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DESALOJO EN JUICIO CON BANCOMER

  • Consulta : 103937
  • Autor : florenciooceg51
  • Publicado : Martes 01 de Marzo de 2011 09:58 desde la IP: 168.255.251.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,620
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  • Autor
    Consulta

  • florenciooceg51
    USUARIO REGISTRADO

    Estimados todos:

    Luego de haber perdido juicio con BANCOMER y este haberse adjudicado la propiedad en la que vivo, el juzgado mandó a una notaría (31-ene-11) nuestro caso y de ahí tenemos ya la posibilidad de recibir una notificación para desalojo del inmueble. Hasta este momento no hemos recibido dicha notificación, sabemos que una vez recibida tenemos 5 días para dejar la propiedad, primera pregunta ¿de cuánto tiempo es el período en el que la notificación tiene que llevarse legalmente a cabo, antes de llevarse a cabo el desalojo físico de la casa habitación? y sin embargo, seguimos luchando para llegar a un último arreglo con la institución bancaria y aquí viene mi segunta pregunta ¿es esto todavía posible aún en este crítico momento?

    Florencio Oceguera Villanueva

     

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  • Autor
    Respuesta No: 213443

  • gdcsmdlv
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No dices de donde eres, si es posible pero es necesario ver y estar revisando el expediente para tener al día la situación actual del mismo, en lo que ganas tiempo para llegar a un arreglo.Ya esta la adjudicación y escrituración del inmueble???

    Revise { w w w.wix/profesionistas/covis } en cuestiones de INFONAVIT y créditos hipotecarios le podrían ayudar. Espero le sea de utilidad.



  • Autor
    Respuesta No: 213486

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Le tienen que notificar antes de proceder al lanzamiento, en realidad dicha notificación es un apercibimiento.

    Si los autos ya se turnaron a la Notaría para que elabore la nueva escritura, lamento decirle que no hay nada que hacer.



  • Autor
    Respuesta No: 240402

  • florenciooceg51
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    QUIERO AGRADECER DE TODO CORAZÓN LAS RESPUESTAS DE LOS BUENOS AMIGOS:gdcsmdlv (CLARK JOSEPH KENT), F430LEGAL (ERICK MECINO) EN AMBOS CASOS HAN SIDO MUY REALISTAS Y ESCLARECEDORES DE MI SITUACIÓN. SOLO QUIERO CONTESTARLES QUE HASTA ESTE MOMENTO, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2011 NO HEMOS SIDO DESALOJADOS Y TAMPOCO SE HA MANDADO AVISO AL NOTARIO PARA HACER NUEVAS ESCRITURAS.

     

    GRACIAS A LOS DOS.

     

    Florencio Oceguera Villanueva 



  • Autor
    Respuesta No: 240406

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    del momento de la adjudicación judicial al momento de la escrituración publica... pueden pasar años... lo que no significa que no te van a desalojar... si ya hubo sentencia... ya se hizo el remate del bien... ya hubi adjudicación  por la via de remate y este se declaro firme... lo que estan buscando es un comprador... que pague la escriuración y el valor que el banco le ponga a la cosa... hecho lo cual... el nuevo propietario.. pide la desocupación y entrega... y ...desde luego... que tu ya  no puedes hacer nada en via CONVENIO... ya no eres dueño de la cosa... en el expediente hay un AVALUO... que dice cuanto cuesta la cosa... en el remate... dice en cuanto se tomo en cuenta el valor... en la planilla de liquidación... dice si el valor tomado en remate ...cubrio la deuda... de ser así... ya la lkibraste... pero si el valor de remate es superior al valor de la deuda reclamda... tienes derecho a un remante... que ya debe estar en el expediente... o un aviso de deuda y proximo embargo de bienes  para cubrirlo... que puede estar esperando tiempo en base a la fecha de lanzamiento.... en todos los casos... va a haber lanzamiento y no hay prorroga alguna... el dia que se señale para tal... sea en la noche o en la madrugada... se va a hacer... haya niños  o mujeres embarazadasa o ancianos en silla de ruedas o esten velando un muerto... la orden del juez se cumple... y no es violatoria de ningun acto o ley...



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