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ES IMPORTANTE QUE SEPAMOS ESTO.....

  • Consulta : 162672
  • Autor : MONTECINOS088_NR
  • Publicado : Lunes 30 de Julio de 2012 17:35 desde la IP: 189.228.158.254
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  • Visitas : 4,568
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  • Autor
    Consulta

  • MONTECINOS088_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    NO PRETENDO DAR UNA CÁTEDRA A NADIE NI MUCHO MENOS, PERO QUIERO HACER ESTE COMENTARIO, PORQUE EN LOS ULTIMOS TIEMPOS HE VISTO TEMAS EN RELACION A ESTA CUESTION QUE A CONTINUACION QUIERO EXPONER, SIN SER UNA EMINENCIA JURIDICA NI ESTAR DOTADO DE TOTAL TECNICA EN LA MATERIA.

    HE VISTO EN DIVERSOS SITIOS QUE SE ATREVEN A NEGAR O ACEPTAR, EN ESTE CASO LO RELEVANTE ES NEGAR, QUE UNA PERSONA ES O NO PROFESIONISTA CON TITULO Y CEDULA PROFESIONAL, SIMPLEMENTE POR CONSULTARLO EN EL PORTAL DE LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES, LO CUAL ES INEXACTO E INFUNDADO.

    SI DICHA PERSONA APARECE, ES CLARO QUE CUENTA CON TITULO Y CEDULA PROFESIONAL, Y POR LO TANTO EN LICENCIADO O LEGITIMAMENTE UTILIZA EL GRADO CONCEDIDO, MAS SIN EMBARGO SI ESTE NO APARECE, SE DICE QUE NO TIENE TITULO Y CLARO TAMPOCO CEDULA Y QUE EN CONSECUENCIA USURPA UNA PROFESIÓN. LO ANTERIOR DEVIENE INFUNDADO.

    Y ESTO ES ASI, PORQUE RECURDEN QUE ESTAMOS EN UN PAIS CON UN SISTEMA FEDERATIVO, EN DONDE CADA ENTIDAD ES LIBRE Y SOBERANA, Y EN LA ESFERA DE SU COMPETENCIA LE ESTA CONFERIDO EL ESTABLECER LAS AUTORIZACIONES PARA EJECER PROFESIONALMENTE Y EXPEDIR TITUTLOS Y CEDULAS PROFESIONALES.

    LA MAL LLAMADA CEDULA "FEDERAL"  QUE ES EXPEDIDA POR LA DIRECION GENERAL DE PROFESIONES DE LA SEP Y QUE ES LA QUE SE PUEDE CONSULTAR LA BASE DE DATOS A TRAVES DEL PORTAL EN INTERNET, SE EXPIDE CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 5 CONSTITUCIONAL Y EN LO REFERENTE AL REGLAMENTO DE PROFESIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL. (OJO PARA EL DISTRITO FEDERAL).

    AHORA BIEN, NO TODAS LAS ENTIDADES DEL PAIS HAN ASUMIDO EL CONTRO DE LA EXPEDICION Y REGLAMENTACION DE CEDULAS PROFESIONALES, LA GRAN MAYORIA REGISTRAS SUS TITULOS EN LA DIRECCION GENERAL DE PROFESIONES Y ESTA EXPIDE LA CEDULA, PERO SOLO POR COMENTAR UNA EXCEPCION, DA VARIAS QUE YA HAY EN ESTE MOMENTO, ES EL ESTADO DE JALISCO, EN DONDE LA SECRETARIA DE EDUCACION JALISCO A TRAVES DE SU DIRECCION DE PROFESIONES EXPIDE LA AUTORIZACION PROVISIONAL PARA EJERCER COMO PASANTE, LA AUTORIZACION POR TITULO EN TRAMITE Y FINALMENTE LA CEDULA PROFESIONAL DE NATURALEZA PERMANENTE, LA CUAL ES MATERIALMENTE DISTINTA A LA "CEDULA FEDERAL" Y CON UNA NUMERACION PROGRESIVA INDEPENDIENTE A LA UTILIZADA POR LA DGP DE LA S.E.P.   Y CUYO DOCUMENTO ES VÁLIDO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL PARA EJERCER  PROFESIONALMENTE.

    ASI LAS COSAS, ES TEMERARIO AFIRMAR QUE UNA PERSONA NO ES PROFESIONISTA, QUE SE OSTENTA SIN SERLO, O QUE CARECE DE LA RESPECTIVA CEDULA, LLANA Y SENCILLAMENTE PORQUE NO APAREZCA EN LA MULTICITADA BASE DE DATOS DE LA D.G.P.

    ME INSPIRO -HONESTAMENTE HABLANDO- LA COLUMNA QUE LEI Y QUE APARECE EN EL FORO, Y NO ES ESTO UN ARGUMENTO EN CONTRA DE LA AUTORA DE LA PUBLICACION Y UNA DEFENSA DE LA PERSONA A QUIEN VA DIRIGIDA, PERO SI ES ALGO QUE CON MADUREZ Y CONOCIMIENTO JURÍDICO SE DEBE DE VALORAR ANTES DE PODER EMITIR UNA OPINION, -INFUNDADA. COMO EN ESTE CASO ACONTECIO.  SALUDOS A TODOS 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 277973

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MONTECINOS088_NR:

    No obstante que no estás registrado o no quieres decir quien eres, ocultándote en el anónimato, no es algo infundado lo que estoy señalando en relación particularmente con la persona señalada en Vox Populi, pero te voy a hacer el siguiente comentario:

    Si en Guadalajara es como tú señalas, en Queretaro, no.

    Porqué, porque al consultar los datos de otras personas que son de ese Estado, aparecen sus datos de cédula profesional y la susodicha, es de dicho Estado e incluso señaló en alguna otra consulta que su cédula estaba recién desenmicada.

    Yo le pedí sus datos, si no quería hacerlos públicos, bueno, pudo habermelos proporcionado por otro medio, pero puros pretextos y mentiras...

    Así que no pretendo difamar ni molestar a nadie que realmente exista y sea realmente quien dice ser.

    Porque es muy fácil crear muchas cuentas NR o cuentas de usuarios y hacerse pasar por quien no son e incluso en este foro, alguno pseudoabogado que me vino con el mismo cuento que hoy vierte Usted en la presente consulta (que estudió en una escuela incorporada a otra de Jalisco y que ahí dan otro tipo de cédulas), me timó una cantidad mínima e irrisoria, pero que a otras personas sí podriá afectar en sus ingresos.

    Y mire que ese tipo anda llevando juicios con una cédula de esa naturaleza y ya se la rebotaron...

    Y precisamente por ello, es que hago alusión a ello en Vox Populi, para alertar a que no se confíe en personas que aparecen aquí y se ostentan como Licenciados en Derecho, cuando en realidad, no lo son...

    Ahora bien, hay muchos participantes asiduos de este foro que no dicen ni su nombre, ni su cédula profesional y mis respetos, porque no necesitan dar ninguno de esos datos para que cualquiera se pueda dar cuenta de que SÍ SON PERITOS EN LA MATERIA y no puro jarabe de pico...

    Si se van a crear cuentas para alabarse entre unos y otros en el foro, pues bien por ellos, pero tampoco se escondan en el anónimato, acepten las cosas como son y listo!

    Pero poner un curriculum falso y dar más datos, implica o que buscan sorprender a los abogados o que buscan sorprender incautos en este foro para engañarlos y tranzarlos y como en algunas otras consultas lo he manifestado, si en mis manos y mi conciencia, está el no permitirlo, pues lo haré.

    No importa que me vean como contreras o conflictiva, en ese sentido, yo sí voy a tratar de alertar a los usuarios de este foro, para que no les pase algo como a mí.

    Y fue, precisamente por confiar y creer que entre abogados, no nos leíamos las manos... pero que creen que por eso no confío en quien se diga abogado y no lo demuestre...

    No me extrañará que al rato diga que su escuela tenía esa incorporación, pero ya dio muchos datos, pensando que uno es tonto y no va a investigar...

    Así que si la persona que dice que se llama Sandra Ángeles Rosas es mujer y tiene documentos que la avalen como Licenciada en Derecho, pues que lo pruebe y ahí si, le ofreceré disculpas y estaría diciendo infundios, pero el que calla otorga y el que no prueba su dicho... pues en eso se queda, en dicho...

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 277983

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MONTECINOS088_NR

    Para su informacion, en este foro legal, concurren licenciados en derecho egresados de universidades publicas y privadas del Estado de Jalisco, con un fecha de expedicion de cedula profesional de al menos diez años, mismas que si aparecen en la base de datos del Registro Nacional de Profesionistas de la Secretaria de Educacion Publica Federal, por lo anterior es que no se puede considerar ni aceptar que dicha entidad federativa sea una excepcion tal y como uste pretende hacerlo creer con sus argumentos.



  • Autor
    Respuesta No: 277986

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Gutiérrez:

    Lo que pasa es que aquí cualquiera pretende venirnos a dar catédra de derecho, sin señalar los fundamentos legales, ni las fuentes de donde obtienen dicha información.

    Siempre habrá alguien que al dedicar un poco de tiempo, pueda desenmarañar tanta mentira y tanta confabulación que se gesta en estos medios.

    Como lo dije en otras consultas, aquí cualquiera dice que es Doctor en Derecho y que tienen miles de maestrías... pero ninguno da su patente de dicha especialidad...

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 277987

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    EFECTIVAMENTE TAL Y COMO LO SEÑALA MONTECINOS, EN JALISCO, EXISTEN DIVERSIDAD DE UNIVERSIDADES PERO TALMIEN DEBEN DE SABER QUE AQUI EN JALISCO, SE RECIBEN CON EL CARACTER DE ABOGADO, NO DE LICENCIADOS EN DERECHO Y ASI MISMO TODO EL QUE SE RECIBE DEBE DE OPTENER SU REGISTRO EN LA S.E.P. LO QUE SE OTORGA EN JALISCO, ES UNA CEDULA ESTATAL, COMO EN MUCHO ESTADOS TAMBIEN LA EXPIDEN, PERO SI USTED, QUIERE LITIGAR EN EL FUERO FEDERAL, LA CEDULA ESTATAL NO LE SIRVE, POR LO TANTO SE DEBEN DE REGISTRAR EN S.E.P.

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 277996

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Olaguez, que bueno que hace la aclaración correspondiente, porque ojalá fueramos todologos para conocer todas las normas y reglamentos aplicables al caso, de todos y cada uno de los Estado que conforman la República Mexicana.

    Por otra parte, y ya que está por ahí el Lic. Ochoa (sé que no soy de sus favoritas) pero si lee esta consulta, le suplicaría que les explicará a aquellos que dicen tener maestrías y doctorados, si acaso la Dirección General de Profesiones no le dio a Usted una patente diversa por la Maestría o Especialidad que cursó.

    Ello en atención a que hay varios por aquí que dicen tener estudios de ese tipo y si sólo se inscribieron y no concluyeron los mismos, a mi juicio, carecen del valor que pretenden darle...

    A dicho Licenciado o Maestro, es al único de los que más participan en el foro y dan la cara, que le encontré una cédula diversa a la de Lic. en Derecho.

    Saludos y ojalá pueda dar su opinión al respecto el Lic. Ochoa.



  • Autor
    Respuesta No: 278000

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     olaguez

    Agradezco la informacion que vierte en su respuesta en efecto en el Estado de Jalisco se reciben como Abogados y no como Licenciados en Derecho.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 278001

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente Lic. Ilienave. Todas las patentes para tener validez deben ser expedidas por la Dirección General de Profesiones dependiente de la SEP. Una de mis hermanas que es Médico Cirujano, tiene una Maestría en Salud Pública que le expidió la Universidad de Salud Pública de la Habana en Cuba y su cédula se registró en esta Dirección de Profesiones para tener validez en México. Yo en lo personal decidí retirar mis datos personales del foro por el mal uso que le están dando a esa información, recordemos el caso de Polo de Ecatepec que es Laboralista y ya lo tenían litigando en materia penal y él ni enterado.



  • Autor
    Respuesta No: 278002

  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    montecinoss; NO REG:

    Este foro es LIBRE, y nadie pero absolutamente NADIE puede coartar el derecho de la libertad de expresion, quien tine algun tiempo de estar visitando el foro, sabe quien es quien, y registrados como abogados, usuarios o estudiantes, se dice y se escriben aciertos y  barbaridades de todos los antes mencionados, recordando que tampoco nadie posee la verdad absoluta,

    y solo el consultante tiene la responsabilidad de aceptar o rechazar la o las respuestas emitidas en su consulta, amen del aviso legal que aparece en la parte inferior de todas y cada una de las mismas.

    Fijate bien la mayoria de los que frecuentan el foro, son profecionistas buscando trabajo, o bien que en la vida real encuentran un lugar donde pretenden terminar de adquirir conocimientos que los ayuden en su vida de litigantes.

    otros vienen a sacar sus frustraciones y ofender a los demas foristas, y  ademas a criticar sin fundamento las respuestas emitidas por los demas y absteniendose de dar una respuesta logica  - juridica que es en escencia lo que seria de utilidad al consultante.

    dicho lo anterior de que sirve que quien registrado como abogado o no de una respuesta infame que NO sirva de nada, o por el simple hecho de dar el mayor numero conteste cosas vagas o sin utilidad,

    a mi humilde opinion , que exhiban su cedula y todos sus datos personales y profecionales, QUIEN BUSCANDO TRABAJO, QUIERA ASI REGISTRARSE EN EL FORO.

    Ya que tambien hay quien dicen ser abogados y trabajar en el gobierno de los diferentes niveles, pero se ve que en horas de trabajo invierten mucho tiempo en este foro.

    saludos.

    PD: es parte de la libertad, y resultaria ocioso investigar a todos y cada uno de los participantes del foro.



  • Autor
    Respuesta No: 278003

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Gracias Lic. Ochoa, yo sólo quise hacer la aclaración no por cuestionar a los que participamos en el foro y menos a quienes ya se les pasó el filtro correspondiente de investigación sobre la válidez de su Título, sino por aquellos "novatos" que pretenden ofender nuestra inteligencia diciendo cosas tan absurdas... y lo peor es que ya hasta publicaban en Vox Populi tonterías como si en verdad existieran y fueran abogadas.

