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INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL
- Consulta : 128789
- Autor : señordonsapo
- Publicado : Martes 25 de Octubre de 2011 16:29 desde la IP: 189.130.232.123
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,498
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 25 de Octubre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 243087
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 16:37 2011-10-25 16:37 desde IP: 187.194.59.170
en convenio... es el 50%...
por el juicio y despues de minimo un año... es el 100%...
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AutorRespuesta No: 243093
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 17:10 2011-10-25 17:10 desde IP: 189.130.232.123
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AutorRespuesta No: 243096
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Octubre de 2011 17:17 2011-10-25 17:17 desde IP: 187.194.59.170
no hay conciliacion sin juicio.....no hay juicio sin demanda...
lo que se convenga fuera de la junta de conciliacion y arbitraje... tiene que ser ratificao ante la autoridad laboral...
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