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CONTADOR PUBLICO

  • Consulta : 110543
  • Autor : guscotar_NR
  • Publicado : Lunes 25 de Abril de 2011 23:49 desde la IP: 201.171.107.91
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,491
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  • Autor
    Consulta

  • guscotar_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    adquiri un terreno y esta valuado en 325,000.mn pesos, ya pague el impuesto sobre adquisicion de biene inmuebles en el municipio,

    pero me piden para continuar el tramite en el registro publico de la propiedad que les presente declaracion de isr sobre adquisicion de

    inmuebles y pago provisional del isr s/la enagenacion (SHyCP)

    segun entiendo por el valor y el uso para casa habitacion esta exento de este gravamen, ademas ya se pago el impuesto al municipio, el cual recauda dicho impuesto.

     a mi ver esta exento, creen que  tendria que presentar decl. en ceros. ?

     

    no se si este impuesto lo determina notario publico, no encuentro referencia en la ley, del isr vigente.( entiendo que el que enaJeno el terreno fue la inmobilaria que me lo vendio, la cual pagara lo que le corresponda.)

    podrian orientarme al respecto.............. mil gracias.

     

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 221031

  • LIC. TREJO
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Saludos..

     

    Aunque encuentro un poco confusa su consulta, le comento que a reserva de lo que la ley civil de su Estado aclare, el contrato de compra venta es un acto formal que requiere la intervención imprescindible de un Notario Publico mismo que es responsable solidario respecto de las recaudacionas a las que haya lugar respecto de dicho contrato, por lo cual ademas de otorgarle certeza juridica a su adquisición, también seguramente le ahorrara mucho tiempo su intervención.



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