    Puede ser que efectivamente puedan tomar los datos de nuestras cédulas, pero también estamos concientes que si no firmamos o comparecemos directamente a cualquier proceso, difícilmente podrían hacernos una imación directa.

    Pero por nombre, se pueden obtener los datos de las cédulas y si vienen a ostentarse otros como Lic. en Derecho, Maestros o Doctores en Derecho y no pueden acreditarlo, es un engaño para los consultantes que pueden caer en sus garras...

    De cualquier forma, en cualquier demanda que iniciamos y señalamos nuestros datos, si alguien quiere lucrar o hacer algún delito, la pueden obtener de archivos muertos de otros abogados que no tienen la delicadeza de destruir la información...

    Saludos y disculpe por involucrarlo en la consulta.



  • Autor
    Respuesta No: 278004

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ilianave

    Lic. Vazquez:

    Son muchos los enmascarados que pululan por este foro, para que usted se ria un rato le recomiendo ampliamente un video que esta en  Y. O.U. T. U.B. E. intitulado Hitler y los  s i c a r i o s  de ML

    Saludos cordiales



  • Autor
    Respuesta No: 278006

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Gutierrez:

    Le agradezco sus comentarios y efectivamente, ese video me lo envió en su oportunidad el Lic. Velázquez (a quien le envío un cordial saludo) y casi me orino de la risa.

    Que bueno que lo saca a colación, pues queda perfecto para la ocasión.

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 278008

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente, día con día aparecen en este foro quienes buscan víctimas, escriben en su currícula que estudiaron maestría en ciencias ocultas y doctorados en no sé que tantas cosas, y cuando uno entra a la página de la Dirección de Profesiones o no aparecen o en el peor de los casos son técnicos en informática, pero eso sí, dan su teléfono, dirección, correos electrónicos y se ponen a las órdenes y además son todólogos. El consultante no es tonto, él se da cuenta en quién le responde, de inicio por lo ortografía. Si de entrada se dice que es un profecionista (sic) (profesionista), no más hay que correr lo más lejos que el teclado lo permita.



  • Autor
    Respuesta No: 278009

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    FORISTAS TODOS:

    En esta ocasión, como en muchas otras, concurro a este foro para hacer notar que existe una gran cantidad de abogados que mejor harían callando que opinando acerca de cuestiones de derecho que es evidente que desconocen, como acontece en la especie, siendo olaguez el más ignorante de todos como más adelante demostraré.

    En efecto, todos ustedes demuestran ignorar que la Ley de Profesiones vigente en el Distrito Federal fue promulgada con el carácter de ley local en lo tocante al fuero común, pero al mismo tiempo es ley vigente en toda la República Mexicana en lo relativo al fuero federal. A ver si mis comentarios les hacen tener verguenza y por ello leen el artículo 7 de la Ley en comento.

    Abundando en lo mencionado en el parágrafo precedente, hago notar que la Ley de cuenta de manera clara establece específicamente este doble carácter de local y de federal y de manera por demás expresa, establece que la Secretaría de Educación pública tiene funciones de coordinadora y unificadora del Registro Nacional de Profesionistas. A ver si mis comentarios les hacen tener verguenza y por ello leen el artículo 13 de la Ley en comento.

    Pero decía que la mayor vergüenza debe recaer en el forista olaguez, a quien recomiendo que lea el artículo 121 Primer Párrafo y su fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que le dan el fundamento legal para un juicio de amparo a efecto de que su "Cédula Profesional Estatal" tenga validez ante cualquier autoridad ya sea federal, ya sea estatal y de cualquier Entidad Federativa de la República Mexicana.

    Espero que hayan aprendido de las lecciones que aquí impartí.

    Buenas noches..



  • Autor
    Respuesta No: 278010

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Cada quien tiene sus razones por el cual no indican sus cedulas en este portal, en mi caso contesto una que otra consulta sin ofrecer ningun servicio, lo tomo como un pasatiempo despues del trabajo, no he llevado muchos asuntos pero con los que llevo tengo mas que suficiente, y no litigo en ninguna materia en especial, soy licendiado en derecho y en este portal siempre aprendoalgo nuevo.

    Un saludos a todos los colegas.



  • Autor
    Respuesta No: 278011

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Nazario:

    Es claro que es Usted y todos somos libres de externar nuestas opiniones y creame que respeto lo que Usted sostiene.

    Sólo le aclaro que no todos los que proporcionamos nuestros datos estamos buscando trabajo, yo los proporcioné, porque al inicio entré buscando otra cosa, me registré y no los quité, porque al inicio de mis participaciones, me increparon mucho sobre mi calidad de Lic. en Derecho.

    Y efectivamente, es ocioso andar investigando los datos, pero los Juzgados están de vacaciones y a veces ocupamos nuestros tiempo ociosidad en estos menesteres y/o en cualquier otro, cada quien ocupa su tiempo como mejor le convenga...

    Los que andan buscando trabajo, enseguida dan su telefono, dirección y datos al terminar la consulta.

    Probablemente no sepa el contexto de todo este asunto, pero en verdad que hay personas usuarias del foro, que pueden salir trasquiladas, si no se les alerta.

    Y sí, la página se deslinda de las respuestas que vertidos cualquier participante, pero si alguien tiene un poco de conciencia y puede alertar de vez en cuando, cuando hay usurpadores de profesiones o suplantadores de personas o sí la misma persona actúa una y otra vez, con diferentes nickname, pues creo que todo tiene un límite.

    Yo si puedo decir, que ingresé a participar en el foro, para compartir mis conocimientos, pero también para adquirir conocimientos y experiencias de otros colegas y no me averguenza decirlo, que en este año que llevo participando, cada lectura que he  dado a opiniones que vierten algunos foristas, han enriquecido e ilustrado a la suscrita.

    Pues ojalá supiera todo en esta vida, cada día es una oportunidad para aprender y si en este foro, se tiene esa oportunidad, yo la tomó con ambas manos.

    Yo le reitero mis respetos y si Usted es Lic. en Derecho, abogado u lo que sea, tiene la libertad de aportar y ser anónimo, pero eso sí, quienes dicen que son y no son, pues... creo que es otra cosa muy diferente, no lo cree?

    Saludos!





  • Autor
    Respuesta No: 278014

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. González Flandes:

    Creo que mal interpreto el comentario del Lic. Olaguez, pues claramente dice que hay una cédula estatal y que la deben registrar ante la SEP y por ende, entiendo que esa (la estatal)sólo surte efectos en su Estado.

    Pero también señala que si quiere litigar en el fuero federal, dicha cédula estatal no sirve.

    No sé si hubo un error de apreciación o probablemente su opinión aplique más respecto de Montecinos que fue quien inició la consulta y señaló que las cédulas estatales de Jalisco son válidas en todo el territorio nacional.

    Saludos y yo si le puedo decir, que ni siquiera que tomé la molestia de checar la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional... así que acepto su regaño y le agradezco su aportación.



  • Autor
    Respuesta No: 278019

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ilianave:

    Las palabras de usted hacen ver que, respecto a lo que escribió olaguez, usted  entendió lo mismo que yo: que olaguez considera que la cédula estatal solamente tiene validez en su Estado y, por consiguiente, que olaguez desconoce el contenido de nuestra Constitución Federal, de tal manera que mis comentarios son perfectamente válidos..



  • Autor
    Respuesta No: 278023

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ok Lic. González, entonces yo fuí la que leí o entendí mal, una disculpa por el error.

    Y no desacredito sus comentarios, sólo pensé que había un malentendido...

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 278039

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Y SEGÚN A EXPUESTO PÚBLICAMENTE LA C. SANDRA ÁNGELES ROSAS "N", ALIAS "GUERRERAQRO", QUE ES ESPOSA O CONCUBINA DEL TAL KOKODURO, Y ME PREGUNTO:

    ¿ÉL TAL KOKODURO TAMPOCO SERÁ ABOGADO Ó LICENCIADO EN DERECHO, PORQUE EN SUS DATOS NO APARECE REGISTRADA CÉDULA PROFESIONAL ALGUAN, SIN EMBARGO; EN SUS CONSULTA SE OSTENTA COMO "LIC."?

    ESO EN DERECHO PENAL SE LLAMA URSURPACIÓN DE PROFESIÓN, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTA PÁGINA DE MÉXICO LEGAL.

    P.D. DIOS LOS HACE Y ELLOS SE JUNTAN, ADEMÁS DE IGNORANTES DICHA PAREJITA HASTA DELINCUENTES LA PARECER SON ...







  • Autor
    Respuesta No: 278045

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    OK, PERO RECUERDE ABOGADA ILIANAVE QUE AQUEL QUE SE OSTENTA CON UN TÍTULO PROFESIONAL, CARECIENDO DE ELLO, COMETE EL DELITO DE URSURPACIÓN DE PROFESIÓN, AÚN CUANDO LAS ASESORÍAS QUE BRINDEN SEAN GRATUITAS, EL DELITO LO QUE SANCIONA ES EL PRECISAMENTE OSTENTARSE (URSURPAR) COMO PROFESIONISTA, CUANDO EN REALIDAD NO LO ES, UN GUSTO Y PLACER SALUDARLA ABOGADA ILIANAVE, Y SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.





  • Autor
    Respuesta No: 278049

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ESPERO QUE CON ESTA INFORMACIÓN LOS CONSULTANTES TOMEN SUS PRECAUCIONES RESPECTO DE ESTOS "MONSTRUITOS DE MÉXICO LEGAL", EN BENEFICIO DEL USUARIO DE ESTA PÁGINA, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.



  • Autor
    Respuesta No: 278050

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Igualmente Lic.pero hay tesis que establecen que el uso de las letras LIC. antes de un nombre no implica la usurpación de profesión, sino que deben realizar diversas actividades para que se configure tal delito.

    Y bueno, aquí la situación es para alertar a los consultantes y no caigan con personas que se hagan pasar por Lic. en Derecho cuando a lo mejor ni existen o no cuentan con tal título.

    Le comparto algunas para su conocimiento...

    Saludos!

    [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Marzo de 2007; Pág. 1829 ; Registro: 172 864
     Numero de Tesis: VI.2o.P.78 P

    USURPACIÓN DE PROFESIÓN. CASO EN QUE NO SE CONFIGURA LA CONDUCTA TÍPICA PREVISTA EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA.

    De acuerdo con la fracción II del artículo 258 del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, el delito de usurpación de profesión requiere para su consumación que el agente sin contar con título legalmente expedido, se atribuya el carácter de profesionista y ejercite actos propios de esa profesión, acciones que deben coincidir y actuar simultáneamente para integrarlo. Por tanto, si el activo, quien firmó con los ofendidos un contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria ofreció por su inversión el pago de intereses superiores a los que normalmente otorgan los bancos, dijo ser abogado, tenía exhibido en su despacho un título que lo avalaba como tal, utilizó un lenguaje y proceder correcto, explicó acerca de los intereses moratorios de forma clara y precisa con técnica de abogado, mencionó que podía representarlos en caso de que no les pagaran, y además que resolvería el asunto de forma legal, todo ello justifica que se atribuyó el carácter de abogado (quien es la persona que realiza aquellos actos de defensa en juicio por escrito o de palabra, de los derechos e intereses jurídicos ajenos, que protege todos los intereses que sean susceptibles de defensa jurídica y que aconseja o da dictamen sobre cuestiones jurídicas o acerca de los puntos legales que se le consultan); sin embargo, su conducta no acredita que ejerció actos propios de la profesión de licenciado en derecho, ya que si éstos consisten fundamentalmente en hechos o acciones efectuados por ese profesionista para recurrir ante los tribunales por escrito o de palabra para la solución de un pleito, oponerse a cualquier pretensión aducida por la parte contraria para que se resuelva una controversia, o bien, con la pretensión de hacer efectivos los reclamos que se consideren jurídicamente justificados, o que esa pretensión se encuentre reconocida por las normas del derecho, así como también, advertir a alguien de lo que debe hacer, opinar sobre algún asunto prescrito por la ley o que atañe al derecho, o asesorar a la persona que haya acudido ante él para preguntarle su parecer, es inconcuso que no se configura el delito en comento ya que no se acredita el segundo de los elementos del tipo.

    SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

    Amparo en revisión 493/2006. 30 de noviembre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretaria: Nérida Xanat Melchor Cruz.

     

    [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; XIV, Septiembre de 1994; Pág. 468 ; Registro: 210 702
     Numero de Tesis: I. 4o. P. 53 P

    USURPACION DE PROFESION. CUANDO NO SE CONFIGURA.

    Si una persona, como en el caso del quejoso, sólo en un documento puso la abreviatura "Lic." antes de la mención de su nombre, no por ello debe entenderse y menos quedar demostrado que se ostentó como profesionista, debido además de que son múltiples las actividades de ese nivel, por cuyo motivo cuando menos con el citado señalamiento se crea una confusión que excluye la posibilidad de la comprobación del delito.

    CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

    Amparo en revisión 286/93. Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal. 12 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Bruno Jaimes Nava. Secretaria: Martha María del Carmen Hernández Alvarez.

     



  • Autor
    Respuesta No: 278053

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    De acuerdo con los criterios jurisprudenciales que tan amablemente nos acaba de transcribir ABOGADA ILIANAVE, pues le doy la razón, sin embargo; el ARTÍCULO 323 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, prevé lo siguiente:

     

    “ARTÍCULO 323. Al que se atribuya públicamente el carácter de profesionista sin tener título profesional, u ofrezca o desempeñe públicamente sus servicios, sin tener autorización para ejercerla en términos de la legislación aplicable, se le impondrá de dos a seis años de prisión y de doscientos a quinientos días multa.”

