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EXISTE IMPEDIMENTO LEGAL PARA LITIGAR A UN EX FUNCIONARIO PúBLICO??

  • Consulta : 115200
  • Autor : espejel_c_a_NR
  • Publicado : Jueves 02 de Junio de 2011 15:01 desde la IP: 187.141.57.194
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,616
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  • Autor
    Consulta

  • espejel_c_a_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Que tal mi pregunta es si existe un impedimento legal o un plazo para que un ex funcionario público o ex servidor público pueda litigar en la materia en la que presto sus servicios???,  es decir yo trabaje para la secretaria de finazas de mi estado pero por cambio de gobierno sali de ahy pero quiero litigar en materia fiscal que es mi fuerte, existe un plazo lega que me impida hacerlo???

     

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  • Autor
    Respuesta No: 225740

  • IAN9
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Buen día.

    Debe verificar la Ley de Responsabilidades para Servidores Públicos en Aguascalientes, o la Ley Federal.

    En el Estado de México, en el artículo 42 fracción XXX de la Ley de Responsabilidades para Servidores Públicos del Estado y Municipios, está regulada la prohibición, tal y como le transcribo:

    ". . Abstenerse de tramitar o intervenir como abogado, representante, apoderado o en cualquier otra forma semejante en la atención de asuntos de los que haya tenido conocimiento, tramitado o que se encuentren en el área en la cual se desempeñó como servidor público. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que el servidor público se haya retirado del empleo, cargo o comisión. . "

    De hacer caso omiso, podría instaurarse un procedimiento administrativo disciplinario en su contra, a través del cual podría imponerse la sanción de amonestación o inhabilitación para desempeñarse como servidor público.

    Lic. Judith

     

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 225754

  • CANCER
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Tendrías que verificar la Ley de responsabilidades de tu estado, sin embargo a nivel federal, el artículo 9 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos prevé:

     

    ARTICULO 9.-El servidor público que deje de desempeñar su empleo, cargo o comisión deberá observar, hasta un año después de haber concluido sus funciones, lo siguiente:

     

    a)     En ningún caso aprovechará su influencia u obtendrá alguna ventaja derivada de la función que desempeñaba, para sí o para las personas a que se refiere la fracción XI del artículo anterior;

     

    b)    No usar en provecho propio o de terceros, la información o documentación a la que haya tenido acceso en su empleo, cargo o comisión y que no sea del dominio público, y

     

    c)     Los servidores públicos que se hayan desempeñado en cargos de Dirección en el Instituto Federal Electoral, sus Consejeros, y los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se abstendrán de participar en cualquier encargo público de la administración encabezada por quien haya ganado la elección que ellos organizaron o calificaron.



  • Autor
    Respuesta No: 225764

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Su cuestionamiento específicamente es “…existe un impedimento legal o un plazo para que un ex funcionario público o ex servidor público pueda litigar en la materia en la que presto sus servicios???,

    Y la respuesta es no, no existe impedimento legal o plazo para que usted pueda ejercer su profesión, esta puede retomarse al siguiente día que causa baja como servidor público, lo importante y ya explicado por los foristas que me anteceden, es que en su actividad como profesionista no deberá tener nexo alguno con la Institución en la cual presto sus servicios, en los términos y periodos de lo expuesto según la normatividad.



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