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CERTIFICACIóN Y LEGALIZACIóN
- Consulta : 122072
- Autor : veronica_aldojosue_NR
- Publicado : Domingo 07 de Agosto de 2011 11:36 desde la IP: 201.144.234.30
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,489
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 07 de Agosto de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 234515
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Agosto de 2011 00:35 2011-08-08 00:35 desde IP: 189.217.22.67
Distinguido Consultante
Los documentos públicos autorizados por las autoridades o funcionarios judiciales, y que deban surtir efecto en el extranjero, para que tengan valor deben ir apostillados o legalizados según el caso.
Los países que firmaron el Convenio de la Haya, es un tratado multilateral cuyo título es "CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS". Se firmó en la Haya el día 5 de octubre de 1961, solo apostillan sus documentos y los países que no firmaron dicho convenio tienen que legalizar (autentificar) sus documentos
la llamada legalización de firmas y/o sellos, contenidos en documentos públicos extranjeros, es un acto de certificación por medio del cual el funcionario consular certifica que la firma o sello (de un funcionario u oficina gubernamental o notarial) es autentica y en la practica el sello o apostillado verifica el sello y firma del funcionario
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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