     

    Independientemente de que podría ser cuestionable si en este CASO LA FORISTA GUERREROQRO Y EL FORISTA KOKODURO HAN COMETIDO Ó NO EL DELITO DE USURSURPACIÓN DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO O LICENCIADO EN DERECHO, comparto su comentario en el sentido de que, esta debe ser una ALERTA A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL, PARA QUE NO SE DEJEN SORPRENDER POR UNA PERSONA O PERSONAS QUE CARECEN DE LA PERICIA PROFESIONAL Y ACREDITADA FEHACIENTEMENTE, PARA ORIENTARLOS EN SUS DUDAS JURÍDICAS, PORQUE CORREN EL RIESGO QUE LEJOS DE QUE OBTENGAN UN BENEFICIO, COMO LO ES POR LO MENOS UNA ORIENTACIÓN EN SU CASO, PUES CORREN EL RIESGO DE SER MAL INFORMADOS, CON EL RIESGO DE QUE SE LES CAUSE GRAVES DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERAN SER DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, EN DETRIMENTO DE SUS DERECHOS Y/O BIENES, POR ELLO CUIDADO CON ESTOS “MONSTRUITOS QUE INDEBIDAMENTE RONDAN ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL”, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES, Y EN ESPECIAL SALUDOS A LA ABOGADA ILIANAVE, MI ADMIRACIÓN Y RESPETOS.







  • Autor
    Respuesta No: 278058

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Saludos a todos los colegas participantes:  Realmente  es  complicado el establecer un medio de control como se intento  hacer en Mexico Legal creando salas  para preguntas exclusivas para tal materia y siendo solo oportunidad de un abogado especialista en esa matería dar respuesta,  la idea fue buena pero como toda buena intención quedo en eso... cualquier persona tecleando un numero a lo tonto puede regitrarse haciendose pasar por abogado y dar una respuesta,  Sin tener la patente de abogado, el problema es que siempre el perjudicado es el usuario el cual pretende dar una solución a un problema el cual expone en este foro y termina empeorando su asunto por invenciones juridicas que leyo en este foro,  mas aun, existen abogados con patente   que en vez de darle una respuesta clara al consultante terminan confundiendolo, a  mi juicio no es necesario explicar todo el procedimiento legal, la terminologia,   ya que las personas que entran a exponer su problema no son peritos en la materia y no buscan una catedra, buscan una solución o una respuesta que los tranquilice, por eso considero que el hecho de estar o no debidamente registrados como abogados es mera cuestion de banidad,  al final  uno  da la mejor solución de acorde a su sapiencia y a lo que la praxis le ha enseñado y el hecho de que alguien que se dice ser abogado da una consulta y esta es inexacta, uno puede sacarlo del error e incluso evidenciarlo  o hasta enseñarle que es completamente diferente a su visión,  y al final el que se vera beneficiado sera el consultante, no es menos sabido que hay muchas personas  que intentan lucrar con este sitio poniendo sus datos de contacto y sacando ventaja de quienes no lo hacen, sin embargo uno quien demonios es para decirle al consultante que no lo haga??? cada uno tiene lo que se merece, quien se publicite aqui es porque sencillamente  tiene esa necesidad porque su trabajo es nulo, que se yo...  en resumidas cuentas, que mas da si son o no licenciados, tienen derecho a ser lo que sean, uno es el que tiene que hacer su trabajo recordando que al final es mero altruismo lo que se hace aqui, pero eso si. NO ES NECESARIO DAR CATEDRAS  DE DERECHO, INVOCAR TESIS NI JURISPRUDENCIAS, AL FINAL EL CONSULTANTE ES IGNORANTE DEL DERECHO Y EL ABOGADO QUE LLEVE EL ASUNTO ES EL QUE TENDRA QUE SACAR SU PERICIA YA QUE PARA ESO SE LE PAGA Y PARA ELLO ESTUDIO ESTA NOBLE CARRERA... SALUDOS  Y EXCELENTE INICIO DE SEMANA!.





  • Autor
    Respuesta No: 278060

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTES DE MÉXICO LEGAL,

    Presente:         

     

    Reciban un cordial saludo de mi parte, y en relación al tema que se trata en esta consulta, les comento lo siguiente:

     

    Desgraciadamente en MÉXICO NO EXISTE NORMATIVIDAD ALGUNA QUE CALIFIQUE DE FORMA OBJETIVA EL ACTUAR DE LOS ABOGADOS LITIGANTES EN NUESTRO PAÍS, sin embargo; espero que estas NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO, ADOPTADAS A NIEVEL INTERNACIONAL, DESDE EL 12 DE AGOSTO DE 1954, les sirvan de parámetro para que en caso de que tengan que CONTRATAR UN ABOGADO PARTICULAR QUE LE LITIGUE SUS ASUNTOS, CUENTEN USTEDES CON ELEMENTOS OBJETIVOS PARA SABER SI LA PERSONA QUE VAN A CONTRATAR EN REALIDAD ES UN VERDADERO ABOGADO PROFESIONAL, CON LA EXPERIENCIA PROFESIONAL Y ÉTICA NECESARIA PARA ATENDER SU ASUNTO COMO SE DEBE, Y ASÍ OBTENGA EL ÉXITO EN SU CASO:

     

    NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO.

     

    Art. 1.- ESENCIA DEL DEBER PROFESIONAL. CONDUCTA DEL ABOGADO.

    El abogado debe tener presente que es un servidor de la justicia y un colaborador de su administración; que su conducta ha de estar caracterizada por la probidad y la lealtad, y por el desempeño con dignidad de su ministerio; y que la esencia de su deber profesional es consagrarse enteramente a los intereses de su cliente, y poner en la defensa de los derechos del mismo su celo, saber y habilidad, siempre con estricta sujeción a las normas morales. 

     

    La conducta profesional supone, a la vez, buen concepto público de la vida privada del abogado. 

     

    Art. 2.- DEFENSA DEL HONOR PROFESIONAL.

    El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesional. No solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medíos lícitos, la conducta moralmente censurable de jueces y colegas y denunciarla a las autoridades competentes o a los Colegios de Abogados. 

     

    Art. 3.- INDEPENDENCIA.

    El abogado debe guardar celosamente su independencia frente a los clientes, los poderes públicos, los magistrados y demás autoridades ante las cuales ejerza habitualmente; y en el cumplimiento de su cometido profesional, debe actuar con independencia de toda situación de interés que no sea coincidente con el interés de la justicia y con el de la libre defensa de su cliente; si así no pudiera conducirse debe rehusar su intervención. 

     

    Art. 4.- DESINTERÉS.

    El espíritu de lucro es extraño fundamentalmente a la actividad de la abogacía. 

     

    El abogado, aunque debe defender su derecho a la digna retribución de su trabajo, debe tener presente que el provecho es sólo un accesorio del fin esencial de la profesión y no puede constituir decorosamente el móvil determinante de su ejercicio. 

     

    Dentro de la medida de sus posibilidades y con sujeción a la ley y a las presentes normas, el abogado debe prestar su asesoramiento a toda persona urgida o necesitada que se lo solicite, con abstracción de que sea o no posible la retribución. Le está impuesto en especial, como un deber inherente a la esencia de la profesión, defender gratuitamente a los pobres. 

     

    Art. 5.- RESPETO DE LA LEY.

    Es deber primordial del abogado respetar y hacer respetar la ley y las autoridades legítimas. 

     

    Art. 6.- VERACIDAD Y BUENA FE.

    La conducta del abogado debe estar garantizada por la veracidad y la buena fe. No ha de realizar o aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia o que importe engaño o traición a la confianza pública o privada. 

     

    Tampoco debe permitir ni silenciar las irregularidades en que incurran las personas que ejerzan funciones públicas o cargos privados. 

     

    Art. 7.- ABUSOS DE PROCEDIMIENTO. PERJUICIOS INNECESARIOS. 

    El abogado debe abstenerse de¡ empleo de recursos o medios que, aunque legales, importen una violación a las presentes normas y sean perjudiciales al normal desarrollo del procedimiento; de toda gestión puramente dilatoria que, sin ningún propósito justo de defensa, entorpezca dicho desarrollo; y de causar aflicciones o perjuicios innecesarios. 

     

    Art. 8.- ACUSACIONES PENALES.

    El abogado que tenga a su cargo una acusación criminal, ha de considerar que su deber primordial es conseguir que se haga justicia y no obtener la condenación del acusado. 

     

    Art. 9.- CALIDAD DE LAS CAUSAS. DEFENSA DE ACUSADOS.

    El abogado no debe abogar o aconsejar en causa manifiestamente inmoral, injusta o contra disposición literal de la ley, sin perjuicio de asumir las defensas criminales con abstracción de la propia opinión sobre la culpabilidad del acusado. 

     

    No puede aconsejar ni aceptar causa contraria a la validez de un acto jurídico, en cuya formación haya intervenido profesionalmente. 

     

    Art. 10 - ACEPTACIÓN 0 RECHAZO DE ASUNTOS.

    Dentro de las normas M artículo precedente, el abogado tiene libertad para aceptar o rechazar los asuntos en que se solicite su patrocinio, sin necesidad de expresar los motivos de su resolución, salvo el caso de nombramiento judicial o del Colegio de Abogados, en que la declinación debe ser justificada. Cuando voluntaria o necesariamente manifieste los motivos de su resolución, debe hacerlo en forma de no causar agravio o perjuicio a la defensa cuyo patrocinio rehúsa. 

     

    Al resolver sobre la aceptación o rechazo, el abogado debe prescindir de su interés personal y cuidar que no influyan en su decisión el monto pecuniario del asunto, ni el poder o !a fortuna del adversario. No debe aceptar asuntos en que haya de sostener tesis contrarias a sus convicciones, aunque, excepcionalmente, podrá aducir una tesis contraria a su opinión, dejando claramente a salvo ésta, si aquélla fuere ineludible por virtud de ley o de la jurisprudencia aplicable. Debe, asimismo, abstenerse de intervenir, cuando no esté de acuerdo con el cliente en la forma de realizar la defensa, o cuando una circunstancia de parentesco, amistad u otra cualquiera, pudiera afectar su independencia. En suma, el abogado no debe hacerse cargo de un asunto sino cuando tenga libertad moral para dirigirlo o atenderlo. 

     

    Art. 11 - SECRETO PROFESIONAL. SU EXTENSIÓN Y ALCANCE.

    El abogado debe guardar rigurosamente el secreto profesional. 

     

    I) La obligación de la reserva comprende las confidencias recibidas del cliente, las recibidas del adversario, las de los colegas, las que resulten de entrevistas para conciliar o realizar una transacción, y las hechas por terceros al abogado en razón de su ministerio. En la misma situación se encuentran los documentos confidenciales o íntimos entregados al abogado. 

     

    II) La obligación de guardar secreto es absoluta. El abogado no debe admitir que se le exima de ella por ninguna autoridad o persona, ni por los mismos confidentes, Ella da al abogado el derecho ante los jueces, de oponer el secreto profesional y de negarse a contestar las preguntas que lo expongan a violarlo. 

     

    III) Ningún asunto relativo a un secreto que se le confíe con motivo de su profesión, puede ser aceptado por el abogado sin consentimiento previo del confidente. 

     

    Art. 12 - EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE GUARDAR EL SECRETO PROFESIONAL.

     

    I) La obligación de¡ secreto profesional cede a las necesidades de la defensa personal de¡ abogado, cuando es objeto de acusaciones por su cliente. Puede, entonces, revelar tan sólo lo que sea indispensable para su defensa y exhibir los documentos que aquél le haya confiado. 

     

    II) Cuando un cliente comunica a su abogado la intención de cometer delito, la reserva de la confidencia queda librada a la conciencia de¡ abogado, quien, en extremo ineludible, agotados a otros medios, puede hacer las revelaciones necesarias para prevenir el acto delictuoso o proteger a las personas en peligro. 

     

    Art. 13 - INCITACIÓN A LITIGAR, AVENIMIENTOS Y TRANSACCIONES. PASIONES DE LOS CLIENTES.

     

    I) Es contrario a la dignidad de¡ abogado, fomentar conflictos o pleitos. También lo será ofrecer espontáneamente sus servicios o aconsejar oficiosamente, con objeto de procurarse un cliente o provocar se instaure un pleito, excepto los casos en que vínculos de parentesco o de íntima confianza lo justifiquen.

     

    II) Es deber del abogado favorecer las posibilidades de avenimiento y conciliación o de una justa transacción. Tal deber es más imperioso en los conflictos de familia y en general entre parientes, en los cuales la intervención del abogado debe inspirarse en el propósito de allanar o suavizar las diferencias.

     

    III) El abogado no debe estimular las pasiones de sus clientes y se abstendrá de compartirlas. 

     

    Art. 14 - CUIDADO Y HONOR DE LA RESPONSABILIDAD.

    El abogado debe cuidar su responsabilidad y hacer honor a la misma. 

     

    I) No debe permitir que se usen sus servicios profesionales o su nombre, para facilitar o hacer posible el ejercicio de la profesión por quienes no están legalmente autorizados para ejercerla.

     

    II) Afecta el decoro del abogado la firma de escritos en cuya preparación o redacción no ha intervenido.

     

    III) No es aceptable que el abogado se exculpe de los errores y omisiones en que incurra en su actuación pretendiendo descargarlos en otras personas, ni de actos ¡lícitos atribuyéndolos a instrucciones de su cliente.

     

     

    IV) El abogado debe adelantarse a reconocer la responsabilidad derivada de su negligencia o actuación inexcusable, allanándose a resarcir los daños y perjuicios causados al cliente. 

     

    Art. 15 - INCOMPATIBILIDADES.

     

    I) El abogado debe respetar las disposiciones legales que establecen las incompatibilidades de la profesión, absteniéndose de ejercerla cuando se encuentre en algunos de los casos previstos.

     

    II) Debe evitar, en lo posible, la acumulación al ejercicio de la profesión, de cargos o tareas susceptibles de comprometer su independencia, insumirle demasiado tiempo o resultar inconciliable con el espíritu de la abogacía, tales como el ejercicio del comercio o la industria, las funciones públicas absorbentes y los empleos en dependencias que no requieran título de abogado.

     

    III) Es recomendable que el abogado evite, en lo posible, los mandatos sin afinidad con la profesión, los depósitos de fondos y administraciones, y en general las gestiones que puedan dar lugar a acciones de responsabilidad y rendiciones de cuentas. 

     

    IV) El abogado legislador o político debe caracterizarse por una cautela especial, preocupándose en todo momento de evitar que cualquier actitud o expresión suya pueda ser interpretada como tendiente a aprovechar su influencia política o su situación excepcional. No aceptará designaciones de oficio que no se hagan por sorteo. 

