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QUE PASA CON MI HIJA?

  • Consulta : 120027
  • Autor : provis1_NR
  • Publicado : Lunes 18 de Julio de 2011 11:02 desde la IP: 189.161.156.194
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,487
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  • Autor
    Consulta

  • provis1_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    HOLA BUENOS DIAS TENGO UNA CONSULTA, EN OCACIONES MI ESPOSO ES MUY AGRESIVO VERBALMENTE ME TACHA DE TONTA E INUTIL, UNA OCACION ME DIO UNOS EMPUJONES, TENEMOS DOS AÑOS DE CASADOS Y UNA NENITA DE AÑO Y MEDIO, HE TRATADO DE SER TOLERANTE, PUESTO QUE LO AMO Y TENEMOS PLANES, PERO HAY OCACIONES QUE ME SACA DE MIS CASILLAS, YO QUISIERA SABER, SI EN ALGUN MOMENTO YO QUISIERA SEPARARME LEGALMENTE DE EL, YO ME QUEDARIA CON MI HIJA?? YO SOY PROFESIONISTA Y GANO MUCHO MAS!! ES QUE EN OCACIONES EL ME DICE, QUE ME QUITA A MI NIÑA Y ESO ME ATERRA!!! PODRIAN DARME UNA OPINION??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231307

  • m&aabogados
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola!! En primer lugar creo q no deberias permitir que te maltratara, pero el dia que desidas separarte de tu esposo, tu tendrias la custodia de tu bebe ya que asi lo prevee la ley ya que se presupone que por la edad del niño requiere ciertos cuidados que solo la madre le puede dar. Te aconsejo que termines con la violecia intrafamiliar de la que eres victima, pero si no quieres separte, deberias acudir a alguna institucion publica como el DIF o en su caso el Ministerio Publico para que dictaminen la existencia de la violencia en tu familia y minimo quede como un presedente.

    Suerte!!



  • Autor
    Respuesta No: 231310

  • anskarius
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    de entrada te voy a decir que:

    si dejas desde ahorita que el te insulte de manera verbal y te empuje...mas tarde te va a dar tu golpiza.....deberias de acudir al DIF o a la Procuraduria de la defensa de la mujer y el niño de tu localidad y solicitar asesoria legal para que exista un antecedente pues eso te va ayudar mucho en caso de que pidas la patria potedtad o custodia de la menor....

    el insulto y los golpes son maltratos y esto se castiga....aparte de que tu pareja te discrimina.....y atodo esto se necesita  VALOOOOOOOORRRR para ACTUAAAARRRRR.

    levanta una queja y concilien  para que citen a tu esposo y puedas exponer los motivos argumentando la discriminacion, el maltrato verbal, los golpes (aunque no hayan sido fuertes y no dejaron huellas o cicatrices) esto posteriormente con el tiempo te va ayudar a que sea mas facil el que te otorguen la patria potestad de la menor......

    De acuerdo al articulo del Codigo Civil de puebla a la letra cita:

    Artículo 322.- El que intente demandar, denunciar o

    querellarse contra su cónyuge, concubino o pariente, podrá

    acudir al Centro Estatal de Mediación o ante el Juez para

    llamar a las partes, y tratar de dirimir la controversia.

    El mediador exhortará a las partes a buscar alternativas de

    solución que mejor convenga al interés de los menores, a fin de

    que por convenio entre los progenitores, se resuelve lo relativo a

    su guarda y custodia, y al derecho de convivencia que

    corresponda al ascendiente que no conserve la custodia.

    El cumplimiento del convenio podrá solicitarse ante el Juez de

    lo familiar en la vía de apremio.

    Para el caso de las personas que se encuentren en los

    supuestos del párrafo primero de éste artículo, podrán por

    separado a la mediación, solicitar al Juez de lo familiar su

    separación del domicilio en el que residan habitualmente o la

    separación del cónyuge, concubino o pariente.

    Cuando uno de los cónyuges pretenda ejercitar o haya

    ejercitado una acción civil en contra del otro, que no sea de

    nulidad de matrimonio o de divorcio, el Juez, oyendo a ambos

    cónyuges y según la importancia del objeto del juicio, y la

    mayor o menor influencia de las consecuencias de éste, sobre la

    vida común de los cónyuges, decidirá si deben separarse éstos y

    en la afirmativa aplicará lo dispuesto en los artículos

    anteriores.*

    TE PIDO LEAS CUIDADOSAMENTE LOS SIGUIENTES ALTICULOS Y DEMAS RELATIVOS  QUE SE DESPRENDEN DEL CODIGO CIVIL VIGENTE DE PUEBLA.....

    A PARTIR DEL ARTICULO 321....DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO...

     

    EL NO PUEDE QUEDARSE CON LA CUSTODIA O PATRIA POTESTAD DE LA MENOR LA LEY TE LO DARA A TI...NO TENGAS MIEDO.....ESTA "PEN&%#$JOOOO.....CHECA">PEN&%#$JOOOO.....CHECA EL INCISO II.- DEL ARTICULO 321.....



  • Autor
    Respuesta No: 231407

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

    Lo hijos menores de 12 años, siempre, van a estar bajo la guardan y custodia de la madre, el padre lo puede pelear, pero que el gane mas...que tenga mejor casa, le pueda dar mejor educación, etc., no le da derecho a quitarle a la madre  a su hijo.

    Tu siempre tendras la guarda y custodia de tus hijos.

    Tu no tienes derecho a pensión porque trabajas.

    Tus hijos tienen derecho a pensión.



  • Autor
    Respuesta No: 231418

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Cuando leo post como el suyo, siempre me viene a la memoria un escrito que circula mucho en la web, se llama “Hoy me mando flores”, también lo titulan “Hoy recibí flores”, seguramente lo habrá leído en alguna ocasión, relata la historia de una mujer que empezó siendo “poquito” maltratada por su esposo, yendo todo en crescendo hasta que la mata de una golpiza, pero en esta historia la protagonista manifiesta una ausencia total de amor propio y siempre se cree la culpable de los castigos recibidos. Es aquí donde radica la cuestión, hay que quererse mucho, revalorarse, saber que como ser humano tenemos una valía que solamente nosotras mismas debemos cuantificar y en su caso, además de su propio valor súmele el valor agregado que seguramente le da su hija.

    Si usted quiere brindarle una oportunidad a su pareja, hágalo, pero indiscutiblemente que sea bajo la supervisión de un profesional (consejero matrimonial, psicólogo, etc.) y no negocie esta postura porque seguramente su esposo le dirá “yo puedo cambiar solo, dame tiempo” “esto no volverá a pasar”, no señora mía, no acepte esa postura, no transija en esta posición si realmente quiere conseguir un cambio positivo. Ahora bien, el consejo que ya le han brindado de empezar a crear antecedentes de su situación es jurídicamente aceptable, porque si las cosas derivan en más graves tendrá los elementos suficientes para demandar lo pertinente.

    Cierto es que a su hija no la perderá, la Ley prevé que las necesidades de los menores son generalmente mejor y satisfactoriamente cubiertas por las madres.



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