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LABORAL ACTA ADMINISTRATIVA
- Consulta : 126230
- Autor : pumitas_campeon7_NR
- Publicado : Lunes 26 de Septiembre de 2011 17:45 desde la IP: 189.174.98.33
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,602
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: San Luís Potosí
en la empresa donde trabajo acostumbran levantar actas administrativas sin avisar al trabajaor afectado mi pregunta es que valor juridico tienen ante un despido injustificado y en en cuanto timpo caducan en fin como funcionan si se acumulan o no, y en que fundamento jurico, hace poco me hablo recursos humanos para decirme que tenia que a la tercera me iba pero no me dio razon del por que ni nada agradesco a quien me pueda proporcionar esta informacion muchas gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 240049
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Septiembre de 2011 19:43 2011-09-26 19:43 desde IP: 187.192.69.173
hola pumitas_campeon7, mira las actas adminsitrativas no están específicamnete reguladas en la Ley Federal del Trabajo ya que las causas de rescición de la relación del trabajo sin responsabilidad para el patrón están perfectamente definidas en el Artículo 47 de la propia Ley, pero en un momento dado pueden ser presentadas en juicio a fin de justificar el despido, si para tu patrtón son suficientes tres actas para demandarte la terminación de la relación laboral pues es cosa de el, solo que si no te comunican que tal diá a tal hora se procedera a levantar un acta administrativa por presuntas irreguaridades cometidas por tí y se te cita para que declares lo que a tu derecho convenga, pues dichas actas carecen de cualquier valor probatorio. suerte
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