     

    Art. 16 – LA CLIENTELA. El abogado no debe procurarse clientela por medios incompatibles con la dignidad profesional ni recurrir directamente o por terceras personas o intermediarios remunerados, para obtener asuntos. Tampoco debe celebrar contratos de sociedad profesional con personas que no sean abogados o procuradores. 

     

    Art. 17 - ESTUDIO. DECORO EN LA ATENCIÓN DE LA CLIENTELA. 

    Debe estimarse que el Estudio es indispensable para la debida actuación del abogado en el ejercicio de su profesión. 

     

    I) El abogado debe cumplir la obligación de tener Estudio, manteniendo dentro de la jurisdicción departamental una oficina digna de la calificación de tal. En ella debe concentrar la atención personal y predominante de sus asuntos y de los clientes, de modo que sirva para determinar el asiento principal de su actividad profesional. El mismo Estudio puede serio de dos o más abogados, siempre que estén asociados o compartan la actividad profesional, lo que se hará saber al respectivo Colegio. 

     

    II) El abogado que teniendo él asiento principal de su profesión fuera de la Provincia, actúe en ésta y no establezca y atienda el Estudio en las condiciones expresadas, debe fijarlo a los efectos de la ley y de la presente disposición en el Estudio de otro abogado, vinculado a su actividad en la Provincia, lo que se hará saber el respectivo Colegio. El abogado vinculado contrae la obligación de atender en su Estudio los asuntos y los clientes del otro abogado. 

     

    III) Cuando el abogado interviene accidentalmente en otro Departamento, debe constituir domicilio y atender a sus clientes en Estudio de colegas de la jurisdicción, que solicitará le sea facilitado a ese objeto en la medida más discreta posible. 

     

    IV) Sólo en casos justificados puede el abogado atender consultas y entrevistar a los clientes fuera de su Estudio o del de otro colega. Afecta al decoro del abogado hacerlo en lugares públicos o concurridos, inadecuados a tal objeto. 

     

    V) El abogado no deberá dar su nombre para denominar un Estudio, sin estar vinculado al mismo. 

     

    Art. 18.- PUBLICIDAD.

    El abogado debe reducir su publicidad a avisar la dirección de su Estudio, sus nombres, títulos científicos y horas de atención al público. 

     

    No debe publicar ni inducir a que se hagan públicas noticias o comentarios vinculados a los asuntos en que intervenga, a la manera de conducirlos, la importancia de los intereses comprometidos y cualquier ponderación de sí mismo. Debe abstenerse de publicar escritos judiciales o las discusiones mantenidas con relación a los mismos asuntos. Si circunstancias extremas o causas particulares muy graves justifican una exposición al público, no debe hacerse anónimamente; y en este caso, que es mejor evitarlo, no deben incluirse referencias a hechos extraños al proceso, más allá de las citas y documentos de los autos. 

     

    Concluido el proceso, puede publicar en forma ponderada y respetuosa sus escritos y las sentencias y dictámenes del expediente; pero no los escritos del adversario sin autorización de su letrado.

     

    Art. 19.- ESTILO.

    En sus expresiones verbales o escritas, el abogado debe usar la moderación y energía adecuadas, tratando de decir nada más que lo necesario al patrocinio que se le ha confiado. En la crítica del fallo o de los actos de un magistrado, y en las contestaciones y réplicas dirigidas al colega adversario, debe mantener el máximo de respeto, absteniéndose de toda expresión violenta o agraviante. Debe tratar a los litigantes, testigos y peritos del juicio con la consideración debida. La severidad en el trato que puedan imponer las exigencias de la defensa, no autoriza ninguna vejación inútil o violenta impropia. El cliente no tiene derecho a pedir a su abogado que falte a la parte contraria o que incurra en personalismos ofensivos.

     

    Art. 20.- PUNTUALIDAD.

    Es deber de¡ abogado ser puntual con los tribunales y sus colegas, con los clientes y con las partes contrarias, y ser preciso y directo en todo cuanto se expida. 

     

    Art. 21.- RESPETO Y APOYO A LA MAGISTRATURA. ACUSACIÓN DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS.

    Es deber de los abogados guardar a los magistrados el respeto y la consideración que corresponden a su función social. 

     

    No siendo los jueces enteramente libres para defenderse, tienen derecho a esperar la ayuda del foro contra las críticas injustas. Frente a motivos fundados de serias quejas contra un magistrado, es derecho y deber de los abogados presentar la denuncia o acusación ante las autoridades o ante sus Colegios. En tales casos, los abogados que los formulen deben ser apoyados por sus colegas. 

     

    La presente norma se hace extensiva a todo funcionario ante quien deban actuar los abogados en el ejercicio de su profesión. 

     

    Art. 22.- NOMBRAMIENTO Y ACTIVIDAD DE MAGISTRADOS. ASPIRACIÓN A LA MAGISTRATURA.

    Es deber de los abogados procurar por todos los medios lícitos que el nombramiento de magistrados se haga en consideración exclusiva a sus aptitudes para el cargo y que los jueces se contraigan a su función, apartándose de actividades distintas a la judicatura, que impliquen el riesgo de comprometer su imparcialidad o disminuyan la jerarquía de su investidura. 

     

    La aspiración de los abogados al desempeño de funciones judiciales, debe estar inspirada en una estimación imparcial de su idoneidad para aportar honor al cargo, y no por el deseo de obtener las distinciones y ventajas que el cargo pueda significar. 

     

    Art. 23.- INFLUENCIAS PERSONALES SOBRE EL JUZGADOR. COMUNICACIÓN PRIVADA CON EL JUEZ.

    El abogado no debe ejercer influencia sobre el juzgador, apelando a vinculaciones políticas, de amistad o de otra índole, o recurriendo a cualquier otro medio que no sea el de convencer con razonamiento.

     

    Las atenciones excesivas con los jueces y las familiaridades no usuales, deben ser prudentemente evitadas por los abogados cuando, aun motivadas por relaciones personales pueden suscitar falsas o equivocadas interpretaciones de sus motivos. 

     

    El abogado debe abstenerse de comunicarse o discutir en privado con los jueces, respecto de¡ mérito de las causas sometidas a su decisión, salvo casos de justificada urgencia. Puede hacerlo en el despacho de los magistrados, fuera de la actuación ordinaria de las causas, para urgir pronunciamientos o reforzar oralmente sus argumentaciones. Pero en ninguna de ambas hipótesis es admisible que en ausencia de¡ abogado contrario, se aduzcan motivos y consideraciones distintos de los que constan en autos. 

     

    Art. 24.- RECUSACIONES.

    El abogado debe hacer uso de¡ recurso excepcional de las recusaciones con gran moderación, recordando que el abuso de ellas compromete la majestad de la justicia y la dignidad de la profesión.

     

    Art. 25.- OBLIGACIONES PARA CON EL CLIENTE.

    El abogado debe realizar plenamente la gestión y defensa de los intereses de su cliente. Ningún temor a la antipatía del juzgador ni a la impopularidad, ha de detenerle en el desempeño de su deber. El cliente tiene derecho a los beneficios de todos los recursos y defensas autorizados por la ley, y debe esperar de su abogado que apele a todos esos recursos y defensas. 

     

    Pero tendrá presente que la misión del abogado debe ser cumplida dentro de los límites de la ley, y que debe obedecer a su conciencia y no a la de su cliente. 

     

    Art. 26.- ASUNTOS POSTERIORES, CONTRARIOS A LOS INTERESES DEL CLIENTE, CONFIADOS EN SECRETO.

    El deber de patrocinar al cliente con absoluta fidelidad y de no revelar sus secretos y confidencias, impide al abogado la aceptación subsiguiente de tareas profesionales en asuntos que afecten el interés del cliente, con respecto a los cuales se le haya hecho alguna confidencia. 

     

    Art. 27.- CONOCIMIENTO DE LOS ASUNTOS. ASEVERACIONES SOBRE SU ÉXITO Y CONVICCIÓN PERSONAL DEL ABOGADO.

    El abogado debe tratar de obtener pleno conocimiento de la causa de su cliente antes de emitir opinión sobre ella, pero no debe nunca asegurar  el éxito de¡ pleito, limitándose a significarle si su derecho esta o no amparado por1a ley y cuáles son, en su caso, sus probabilidades, sin adelantarle una certeza que él mismo no puede tener.

     

    El abogado debe abstenerse de afirmar como argumento en juicio, su convicción personal sobre la inocencia de su cliente o la justicia de su causa. 

     

    Art. 28.- ACLARACIONES AL CLIENTE. CONFLICTO DE INTERESES.

    Es deber del abogado enterar al cliente de todas las circunstancias que puedan influir sobre él, respecto de la elección de abogado. 

     

    Es contrario a la profesión representar intereses opuestos, excepto mediando consentimiento unánime prestado, después de completa aclaración de los hechos Dentro del sentido de esta regia, existen intereses encontrados cuando se debe simultáneamente defender e impugnar una misma medida.

     

    Art. 29.- RENUNCIA AL PATROCINIO.

    Una vez aceptado el patrocinio de un asunto, el abogado no podrá renunciarlo sino por causa justificada sobreviniente o anterior recién conocida, especialmente que afecte su honor, dignidad o conciencia o implique incumplimiento de las obligaciones morales o materiales del cliente hacia el abogado, o haga necesaria la intervención exclusiva de profesional especializado. Pero, aun en este caso, debe cuidar que su alejamiento no sea intempestivo y perjudicial al cliente, y en todos los casos, reservar las causas que lo hayan determinado a alejarse, cuando la revelación pueda perjudicar al cliente.

     

    Aunque la renuncia se produzca antes de asumir el patrocinio, el abogado debe considerarse hacia el cliente con las mismas obligaciones que si lo hubiera desempeñado. 

     

    Art. 30.- REEMPLAZO POR COLEGA.

     

    En general, el abogado no debe, sin consentimiento del cliente, hacerse reemplazar por otro en la defensa o patrocinio confiados. Empero, puede proceder a ese reemplazo en caso de impedimento súbito o imprevisto, dando inmediato aviso al cliente. 

     

    Art. 31.- COLABORACIÓN PROFESIONAL EN LA DEFENSA DEL CLIENTE Y CONFLICTO DE OPINIONES.

    La proposición del cliente de dar intervención a otro abogado adicional, no debe ser considerada como prueba de falta de confianza, pues el asunto debe ser dejado al arbitrio del cliente y, por regla general, aceptarse la colaboración. Sin embargo, el abogado debe rehusar la asociación de otro colega, si no le resulta grata, declinando el patrocinio confiado. 

     

    Cuando los abogados que colaboran en un asunto discrepan, el conflicto de opiniones debe ser expuesto al cliente para su resolución final. La decisión debe ser aceptada, a menos que la diferencia la vuelva impracticable para el abogado cuya opinión ha sido rehusada, en cuyo caso corresponde se lo dispense de seguir interviniendo.

     

    Art. 32.- CONDUCTA INCORRECTA DEL CLIENTE.

     

    I) El abogado debe procurar que sus clientes no incurran en la comisión de actos reprobados por las presentes normas. y velar porque guarden respeto a los magistrados y funcionarios, a la contraparte, a sus abogados y a los terceros que intervengan en el asunto. Si el cliente persiste en su actitud, el abogado debe renunciar al patrocinio. 

     

    II) Cuando el abogado descubre en el juicio una equivocación o una impostura que beneficie injustamente a su cliente, deberá comunicárselo a fin de que la rectifique y renuncie al provecho que de ella pudiera obtener. En caso que el cliente no esté conforme, el abogado debe renunciar al patrocinio.

     

    Art. 33.- HONORARIOS Y ANTICIPOS. CONTROVERSIAS ACERCA DE LOS HONORARIOS.

    El abogado debe ajustar la fijación y cobro de sus honorarios a las reglas de la ley. 

    Puede solicitar al cliente entregas a cuenta de honorarios o gastos, siempre que observe la moderación adecuada a su ministerio.

     

    Debe evitar los apremios y toda controversia con el cliente acerca de los honorarios, hasta donde sea compatible con su dignidad y con el derecho a recibir la justa retribución, Sólo debe recurrir a la demanda contra su cliente para impedir la injusticia, la injustificada demora o el fraude, y en tal caso se aconseja al abogado se haga representar o patrocinar por un colega. 

     

    Art. 34.- ADQUISICIÓN DE INTERESES EN EL ASUNTO.

    Es recomendable que el abogado no adquiera interés pecuniario de ninguna clase relativo al asunto que patrocina o haya patrocinado, ni directa o indirectamente bienes pertenecientes al juicio en los remates judiciales que sobrevengan, aunque sea por razón de¡ cobro de sus honorarios; ni acepte en pago de éstos dación de bienes que hayan pertenecido a la causa patrocinada.

     

    Art. 35.- BIENES DEL CLIENTE.

    El abogado debe dar aviso inmediato a su cliente, de los bienes y dinero que reciba para él y entregárselos tan pronto aquel los solicite. La demora en comunicar o restituir, constituye falta grave a la ética profesional. 

     

    Art. 36.- FRATERNIDAD ENTRE LOS ABOGADOS. DEBERES ENTRE Si.

    Entre los abogados debe haber fraternidad que enaltezca la profesión, y cada uno de ellos hacer cuanto esté a su alcance para procurarla. 

     

    I) Los sentimientos hostiles que puedan existir entre los clientes, no deben influir en la conducta y disposición de los abogados entre sí. Deben evitar los personalismos, respetar la dignidad del colega y hacer que se la respete debidamente, impidiendo toda maledicencia del cliente hacia su anterior abogado o hacia el patrocinante de su adversario. 

     

    II) La confianza, la lealtad y la hidalguía deben constituir la disposición habitual del abogado hacia sus colegas, a quienes facilitará la solución de impedimentos momentáneos que no les sean imables, como ausencia, duelo, enfermedad u otros semejantes. Ningún apremio del cliente debe autorizarlo a apartarse de estas normas. 

     

    III) Los esfuerzos directos o indirectos, para apoderarse de los asuntos de otros abogados o captarse sus clientes, son indignos de quienes se deben lealtad en el foro; pero es deber profesional dar consejos adecuados a quienes buscan ayuda contra abogados infieles o negligentes. Es recomendable, como norma general, informar previamente al colega imado.

