respuesta a mi consulta: ya que nunca ha sido mi intencion de faltarle el respeto a este foro que tan profesionalmente y de manera tan desinteresada participa siempre en que le es requerido. Yo soy de profesion Contador Publico, y el caso que aqui les expongo (con detalle de integracion) es veridico; y los datos que he puesto a su consideracion, esta realizado con cifras que tienen como fuente la documentacion que maneja el IMSS como son : hoja (rosa) de filiacion, y en el documento de "Resolucion para el otorgamiento de pension. Una ves hecho este contexto, les pido porfavora: que revisen una ves mas los cuadros que en la consulta original les presento, y que a la luz de esta informacion, me puedan ayudar dilucidar sobre la procedencia o improcedencia de los criterios de aplicacion que esta institucion tomo para efectos de haber otorgado; ya que mi insistencia(que es la parte toral de mi consulta), radica en: como una persona que cotizo al IMSS durante los ultimos 15 anos sobre la base de 7 salarios minimos, le hayan realizado una "Oferta de retiro por Cesantia, sobre la base de """"Un salario Minimo"""" Sin mas por el momento y en espera como siempre de sus atenciones; reciban de este su seguro servido mis mas alta consideracion y respeto, tanto para este foro como para sus profesionales que en el partipan. ATENTAMENTE C.P Eric E Monteagudo G



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión