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ACTUARIOS JUDICIALES.
- Consulta : 127253
- Autor : golvera_NR
- Publicado : Viernes 07 de Octubre de 2011 09:37 desde la IP: 189.133.87.241
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,485
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 07 de Octubre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 241202
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Octubre de 2011 10:49 2011-10-07 10:49 desde IP: 148.233.178.77
Hola, te saludo cordialmente ..... las funciones de quienes laboran para el Poder Judicial de los Estados están reguladas por las Leyes Orgánicas de cada Estado .... según aparece en tu consulta, escribes desde Veracruz, así que te recomiendo que analices la Ley Organica del Poder Judicial de ese Estado, así como el Reglamento de esa ley, porque es ahi donde encontrarás el fundamento legal respecto a las funciones que desempeñan los Magistrados, Jueces, Secretarios Judiciales y, en tu caso, los Actuarios Judiciales, cuyas funciones son las que te interesa conocer .... espero que mi opinión te sea util, saludos.
LIC. EDGAR MÉZQUITA
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