     

    IV) Todos los abogados intervinientes deben considerarse con idéntico interés solidario en el más rápido y económico desarrollo del proceso. 

     

    Les alcanza el deber de no demorar el cumplimiento de las diligencias decretadas durante el litigio. Incurre en desconsideración para sus colegas el abogado que, pese a solicitación de otro profesional, espere las notificaciones o intimaciones respectivas sin explicar las causas que justifiquen su demora. 

     

    Art. 37.- AYUDA A LOS ABOGADOS JÓVENES

    Los abogados jóvenes han de utilizar en los primeros tiempos del ejercicio de la profesión, como convenientes y en algunas circunstancias como necesarios, el consejo y la guía de abogados antiguos de su Colegio, quienes deben prestar esta ayuda desinteresadamente y del modo más amplio y eficaz. La omisión en reclamarlo por parte del abogado nuevo, será estimada al considerarse las transgresiones en que incurra. Asimismo, la negación del auxilio en la medida en que deba esperarse lo preste el abogado requerido, constituirá falta susceptible de sanción disciplinaria.

     

    Art. 38.- CONVENIOS ENTRE ABOGADOS.

    Los acuerdos celebrados entre abogados deben ser estrictamente cumplidos, aunque no se hayan ajustado a las normas legales. Los que fueren importantes para el cliente deberán ser documentados; pero el ho nor profesional exige que, aun no habiéndolo sido, se cumplan como si constaran en instrumento público. 

     

    Art. 39.- TRATO CON LA CONTRAPARTE Y TESTIGOS.

    El abogado no debe tener trato directo ni indirecto con la contraparte. únicamente por intermedio de su abogado deben ser gestionados convenios y transacciones. 

    Cuando el adversario no tenga patrocinante, esté iniciado o no el pleito, y el asunto requiera razonablemente asesoramiento, el abogado debe exigirle dé intervención a otro abogado para tratar convenios o transacciones. 

     

    El abogado puede entrevistar libremente a los testigos de una causa civil o pena¡ en la que intervenga, pero no debe inducirlos por medio alguno a que se aparten de la verdad. 

     

    Art. 40.- SUSTITUCIÓN EN EL PATROCINIO.

    El abogado debe dar aviso al colega que haya intervenido en un asunto, antes de aceptar el patrocinio o representación de la misma parte. El aviso previo no es necesario cuando el anterior colega ha renunciado expresamente al patrocinio o mandato. Sin embargo, es recomendable que el nuevo abogado haga saber al anterior su intervención en el asunto. 

     

    Art. 41.- DEBERES HACIA SU COLEGIO.

    Es deber de¡ abogado prestar su concurso personal para el mejor éxito de los fines de¡ Colegio a que pertenezca, y de¡ Colegio de la Provincia. Los encargos y comisiones que se le confíen deben ser aceptados y cumplidos, excusándose sólo cuando pueda invocar causa justificada. 

     

    Art. 42.- APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE ESTAS NORMAS. ALCANCE Y CUMPLIMIENTO.

    Las Normas de Ética se aplican a todo el ejercicio de la abogacía. Los abogados inos en los Colegios departamentales de la Provincia quedan obligados a su fiel cumplimiento.

     

    Art. 43.- REGLA GENERAL DE INTERPRETACIÓN.

    Los deberes particulares señalados no importan la negación o exclusión de otras reglas que, sin estar especificadas, derivan imperativamente de las condiciones esenciales del ejercicio de la abogacía.

     

    Por lo que les aconsejo que se  asesoren cuanto antes de un abogado que sea experto en LA MATERIA QUE NECESITEN EN TU CASO, de esta forma tendrán garantizado el éxito de su asunto, y si no cuentan con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDEN RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información les sea de utilidad.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Ustedes como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 3182-2696

    Celular: 55-3462-7069

     

    WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m  a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)











  • Autor
    Respuesta No: 278069

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Sr, Morales, usted  piensa???  perdon, quiero decir  que si usted cree que se ve mas inteligente  pegando una seríe de información que seguro no fue capaz de redactar de forma personal y espontanea??? que seguramente obtuvo de alguna serie de sitos de internet? hablando de profesionalismo, usted crees que es profesional  pegar siempre lo mismo sin tomar en cuenta la verdadera necesidad del consultante?   yo considero que en vez de parecer un sujeto inteligente es un sujeto neofito del derecho que no es capaz de dar una respuesta exacta a una consulta, en el tiempo que tengo registrado  en este sitio jamas he visto que usted escriba directamente a una consulta atendiendo la formalidad y profesionalismo que requiere la misma, siempre se la ha pasado copy - paste,  y la realidad es que su tecnica juridica deja mucho que desear, yo le invito a que sea lo mas profesional  posible como dice serlo y responda consultas con toda la seriedad que merecen...   a demas, el hecho de poner sus datos de contacto lo unico que demuestran es hambre,  ya me lo imagino en las noches de luna llena,  que terror... para sus clientes.

    pero en fin, saludos a los participantes.



  • Autor
    Respuesta No: 278070

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Pero al menos FORISTA ZETH, ESTOY TRANQUILO PORQUE LOS CONSULTANTES AHORA TIENEN ESTOS PARAMETROS OBJETIVOS PARA PODER DISTINGUIR ENTRE LOS CHARLATANES QUE NOS SON ABOGADOS, DE AQUELLOS QUE SÍ SOMOS VERDADEROS ABOGADOS, SALUDOS A LA ABOGADA ILIANAVE, Y A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.

    P.D. SERÁ QUE FORISTA ZETH SE SINTIÓ AGREDIDO, PORQUE NO ES UN VERDADERO ABOGADO ...







  • Autor
    Respuesta No: 278075

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     Sr.  Morales, quien soy yo para sacarlo de su ignorancia??? absolutamente nadíe, si tanto es el morbo que recorre su decrepita mente le sugiero que ingrese a mi oficina virtual,  lea mi nombre y apellido, ingrese a la pagina de la sep y como es su costumbre dele copy paste... y revise  el resultado...  no me siento agredido.  al menos soy mas profesional que usted y afortunadamente la vida me ha tratado muy bien, no tengo que andar mendigando trabajo en este sitio como usted. saludos cordiales a todos los consultantes 



  • Autor
    Respuesta No: 278076

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    MUY BIEN FORISTA ZETH PUES ADELANTE DAMOS PÚBLICAMENTE TUS DATOS DE ABOGADO, PORQUE EN TU CUBICULO OH SORPRESA, NO APARECE NI TU NOMBRE. SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.



  • Autor
    Respuesta No: 278079

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Y QUE PASO ZETH, A QUE ADIVINO TU NOMBRE:

    TE LLAMAS "MAS SI OSARE", JAJAJAJA, A POCO ASÍ ESTA TU IFE, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL, JAJAJA COMO ME HACE REIR ESTE ZETH ...





  • Autor
    Respuesta No: 278082

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Y TU ME DAS RISA, JAJAJA, CON EL TAL MAS SI OSARE, DEL ZETH, CON RAZÓN NO DESEA QUE CONOZCAN SU NOMBRE, EN FIN, Y ESTE SE DICE SER UNO DE LOS MEJORES ABOGADOS DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL, JAAJAJAJ, LO BUENO ES QUE LOS CONSULTANTES YA CUENTAN CON ESTA INFORMACIÓN, PARA TENER PRECAUCIÓN EN LO FUTURO CON EL FORISTA ZETH, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES.







  • Autor
    Respuesta No: 278086

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    SEGUIMOS ESPERANDO A QUE MAS SI OSARE, ALIAS ZETH, NOS PROPORCIONE SUS DATOS, SERÁ ACASO QUE NO LOS TIENE, PORQUE ES:

    EL TINTERILLO DESCONOCIDO

    JAJAJA, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.





  • Autor
    Respuesta No: 278089

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    no entiendo de donde saca tantas estupideces sr. morales, parece  un niño de 5 años, riendose e inventando cosas... pero bueno,  con razon esta como esta...  PATETICO SR. MORALES. PATETICO.



  • Autor
    Respuesta No: 278090

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    PUES ES LA PURA VERDAD, OH NO MI QUERIDO MAS SI OSARE, ALIAS ZETH, TODO UN CASO ESTE TINTERILLO DESCONOCIDO, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL, LA VERDAD ESTOY MUERTO DE LA RISA CON LAS  OCURRIENCIAS DEL TINTERILLO DESCONOCIDO, JAJAJAJA ...





  • Autor
    Respuesta No: 278094

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    jejeje, 

    Yo en la página tengo el status de "escuelante" toda vez que, en mi primer registro no tenía mi cédula profesional.  Y no se puede cambiar a "abogado".  No me  afecta, pues varios colegas aqui ya me conocen.

    Para el que la quiera ver, puede entrar a MI OFICINA y ahi en mi currículum está el número ,que pueden consultar electrónicamente.

    Satisfacción personal tengo de que yo NO PONGO MIS DATOS de correo ni mi celular, como otros babosos, y aún así, cuando algún consultante se siente conforme y a gusto con lo que se le contestó, ME BUSCA por medio de esa cosa, "mi oficina".

    Considero incorrecto poner los datos de uno en la respuesta a las consultas. Por muchos motivos.

    En fin, saludos a todos, menos al "Tocas", a quien con gusto ignoro por zonzo.

     



  • Autor
    Respuesta No: 278096

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    pues a mi me parece que mas que ilegalidad es una inmoralidad el que un usuario, abogado o no participe con diferentes nicks, para ponerse palomitas que supuestamente son para reconocer el prestigio profesional con el que se puede basar un consultante, aparte de la confusion que genera el que no se tenga una seguridad de quien sea la persona que esta  respondiendo, en caso de que se trate de diferentes usuarios con una sola compu, como en el caso de garovalo, mascaranegra, guerreroqro y kokoduro.

    pueden comprar una compu cada quien aunque sea en abonos, o una usada en el tianguis y evitar ese tipo de problemas para los demas participantes o de perdida para cubrir la apariencia.

    saludos 





  • Autor
    Respuesta No: 278101

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    YA SALIÓ OTRO "MONSTRUITO EL TAL CUARESMA, QUIEN POR LO VISTO TAMPOCO ES UN VERDADERO ABOGADO, Y SEGÚN ESTOS SON LOS QUE SE AUTONOMBRAN COMO LOS  MEJORES ABOGADOS DE ESTE FORO, EN FIN, LA VERDAD ME DA MUCHA RISA, PORQUE LO ÚNICO QUE HACEN ES EXHIBIRSE COMO LO QUE SON UNOS DELINCUENTES, PORQUE URSURPAN UNA PROFESIÓN DE LA CUAL CARECEN, POR ESO CONSULTANTES PRECAUCIÓN CON ESTOS LLAMEMOSLES PERSONAJES, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTA PÁGINA DE MÉXICO LEGAL.































  • Autor
    Respuesta No: 278276

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    YO ESPERO QUE SÍ, POR LO MENOS ENTERARSE DE ESTO QUE ES DE GRAN IMPORTANCIA, POR LO MENOS PARA LOS CONSULTANTES, POR CIERTO SALUDOS AL ABOGADO ROSEN Y A LA ABOGADA ILIANAVE, Y A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.









  • Autor
    Respuesta No: 278290

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No se porque tanto escandalo.

    Los estados conocidos por dar cedulas profesionales propias. Guanajuato, Tamaulipas, Jalisco y Estado de Mexico, y sirven a nivel nacional.

    No solo el DF da cedulas profesionales.

      

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    POR FAVOR, EN SUS CORREOS SEÑALEN EL NUMERO DE LA CONSULTA.

    Lic. Sandra Angeles.

    guerreraqro

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com

    ILIANA.- Me dicen que por ahi te tranzo un tal JOSECITO o algo pormel estilo, yo, no te he pedido mas que tu amistad, si eso te causa problemas, dejalo asi.



  • Autor
    Respuesta No: 278292

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    NO NOS QUIERAS "COREAR" GUERRERAQRO, MEJOR ADMITE QUE ANDAS URSURPANDO LA PROFESIÓN DE ABOGADO O LICENCIADO EN DECHO YA CON LO QUE EXPLICÓ EL MAESTRO PRIMUS TRIBUNUS QUEDA CLARO QUE, O SE TIENE CÉDULA PROFESIONAL O NO SE TIENE, Y TU TIENES, JAJAJA, LO MÁS SEGURO ES QUE NO, AL IGUAL QUE TU PAREJITA EL TAL KOKODURO, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.











  • Autor
    Respuesta No: 278308

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    EL TRIPLE PARA USTED Y SU PAREJITA USURPADOR DEL KOKODURO, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.





  • Autor
    Respuesta No: 278311

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    IDEM DE MIS ANTERIORES RESPUESTAS, JAJAJA, QUE FALTA DE IMAGINACIÓN DE ESTA  URSURPADORA DE PROFESIÓN DE LA TAL GUERRERAQRO, SOLO ME DIVIRTE, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.









  • Autor
    Respuesta No: 278326

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    PRIMUS TRIBUNOS. AGRADEZCO SU COMETARIO PERO YO CREO QUE SU CALIDAD DE LIC. NO LE DA A USTED DERECHO DE EXPRESARSE DE LOS FORISTAS, MI COMETARIO FUE EN ESTE SENTIO, CUANDO YO ME TITULE, PRIMERAMENTE TUBE LA NECESIDAD DE REGISTRAR MI TITULO ANTE LA S.E.P. MISMA QUE ME EXPIDIO CEDULA CON EFECTOS DE PATETNTE PARA EJERCER LA PROFESION DE LICENCIADO EN DERECHO, Y UNA VEZ QUE ME FUE EXPEDIDA TUBE NECESIDAD DE REGISTRARLA ANTE PROFESIONES DEL ESTADO, EN DONDE SE ME EXPIDIO UN CEDULA ESTATL EN LA QUE TIENE IMPRESA MI CEDULA EXPEDIDA POR LA S.E.P, AHORA ME DOY CUENTA QUE EN LA ACTUALIDAD LA CEDULA EXPEDIA POE PROFESIONES DEL ESTADO, ESTA YA NO CUENTA CON LA IMPRESI{ON DE LA CEDULA FEDERAL. Y AGRADEZOCO QUE HAYA RECORDADO EL ARTICULO DE LA CONSTITUCION, Y ESPERO QUE EN LO SUCESIVO TENGA MAS RESPETO CON LOS FORISTAS Y SE DEJEN DE ESTARSE BURLANDO DE LOS COMETARIOS YA QUE NADIE ES PERFECTO NI SABELO TODO.

