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COBRO DE PAGARéS
- Consulta : 129538
- Autor : lfseldnerr_NR
- Publicado : Jueves 03 de Noviembre de 2011 19:00 desde la IP: 201.165.237.90
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,614
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Sonora
Me deben un préstamo que hice a un particular; tengo un pagaré firmado por él, con fecha de Febrero del 2009....
Los pagarés tienen alguna vigencia?
En caso de que la persona que me debe, no tuviera propiedades a su nombre, hay alguna otra forma legal de forzar y obligar a que me paguen?
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 244056
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Noviembre de 2011 23:30 2011-11-03 23:30 desde IP: 201.141.71.120
Los pagarés prescriben a los tres años a partir de la fecha de vencimiento, ojo, no de expedición. Pero si el sus.criptor es un nini que vive con sus padres y no tiene bienes propios para responder por el documento ejecutivo mercantil, lo único que puede hacer es enmarcar la sentencia condenatoria que obtenga en un juicio ejecutovo mercantil. Si alguien incluso en este foro, le dicen que puede querellarse por fraude, que se lo ponga por escrito.
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