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RENUNCIA VOLUNTARIA, NOMINA DE CONFIANZA, SIN FINIQUITO X AñOS DE NOMINA SINDICAL

  • Consulta : 120351
  • Autor : antidotovil_NR
  • Publicado : Jueves 21 de Julio de 2011 06:35 desde la IP: 201.132.56.206
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
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  • Autor
    Consulta

  • antidotovil_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Saludos y buen dia, una super duda que me urge si alguien pudiese ayudarme, sucede que trabaje en cierto lugar por 10 años, de esos 10 años trabaje 9 en nomina sindicalizada, bueno por cuestiones de trabajo me cambiaron a nomina de confianza, o administrativa, NUNCA FIRME NADA, NI RECIBI MI FINIQUITO POR LOS 9 AÑOS TRABAJADOS como nomina sindicalizada, ahora renuncie siendo empleado de confianza y en mi cheque aparece lo que por ley me toca, sin embargo no añaden los 9 años de nomina sindicalizada.

     

    mi duda es: me tiene la empresa que finiquitar esos 9 años? como dije nunca firme nada cuando me dieron el paso de nominas.

    o simplemente no me toca nada?

     

    me super urge ya que hoy o mañana tengo que ir y quisiera estar bien asesorado. gracias a quienes contesten en verdad

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231896

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    A lo único que tienes derecho es a que te paguen los salarios que se te adeudan a la fecha en que renuncies y la parte proporcional de tus vacasiones,



  • Autor
    Respuesta No: 231897

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Los derechos de antigüedad y preferencia, los genera el trabajador conforme transcurre el tiempo que presta sus servicios en favor de un patrón, sin importar si el puesto de ocupa es sindicalizado o de confianza.

    De esos derechos nace entonces, en los casos en que el trabajador renuncia voluntariamente y cumple con el tiempo trabajado exigido por el artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo para tener derecho al pago de la prima de antigüdedad, o bien, de acuerdo alo que al respecto disponga el contrato colectivo de trabajo, en caso de que las relaciones entre el patrón y los trabajadores se rijan por uno.

    En su caso particular, y partiendo de lo que establece la Ley Federal del Trabajo, considerando que tenía usted diez años laborando al momento de presentar su renuncia voluntaria (nueve sindicalizado y uno de confianza), a usted solamente le corresponde en su finiquito el pago de las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales al tiempo trabajado, más el sueldo y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas al momento de renunciar; la prima de antigüedad no le corresponde, ya que para tener derecho a ella, en los casos en que el trabajadores quien, mediante renuncia voluntaria da por terminada la relación laboral, se requiere que tenga más de quince años de antigüedad, y usted solo tenía diez.



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