    SALUDOS











  • Autor
    Respuesta No: 278342

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    olaguez:

    Tras de que usted comete un grave error, en vez de disculparse comete otro yerro aún mayor que el primero.

    En efecto, si bien es cierto que nadie es perfecto ni sabelotodo, más cierto es que usted se preparó o por lo menos eso dice usted, como abogado, es decir, que se preparó como experto en el derecho y en tal virtud está desaconsejado pedirle que opine en cuestiones de ingeniería, matemáticas, botánica, astronomía y otras ciencias, pero en todo caso es perfectamente válido que se le exija a usted que conozca el derecho, pues para ejercer la abogacía es que usted se preparó, a menos que usted sea simplemente un "abogado disel".

    Mire usted que inclusive en la práctica, cuando un abogado debe declarar, el el acta respectiva se asienta que se le protesta para decir verdad, pero que se omite el darle a conocer las penas para quienes declaran falsamente en virtud de que se trata de un perito en derecho y, por lo mismo, le son conocidas.

    Así que ya lo sabe: le puedo exigir a usted que demuestre que conoce el derecho o que usted reconozca que su título es inmerecido y consecuentemente que le sea anulado.

    Por cierto: tan mal abogado es usted, que ni siquiera aplica porque creo que desconoce las reglas del Internet y las del foro, que prohíben escribir solamente con mayúsculas porque esto es una ofensa para los foristas.



  • Autor
    Respuesta No: 278343

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Saludos al MAESTRO DE MAESTROS DEL DERECHO PRIMUS TRIBUNUS, la verdad nada más que decir, EXCEPTO QUE ES UN VERDADERO ABOGADO CON TODA LA EXTENSIÓN DE LA PALABRA, siempre es un placer leer sus líneas, Usted  castiga severamente la ignorancia en el derecho, y con justa razón, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.







  • Autor
    Respuesta No: 278361

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sandrita, si no sólo el D. F. da cédulas profesionales y tu estudiaste en el D. F. como dice tu ridiculum que subiste en tu cubículo, porqué no registraste tu Cédula en la Dirección General de Profesiones?

    Digo, ya te quieres justificar con qué no sólo en el D. F. se dan cédulas, pero TÚ no podrías eximirte de tal situación, porque refieres que tanto la primaria, la secundaria, el bachillerato y tu Educación Superior, la cursaste en el Distrito Federal.

    Y la Universidad en donde dices que estudiaste, no existe en el Distrito Federal, así que todavía esperas que sigamos creyendo en tus patrañas?

    Dame el domicilio de la Universidad de las Ciencias Sociales y Humanidades, S. C. en el Distrito Federal, porque yo no la encuentro...

    Y el pseudoabogado que me tranzó, no se llama José y aún no doy sus datos, porque le estoy dando un plazo de gracia antes de quemarlo públicamente, porque sé que es tanta su necesidad que a lo mejor ese dinero lo ocupó porque no tenía ni para comer y si fuere el caso, de verdad que no hay bronca, que le aproveche pues gracias a Dios a mi no me falta nada, pero donde lo vea queriendo engañar a otra persona, ahí si veras como le va a ir...

    Y no se te olvide Sandrita, que no es que quisieras ser mi amiga, que se generó este problema, sino por que eres necia o NECIO y a fuerzas quisiste que tomara como válidos tus argumentos sobre Unión Libre y Concubinato.

    Si no hubieras comenzado a querer echar montón con diferentes nicknames, pues ni cuenta me habría dado de tu engaño, pero tu afán de protagonismo te ganó y creíste que porque te ostentabas como mujer iba a ser solidaria contigo... pero que crees? que inmediatamente se da uno cuenta cuando alguien es mujer y cuando no, porque eso sí, en este foro puede que haya mujeres que no me tragan, pero no se meten conmigo, pues como diría una frase trillada de una obra de teatro: "entre mujeres nos podremos despedazar, pero jamás no haremos daño..."

    PERO TU NO ERES MUJER, pues una profesionista que litiga y anda trabajando como supuestamente dices en tu ridiculum, tampoco podría en el mismo que es AMA DE CASA... porque o trabajas o eres ama de casa... así que sólo hay que leer un poquito tus trampitas para darse cuenta de que son puros cuentos chinos...



  • Autor
    Respuesta No: 278364

  • LICNORMAVALLEJO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BUENOS DIAS A TODOS LOS COLEGAS:

    No queria entrar en esta polemica, pero viendo el comentario de guerreraqro de que guanajuato expide cedulas propias, lo ignoro en su totalidad que asi sea y soy de guanajuato, ya que yo estudie en escuela privada y aun asi el tramite de mi cedula fue en el D.F.  y tuvo que ser registrada en la Direccion General de Profesiones, e inclusive si uno quiere una reposicion, tiene que asistir uno a la oficina, de reciente creacion en guanajuato, de la Direccion de Profesiones para la expedicion y el tramite tarda aproximadamente dos meses.  Voy a tener que buscar eso, me quede con la duda, porque hasta ahorita todas las cedulas que se expiden en guanajuato se tienen registrar ante la SEP.



  • Autor
    Respuesta No: 278391

  • RafaelFlMz
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lic. Ilianave (reciba un afectuoso saludo):

    Respecto a su último comentario le comento: el ser ama de casa no está en contraposición con el trabajo, al contrario, son dos cuestiones que deben complementarse (he aquí donde la mujer debe echar a luz su capacidad, además de que el ser humano logra la mayor perfección no sólo en el trabajo, sino en la familia). Ver esa contraposición sería encárcelar a la mujer a una sólo opción-cosa que no comparto-. La mujer mil y un veces ha demostrado la gran capacidad que tiene para sobrellevar un hogar y trabajar, algo que los hombres díficilmente podríamos hacer. Conozco montones de abogadas reconocidas que a la hora de trabajar, trabajan y a la hora de ser ama de casa, lo son. 
    Ser ama de casa en verdad que es una labor incluso, si usted me permite, divina, además de que no hay mayor felicidad para una mujer que el dar a luz y críar a los hijos;  en cambio, el trabajar es una profesión para superarse y llevar alimento a la mesa.
    Bien dicen por ahí -para explicarme un poco mejor-, muchas pérdidas que sufrimos tienen nombre, v.gr., perder un espos - viud, perder un trabajo - desemplead, perder a los padres - huérfan... pero perder a un hijo no tiene nombre. Espero esto sirva para que las mujeres trabajadoras como usted, no piensen en verdad que si se trabaja, no se puede ser ama de casa.

     PD: todo lo anterior esta sujeto a que yo haya entendido correctamente el uso que le da a ser ama de casa. Si usted se refería a al término en el sentido de hacer las labores de limpieza en el hogar, entonces haga caso omiso a todo el tratado que expuse -pues ahí sí estoy de acuerda que la mujer no puede sola, necesita ayuda del marido-; si se refiere al término en el sentido de que no se puede críar a los hijos, entonces confirmo lo anteriormente expuesto.

    De cualquier forma, le reitero mis saludos y respetos por usted Lic. Ilianave, y me despido no sin antes desearle el mayor de los éxitos.



  • Autor
    Respuesta No: 278400

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Rafael:

    Respecto a su comentario y lo que manifiestó la suscrita sobre el ser ama de casa, en relación a que la persona que se hace pasar por guerreraqro, no tiene que ver con la interpretación de da Usted, pues efectivamente lo que Usted comenta es correcto, sólo le hago las siguientes apreciaciones:

    Cualquiera puede ser ama de casa y trabajar, y no ser madre.

    Cualquiera puede ser madre, ama de casa y trabajar.

    Cualquiera puede ser profesionista, madre, ama de casa y trabajar o no trabajar.

    Y quienes realizan todas éstas actividades a la vez, son dignas de admiración y respeto como también las que sólo realizan una.

    Los quehaceres domésticos y el cuidado de los hijos es más pesado y complicado, que sólo trabajar, pocos lo reconocen y no se reciben una remuneración económica.

    La cuestión en el caso concreto, es que la persona que se ostenta como Sandra Ángeles Rosas, señala miles de falacias en un curriculum, en el cual, no le veo el caso señalar que sea ama de casa, pues si tiene 2 hijos, es obvio que también realiza funciones en el hogar.

    Yo no tengo hijos y también tengo que realizar labores domésticas en mi hogar y no por eso soy menos abogada o más mujer, pues pese a que tengo ayuda para dichas labores, en ocasiones uno directamente lo tiene que realizar, porque ni modo que vivamos en un chiquero cuando la persona que nos ayuda a limpiar, se encuentra enferma o no puede acudir.

    No considero que una profesionista deba dejar de ser mujer, madre, amiga, esposa, hermana u lo que sea, por desarrollarse profesionalmente, mi comentario, va dirigido en el sentido de que no veo el objeto de decir eso en un curriculum, donde lo importante son los logros profesionales, la experiencia y los estudios.

    No difiero en forma alguna de su comentario, sólo hago la aclaración del porqué le increpó a dicho personaje tal situación y que bueno que se dio la oportunidad de hacer dicha aclaración, porque luego todo se presta a malas interpretaciones en este foro...

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 278406

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Todo porque yo dije que no era lo mismo la unión libre y el concubinato?

    Si hay dudas, por favor enviame un correo, contestare todos, pon tu numero de consulta en ese correo.

    mhascaranegra1

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com

    Estamos en contacto, respondere a todos los correos que me envien.



  • Autor
    Respuesta No: 278407

  • RafaelFlMz
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lic. Ilianave:

    Estoy más que de acuerdo con lo que me acaba de comentar, y que bueno que quedó aclarado y además, amplió el panorama. Un gusto saber que esa mentalidad de la mujer trabajadora no se ha pérdido ni tergiversado .

    Le comento, una vez acalarado lo anterior, que entonces haga caso omiso de mis palabras, pues me ha acalarado que fuí yo quien entendió mal. 
    Le reitero mi apoyo, respeto y saludos.


     



  • Autor
    Respuesta No: 278409

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mascaranegra:

    Crees que es sólo por eso?

    Es porque son montoneros, entras tú y dices una cosa, luego entra kokoduro y dice lo mismo y te pone mil palomitas (lo cual es irrelevante) y ahora entra guerreraqro y también dice lo mismo, ah y falta el Lic. Gaytán, a quien le reitero mi aprecio, siempre y cuando no se preste a este tipo de jueguitos...

    Si por decir una cosa 10 veces se convierte en verdad... pues no, no estoy de acuerdo, te pedí a tí mascaranegra que me dijeras en qué Ley se establecía ello o la fuente de tus argumentos y no dijiste nada, entró al quite la supuesta Sandra y defendió TUS argumentos sin ser tú, lo que hizo empezar a sospechar y a indagar...

    Al Lic. Gaytán, le reitero mi respeto, porqué es el único que da sus datos reales y no falacias... pero si es él quien está apoyando o promoviendo estas mentiras, entonces quedaré muy decepcionada de él y entonces también le perderé el respeto...

    En este foro hay mucho que no dan su nombre, ni su cédula, pero de verdad que no es necesario, pues sus participaciones denotan quiénes son, pero si vienen y dan datos falsos... entonces porqué vamos a permitirlo?



  • Autor
    Respuesta No: 278413

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    A otra cosa mariposa!  yo en lo único que no estoy de acuerdo es en la falta de profesionalismo del Sr. Morales al solamente hacer un Copy - Paste, no tomando en cuenta la necesidad del consultante,   porque hasta para ser abogado hay que ser inteligente  y profesional... Saludos a los participantes.



  • Autor
    Respuesta No: 278415

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Zeth:

    No eres el único que no está de acuerdo con ello, ya varios foristas le hemos hecho la observación e incluso la suscrita vía telefónica directamente le hice saber mi inconformidad.

    Pero pues como dicen, el foro es libre y cada quien puede hacer lo que mejor le convenga...

    Así que unos nos peleamos con otros, otros copian y pegan, otros dan asesoría y otros entran a burlarse de los consultantes...

    Que le vamos a hacer, nosotros no administramos el sitio, ni ponemos las sanciones cuando no se cumplen las Reglas de Etiqueta...

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 278421

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    De toos modos, saludos, estamos pendientes de ti, porque eres de las pocas gentes serias en este foro, cuando se da una consulta, pero no veo la causa de tanto revuelo, pero aun y cuando no coincidamos, un saludo.

    Si hay dudas, por favor enviame un correo, contestare todos, pon tu numero de consulta en ese correo.

    mhascaranegra1

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com

    Estamos en contacto, respondere a todos los correos que me envien.



  • Autor
    Respuesta No: 278423

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mascaranegra:

    Cuando Ustedes se sienten ofendidos o atacados por alguien, causan el mismo revuelo, así que... no te quejes de algo que Ustedes mismos propician...

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 278426

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Ilianave:

    Reciba un saludo cordial... Por cierto es grato saber que usted es de las pocas personas que participan de forma activa y constante en Mexico Legal con gran profesionalismo...  Felicidades.

    Saludos a todos los participantes,



  • Autor
    Respuesta No: 278428

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pero no contra la persona en particular;   si no hemos dado nuestros datos, es por que, Felipe Angeles, Manuel Gaytan, Leticia Espino y Aida Valerio, nos dijero que nunc ay por ninguna causa, pusieramos nuestros datos, ya que a todos ellos les salio cola, los pusieron en escritos como si fueran litigantes de esos asunto, no sabiendo que litigan y son conocidos en esos lugares, llega Gaytan  y lo quieren notificar urgente de un asunto, como lo ven en juzgado se les hace facil, se entera y pide que le digan quienes son los que litigan junto a el, y va al domicilio, que resulta ser un espacio vacio, avisa al tribunal, total, que la arma.

    A la Lic. Aida, le clonaron la cedula, a Sandra, ya se lo habian hecho.

    A Felipe Angeles, que solo se dedica al fiscal y administrativo, en Morelos es muy conocido por llevar Divorcios.

    Al lic Alvaro Fuentes, maestro viejo, que no litiga, lo golpearon por ganar un juicio de divorcio, que nunca llevo, y por poco lo dejan paralitico.

    Ya me habia retirado de este foro por pleitos con Primus y TOCA, pero me dijeron que era de muy cobardes sacarle a gritos de ciberespacio.

    Pero veo que pegan mas que si estuvieramos de frente.

    Lety Espino, se retiro, porque pidio que le mandaran un disco con las fotos de la reunión que tuvo el foro en Samborns, y salieron conque los podian secuestrar, le metieron la idea y como dice Gaytan, "la amiga del caballo, ni por la silla volvio"

    KOKODURO,  le estuvo neceando a GUERRERA, que entrara, que era muy divertido, muy entretenido, que se hacian muchos amigos, y mira lo que paso.

    Tu puedes pensar lom que quieras, y decir lo que quieras, pero si esto afecta a diversas personas, se vuelve real, tu dijiste que Sandra no existe, que no estudio y que su universidad no existe.

    Yo di clases en esa universidad, Gaytan da clases en esa universidad,  si no la localizas, pues nosotros que podemos hacer, causar mas daño, que la institución nos reclame a nosotros o solo porque tu asi lo designas o quieres debemos pelearnos a muerte o casarnos con ideas que no nos parecen.

    A nosotros, quien nos reune, es Gaytan, mucha gente lo conoce, lo trata, no deja de ir a ningun curso al que se mete, no deja de ir a ninguna fiesta a la que se le invita, creo que la unica a la que no fue, fue a la del foro en Samborns.

    Mucha gente lo busca en su domicilio, el no pone su correo como nosotros, el atiende en forma particular y no les cobra, da su asesoria. Nosotros, no queremos esa carga, nos llega al correo y damos nuestra consulta.

    Saludos y si quieres, estamos en contacto.

    Si hay dudas, por favor enviame un correo, contestare todos, pon tu numero de consulta en ese correo.

    mhascaranegra1

    arroba

    hot

    mail

    punto

    com

    Estamos en contacto, respondere a todos los correos que me envien.

     



  • Autor
    Respuesta No: 278429

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Saludos Zeth y gracias por tus palabras!

    Disculpen el arguende que se ha dado, pero si algo tengo es que no me sé dejar y si me les he puesto al tú por tú a varios hombres de este foro, porqué hoy me voy a dejar de una que se dice mujer...

    Todos sabemos el jueguito y lo hemos tolerado, pero también todo tiene su límite y lo ideal, sería que ya no abra su cuenta Sandrita y no se aparezca por este foro y Santo Remedio pero si entra cuando puede y lo único que aporta son puras tonterías, no tiene caso que siga aquí.

    Tu crees que una mujer se la pasaría diciendo al calce de todas sus consultas: "en mi tienes una amiga..." es absurdo, pues creo que las mujeres de este foro, somos más serias y prudentes en este aspecto, pues los varones podrían malinterpretar nuestras palabras, pero como no es una mujer, pues no lo ve desde esa óptica...





  • Autor
    Respuesta No: 278498

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    SALUDOS A LA ABOGADA ILIANAVE, Y MIS RESPETOS POR DESENMASCARAR A LOS URSURPADORES DE ESTE FORO, POR LO QUE RESPECTA A LA FORISTA "CHABELA", ES DECIR, GUERRERAQRO, SE ME HACE QUE ESTUDIÓ EN LA UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS OCULTAS Y ASUNTOS IMPOSIBLES, DEL CUAL OBTUVO UN DOCTORADO EN BUDÚ, JAAJAJAJ, MI HABLAR ES TODO UN CASO, ASÍ COMO AL TAL KOKODURO, EN FIN, TODOS UNOS "MONSTRUITOS DE MÉXICO LEGAL", SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.









  • Autor
    Respuesta No: 278504

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mascaranegra:

    No había visto tus comentarios, porque supongo que fueron casi al mismo tiempo que yo hice algunos para Zeth.

    Si tu señalas y afirmas que hasta diste clase en la Universidad donde estudió Sandra, pues proporcioname la dirección para que yo vaya y corrobore lo que tu me dices, yo si estoy en el D. F., así que ningún problema tengo en trasladarme a dicha Universidad y corroborar que existe en esta Entidad, pues ya chequé en Internet, ya la única escuela con un nombre parecido, ESTÁ EN PUEBLA.

    Y si Ustedes no quieren proporcionar sus datos por todas las medidas de seguridad que señalas, entonces porqué Sandrita, si dio su nombre, el nombre de su Universidad y nada concuerda?

    Ya lo he dicho, quienes comparezcan en el anónimato, es válido, lo que no es válido es que quieran darnos atole con el dedo, diciendo cosas que no son o no existen.

    Y creéme que si realmente la susodicha fuera mujer y de verdad sus aportaciones valieran la pena, se las reconocería, como en alguna ocasión lo hice por publicaciones en Vox Populi, pero tampoco esas eran de su autoría, eran unas copiadas y pegadas de otras partes...

    Así que compañeros, no hay más, la supuesta mujer que se hace pasar por guerreraqro, es producto de la imaginación de alguien...

    Porque si a mi me cuestionarán de esa forma, con gusto daba todos los datos que fueran necesarios, sino lo quiere hacer públicamente, puede enviarlos a mi correo electrónico y sí fuere el caso, yo misma diría que me equívoque y que sí existe esta persona.

    Somos abogados y sabemos que sólo probando nuestro dicho es como se obtiene el reconocimiento del derecho que queremos hacer valer.

    Jamás podría sentir envidia de alguien que se expresa como ella y que además no tiene nada bueno que ofrecer... igual y yo tampoco, pero por lo menos, ya muchos de aquí han constatado que existo y no me escondo, porque si les tuviera miedo por algo virtual, imagínate como serían mis juicios...

    Saludos y ya doy por terminada esta situación, si quieren seguir con sus patrañas, allá Ustedes, pero si vuelven a meterse conmigo como montoneros... pues atenganse a las consecuencias...



  • Autor
    Respuesta No: 278512

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ABOGADA ILIANAVE DICHA UNIVERSIDAD ESTÁ UBICADA EN EL MERCADO DE SONORA, EN LA SECCIÓN DE ARTÍCULOS "ESOTERICOS Y DE BRUJERÍA", JAJAJAJA, EN FIN SON TODO UN ESPECTACULO "ESTOS MONSTRUITOS QUE INDEBIDAMENTE RONDAN EN ESTA PÁGINA DE MÉXICO LEGAL", ESA CHABELA AHORA YA INVENTÓ LA LICENCIATURA EN CHARLATANERÍA, JAJAJA, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.





  • Autor
    Respuesta No: 278516

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTES DE ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL,

    Presente:         

     

    Reciban un cordial saludo de mi parte, y TOMANDO EN CONSIDERACIÓN QUE HAY MUCHOS URSURPADORES DE PROFESIÓN DE ABOGADO Ó LICENCIADO EN DERECHO, QUE INDEBIDAMENTE RONDAN ESTE FORO, dejo a su consideración el siguiente artículo, el cual espero que les sea de utilidad, para que tomen sus debidas precauciones sobre el particular:

     

    “FALSO ABOGADO DEFRAUDA 180 MDP A CAMPESINOS

    Publicado el septiembre 3, 2009 en "//diarioportal/category/toluca/" title="Ver todas las entradas en Toluca">Toluca

    Agencia MVT

    Zinacantepec – Un falso abogado, de nombre Rafael Lara de Jesús, es el presunto responsable de orquestar el fraude superior a los 180 millones de pesos que las mesas directivas –entrante y saliente—presuntamente hicieron en contra de los 320 integrantes del Ejido Zinacantepec. Rafael Lara de Jesús, quien se ostenta como Licenciado en Derecho con la Cédula Profesional Número 447824, resultó, de acuerdo al folio 12958 emitido por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, ser un usurpador de profesiones, además de presunto responsable de varias maniobras “leguleyas” realizadas por el actual presidente de la mesa directiva del Ejido Zinacantepec, Ernesto Palma Mejía; el presidente saliente, Alberto Reyes Esquivel, y el secretario saliente, Alejandro Palma, para “desaparecer” 180 millones de pesos que pagó la Comisión Federal de Electricidad a ese núcleo ejidal.

    El falso abogado fue quien elaboró, también de forma ilegal, diversos convenios con los que, bajo engaños, se recolectaron las firmas de algunos de los campesinos que integran el Ejido Zinacantepec, mediante los cuales supuestamente ellos “aceptaron” vender sus tierras a la Comisión Federal de Electricidad para llevar a cabo la obra de modernización y ampliación de la vialidad Solidaridad-Las Torres.

    Con los convenios apócrifos elaborados por el falso abogado Rafael Lara de Jesús, el actual presidente de la mesa directiva del Ejido Zinacantepec, Ernesto Palma Mejía; el presidente saliente, Alberto Reyes Esquivel, y el secretario saliente, Alejandro Palma, “vendieron” a la CFE 44 hectáreas de terrenos que originalmente se utilizaban con fines agrícolas, en los que ahora pretenden que pase la vialidad Solidaridad-Las Torres.

    En esa operación el usurpador de profesiones, Rafael Lara de Jesús, y las autoridades del Ejido Zinacantepec, obtuvieron 180 millones de pesos de la Comisión Federal de Electricidad, dinero que nunca llegó a los verdaderos ejidatarios y solo se repartieron en los que participaron en la “transacción”.

    Ante el Ministerio Público federal, uno de quienes antes integraban el Comisariado Ejidal de Zinacantepec reconoció ya que ese dinero sí se cobro, y por los “servicios” que prestó, le pagaron al falso abogado Rafael Lara de Jesús la cantidad de 8 millones de pesos. El resto, presuntamente se lo repartieron entre Ernesto Palma Mejía, Alberto Reyes Esquivel y Alejandro Palma.

    Los afectados solicitaron la intervención imparcial de las autoridades judiciales del Estado de México y de la Federación, para que se castigue conforme a derecho al usurpador de profesiones Rafael Lara de Jesús y a quienes presiden el Ejido Zinacantepec, para que el dinero entregado por la CFE llegue a los legítimos poseedores de los derechos de esas tierras.”

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Ustedes como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

                                                    

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 3182-2696

    Celular:55-3462-7069              

     

    WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m  a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



  • Autor
    Respuesta No: 278519

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Ilianave:

    No había tenido la oportunidad de leer completo el desarrollo de este post y hoy que lo hice, amiga mía, no me queda más que felicitarte, bien por ti!, eres un maravilloso ser humano frontal y directa, no te amedrentas ni das marcha atrás, defiendes hábilmente tu punto de vista y cierras los avances de justificaciones innecesarias ante lo evidente.

    Estoy de acuerdo contigo, al mencionar que las intervenciones de la forista referida dejan mucho que desear, que efectivamente da la apariencia de ser un ser ficticio, producto de la imaginación de alguien más, pero de alguien no preparado y falto de nociones, sin el perfil y la disciplina en el campo de conocimiento legal.

    Y por mucho “montón” de la camarilla, no hay forma de justificarse, lo evidente es incuestionable.

    Respeto tu decisión de dar por terminado el tema.

    Saludos amiga.







  • Autor
    Respuesta No: 278574

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Dorae:

    Gracias por tus palabras amiga, así como a todos los participantes de esta consulta.

    Leyendo mi última aportación, recordando unas palabras de Hugo Chávez y que hace poco el Lic. Gutierrez virtió en una consulta,  creo que sólo me faltó decir:

    "Y no se metan conmigo caballeros, porque pueden salir espinaos"

    Jajajajaja, por favor es sólo un chascarrillo para concluir esta pelea, dejemos esto en el pasado y por favor, ya no actualicemos más ésta consulta, para que se pierda en el limbo de México Legal.

    Saludos a todos!



  • Autor
    Respuesta No: 278576

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    AOBGADA ILIANAVE, TODO MI APOYO INCONDICIONAL Y SOLO PARA QUE TODO MUNDO LO SEPA, NO ESTÁS SOLA, FIN DE LA CITADA CONSULTA, Y SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES DE MÉXICO LEGAL.





  • Autor
    Respuesta No: 278988

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    parece que hay .... una especie de pleito... que no alcanzo a pasar... iliana... se pelea con sandra porque .... mascara negra... señala que no es lo mismo... concubinato y la union libre?

    claro que no es lo mismo.... ya lo explique en la mentada consulta...

    pero... luego... hay duda de la  que lo dice o como redacta...,

    les he permitido... de mi parte... a varios... que usen mis corta y pega... para que las consultas sean lo mas rapidas... claras... pertinentes... y hasta constantes... para formar una escuelita... que de verdad sirva a este foro....

    lo que dijo... mascara negra... esta mal... no debio poner que yo soy quien los reune en este foro...

    los invite... y me doy cuenta de que  se portan en forma inmadura... como varios foristas mas...

    yo soy de los que tratan de llegar a hasta las ultimas consecuencias... pero no veo porque formar escuela de lo mismo...

    he leido a los atacados... kokduro... mascara...lety espino... felipe angeles... y guerrera.... todos fueron mis alumnos... han sido mis amigos por años... si dan sus datos o no... eso no impide que las respuestas sean ciertas... claras y que sus correos esten llenos de nuevas consultas... de gente que en privado y en lo particular... quiere saber de un asunto... sin pasar a la pagina que todo mexico comenta.... porque por ... peleas como esta....se alejan y ademas... hablan mal... mal de todos nosotros... no de mi o de ti... de todos...

    la verdad... damos lastima... ya que ... ya no contestamos las preguntas... nos la pasamos descalificando... y hasta diciendo que lo dicho esta mal... para  repetir lo que ya se contesto... pero con otras palabras...

    lo adictivo de esta pagina... crea conflicto... en lugar de amistad...

    no veo la causa de iliana... porque no le parece que esta otra... haya dicho... en mi tienes una amiga... en que te duele su frase?...

    en cocoduro.... contestare todas tus preguntas.... 

    en mascara.... estoy para servirlos....

    o yo... preguntale a tu abogado... no seas metiche... deja a tu abogado trabajajar... no sean payasos...

    aqui... donde estamos... todos usamos los mismos aparatos... por ende la misma linea... a veces al mismo tiempo... a veces una o dos veces al dia...

    hasta  un idiota... por ahi... (saludos a morales).... dice que estamos en un internet... y que se nos acaba el 20....

    en un pleitaso... entre primus y su servidor... nos dejamos de hablar por mas de 3 meses... y ahora... poco nos dirigimos la palabra.... pero no hay conflicto... tenemos contacto en privado... muy de vez en cuando...

    por este lado del reyno... los ya citados... son muy conocidos... y llevan asuntos... juntos o separados...

    que mal... que digan que sus consultas no sirven... para luego decir que las que dan... a lo mejor tampoco.... que diran de mi... que hasta garovalo house... me han dicho... siempre enojado... y muy "claro" pa decir las cosas...

    como una vez lo dije... en esto me entretengo... cuando no tengo que hacer... una hora al dia... pero no mas....

    que mal que digan de mis amigos... que a lo mejor somos pandilla... y que cuando nos enojamos o sentimos ofendidos ... atacamos a morir... no es cierto... cuando me enojo... pierdo... y pa serenarme... dejo de asistir hasta 8 dias... y cuando llego... ya hay otra bronca.... que mal nos estamos viendo...

     

    saludos a todos los participantes... y nos seguimos escuchando.... no felicito a nadie,,,  damos lastima...



  • Autor
    Respuesta No: 278991

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    QUE CARAY, PENSE QUE EN ESTOS DÍAS QUE ESTUVO  FUERA DE SERVICIO LA PAGINA, EL ADMINISTRADOR DE MEXICO LEGAL HABÍA ENTRADO EN RAZON Y SE HABIA DADO DE BAJA A MORALES, PERO NO!!!

    EXCELENTE INICIO DE SEMANA A TODOS...



  • Autor
    Respuesta No: 278995

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si bien es cierto que las cedulas profesionales puder ser expedidas por cualquier autoridad competente en el estado, las mismas deben estar registradas en la secretaria de educcion publica a traves de la direccion general de profesiones, quien a la ves lleva el control de los registros de todas las cedulas profesionales que se expidan.

    Al menos en el esrtado de Guerrero de donde soy originario, no existe este tipo de "cedulas estatales" todas son expedidas por la direccion en mencion.

    El titulo si es expedido por la misma rectoria de la universidad autonoma, a traves de la direccion de administracion escolar y certificacion de competencias.

    Y de acuerdo al articulo

    Artículo 22.Deberán inscribirse en la Dirección General de profesiones:

    1. Las escuelas que impartan educación profesional;
    2. Los colegios de profesionistas;

    IIILos títulos profesionales y los grados académicos;

    IVLos convenios que celebre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, relativos al ejercicio profesional;

    VLas resoluciones judiciales y arbitrales y demás actos y documentos que en cualquier forma afecten a instituciones educativas, colegios de profesionistas o profesionistas, y

    VI Todos los actos que deban anotarse por disposición de la Ley de autoridad competente.

    Por consiguiente no hay exusa ni pretexto de que una cedula no aparesca registrada en la direccion general de profesiones.

    Saludos.  



  • Autor
    Respuesta No: 279001

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    por ahi tengo una cuñada... que salio de la UAT... en tamaulipas.... de maistra .... y la cedula se la promovio la uni... en el estado y le dieron una cedula verde... como la mia... pero con un numero bajisimo.... hasta me llamo la atención... y al pedir datos de esa cedula... ambos nos... sorprendimos.... su numero es de otra persona... pero en el estado si existe como tal.... hasta en su maistria... ha tenido problemas... que hizo en otro estado... pero siempre se hace una anotación y sigue adelante...

    pero es cierto... gunajuato... edomex... tamaulipas y jalisco... tienen ese sistema... la secretaria de educación del estado... da cedulas...profesionales... y no de grado  tecnico...



  • Autor
    Respuesta No: 279012

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Y QUE GAROVALO ES MAISTRO EN LA UNIVERSIDAD DE CIENCIAS OCULTAS, JAJAJA, SALUDOS A TODOS LOS CONSULTANTES EN ESTE FORO DE MÉXICO LEGAL.



  • Autor
    Respuesta No: 279040

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    olaguez:

    Si ante los abusos de la autoridad que le exige una cédula profesional adicional a la estatal usted ha sido incapaz de defenderse a sí mismo, entonces ¿¡¿cómo carambas pretende ejercer la abogacía para defender a sus clientes?!?...

    Para información de los despistados:

    En algunos Estados de la República Mexicana existen Leyes y Direcciones Estatales de Profesiones, pero...

    a) Algunos Estados (poquísimos) cuentan con registro propio de profesiones y expiden cédulas profesionales estatales,

    b) Otros Estados cuentan con Dirección Estatal de Profesiones pero los registros de títulos y cédulas profesionales son realizados mediante convenio con la S.E.P., que es la que hace estos trabajaos por conducto de una oficina de categoría "Delegación Estatal", como Veracruz de Ignacio de la LLave,  y

    c) Algún otro Estado carece de Dirección Estatal de Profesiones pero suple el registro mediante otros mecanismos, así, por ejemplo, en Puebla la revisión de estudios y registro de los títulos de Abogado son atribuciones de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia,mismo que, una vez realizada la revisión de estudios y hecha la inscripción del título en sus archivos, gira oficio circular a todos los juzgados y salas del Tribunal informando que determinaada persona tiene derecho para ejercer la abogacía.

    Por cierto que allá por 1995, teniendo conocimiento de todas las circunstancias que he mencionado, en un asunto en el que mi cliente estaba impedido para asistir a una audiencia en un juzgado familiar de la Ciudad de Puebla, que por ese entonces y como todos los juzgados civiles y familiares, se domiciliaba en un centro comercial denominado "Plaza América", comparecí con poder notarial y mi cédula profesional, y cuando el juez se adelantó externando que desconocería mi representación por carecer del registro profesional de abogado en la Presidencia de su Tribunal Superior, continué mi compaecencia haciendo valer que mi registro y cédula profesional tenían valor en toda la República Mexicana por disposición Constituciional del artículo 130, y que su falta de aceptación en Puebla traería como consecuencia que interpusiera juicio de amparo para dirimir el problema y hacer notar públicamente este asunto, con lo cual el auto respectivo reconoció mi personalidad. Hago notar que cuando se reconocieron a la organizaciones religiosas, el artículo 130 Constitucional tuvo que ser modificado y los preceptos que invoquéen la  anécdota que narro, fueron cambiados al numeral 121 Constitucional que invoqué en mi primer intervención de la presente consulta.



  • Autor
    Respuesta No: 279064

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Gaytán:

    Yo pretendí que esta consulta no se actualizara más, precisamente para ya no generar más controversia y polémica en torno al tema.

    Sin embargo y ya que Usted da la pauta y desea continuar con lo mismo (defendiendo lo indefendible), le comento que si bien es cierto que la controversia entre la "supuesta Sandrá Ángeles" y la suscrita derivó por el comentario sobre concubinato y Unión Libre, ello no implica que tengamos que seguir solapando las irregularidades y patrañas que se han venido gestando en este foro.

    En esta consulta, en su respuesta 278988, señala que ya explicó porque concubinato y unión libre no es lo mismo, pero a Usted (y a todo su sequito), le comento que sus argumentos no son suficientes para la suscrita, puesto que NINGUNO HA REVELADO LA FUENTE DE TALES CONCEPTOS, si son propios o son su criterio, es muy respetable, pero a mi juicio, Usted no es una autoridad o un escritor a quien pueda darle crédito por sus aportaciones al derecho, una cosa es ser un buen abogado y otra es que yo crea algo "SOLO PORQUE LO DICE USTED".

    Me apena mucho decirselo así, pero Usted sabe que tampoco me ando por las ramas.

    Al inicio de mis participaciones en este foro, Usted fue de las pocas personas de quienes me agradó su forma de ser y de expresarse; sin embargo, posteriormente me di cuenta que le encanta la controversia y ser el protagonista de muchas situaciones y que "sus paleros" acudían a aplaudir sus respuestas o a darle la razón, aunque jurídicamente no la tuviera.

    Y digo "sus paleros" porque creame que jamás me arrastraría con ninguno de mis jefes y mis mentores en la forma que los hacen sus creaciones intelectuales como Kokoduro, Mascaranegra y recientemente guerreraqro, no menciono a otros que Usted señala, porque en el año que llevo participando, no me tocó ver las participaciones esas personas  y por lo tanto, no puedo señalar nada de éstos.

    Y es muy fácil, basta constatar que tanto los números IP como la redacción de los mismos, siempre coinciden, ya sea entre semana, fin de semana, en el día, en la noche y demás.

    Y muchos aquí se lo han increpado y no obstante que la suscrita también se percató de ello, jamás hice alusión alguna al respecto, porque no me interesaba entrar en polémica con Usted por esa situación, pues me parecía inofensiva.

    Pero, el hecho de que se haya hecho pasar por mujer y haya proporcionado tantos datos y que de los mismos se aprecien puras falacias, pues no me quedó otra que desenmascararla, porque tampoco es justo que me venga a querer dar clases de derecho familiar una "ABOGADA VIRTUAL" y si es USTED el autor intelectual de la creación de este personaje, pues allá Usted y su conciencia, porque carecería de integridad moral.

    Ni siquiera lo había mencionado como tal, por respeto y precisamente porque hasta comenté que si Usted solapaba ello o era parte de tal situación ficticia, pues le iba a perder el respeto.

    Y al entrar Usted a la presente consulta (que incluso pedí no se actualizara más para que se perdiera y se acabara el problema), ahora resulta que se admira y se siente ofendido por las peleas del foro y de que eso da muy mala imagen de la página, no me queda otra más que decirle, que EN CASI TODAS ESAS PELEAS, Usted ha participado abiertamente e incluso, cuando no hay controversia, le parece que el foro está aburrido.

    Al parecer, ya no le pareció aburrido cuando se le sacaron sus trapitos al sol y ahora sí le parece abominable que existan dimes y diretes al respecto...

    Pero es muy fácil, alguna vez dijeron, el que se lleva, se aguanta y si realmente existe Sandra Ángeles Rosas y la misma tiene una cédula profesional (estatal, federal o hechiza), y estudió en la Universidad que dice, los invito a comer a ambos aquí en el D. F., al restaurante que Ustedes quieran (al más caro del D. F. incluso), pero eso sí, siempre y cuando me acrediten con documentación fehaciente y en original, tanto la identidad de esa persona, su grado de estudios, como su lazo con Kokoduro, que supuestamente es su pareja...

    Así las cosas, no me vaya a pedir les mande para el pasaje, pues creo que la invitación a comer a ambos, es suficiente, pero de cualquier forma, si me acreditan ambos lo que le pido, me entrega los comprobantes de casetas y gasolina o del camión y se los reembolso en la comida, porque si se toman la molestia de venirme a callar la boca hasta el Distrito Federal, lo menos que puedo hacer es cubrir los gastos que se generen por tal inconveniente.

    Y para constatar que estuve o no estuve en el lugar o que Usted llegó o no llegó, sugiero que los foristas propongan a un participante asiduo del foro (que sea reconocido por su integridad moral), que también viva en el Distrito Federal, para que asista y dé fe de los hechos.

    Y creame, que públicamente aceptaré mi error y me voy del foro, con la cola entre la patas, porque entonces yo habría puesto en entredicho la integridad moral de una persona y tampoco se vale eso.

    Así que Usted me dice, acepta el reto o dejamos esto por la paz y borrón y cuenta nueva, pero eso sí, dígales a sus "paleros" que no se metan conmigo, si Usted no coincide con algo que yo escriba, adelante, lo puedo confrontar y aceptar cuando me equívoco, pero porque USTED SÍ EXISTE, pero cuando son personajes producto de la imaginación... entonces sí no me quedará otra más que sacar a relucir la falsedad de su identidad.

    Saludos y espero su respuesta.



  • Autor
    Respuesta No: 279078

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos.... entiendo que me retas... y no acepto tu reto... nadie en momento alguno se ha metido contigo... ignoro porque tengo que darte una satisfacción...

    no tengo paleros... y si asi lo piensas... entiendo que cada vez que entablamos una platica... te aceleras sin causa....cuando alguien tiene la razón... se la concedo directamente...

    a ti no puedo concederte nada... porque no se te ha molestado en nada...

    no he visto tampoco que mis "amigos imaginarios"... como los mencionas... te hayan molestado o increpado como dices...

    no te volvere a contestar en lo mas minimo... ni a dirigirte el saludo... si tu asi lo quieres....lo que hagan ellos ... como a todos los juristas de este despacho publico... me tiene sin cuidado... cuando es una dama... me inclino y le concedo la palabra... pero veo que me atacas sinn justa causa... y solo te mando un saludo.... y quedo en paz... y en espera de lo que tu me quieras decir... tu silencio  me dira que... no tenemos nada de que hablar.... un saludo...



  • Autor
    Respuesta No: 279091

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No me quedo callada, porque considero pertinente aclararle que si así quiere dejar las cosas, por mí está bien, yo no pretendo atacarlo a Usted como José Manuel Gaytán Romero, porque sé con quién estoy hablando aunque no lo tenga físicamente enfrente.

    Desde hace días yo quise que esto quedará olvidado y que esta consulta se perdiera como podrá percatarse en mis otras intervenciones, pero Usted entró a decir lo que consideró conveniente y por tanto, yo también tuve que manifestar lo que yo pienso.

    Como lo he dicho, yo prefiero sumar que restar, pero si es su decisión no dirigirme la palabra en lo subsecuente, respeto su decisión y asumo las consecuencias de ello.

    Aquí no hay un ganador, ni un perdedor, es sólo una diversidad de opiniones y como tal, así se queda esto.

    Suerte y le deseo lo mejor!



  • Autor
    Respuesta No: 321787

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Una consulta cuando en este foro se podía discutir con razonamientos lógico jurídicos, en el 2012. "Que tiempos aquellos".

    Ahora sólo puro coyote hambreado buscano víctimas colocando datos personales y de contacto para ver quien cae.



  • Autor
    Respuesta No: 321789

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    jajaj... el foro está en decadencia desde hace mas del 2012...  saludos a ILIANA,  ya no la he visto.

    Aqui los únicos coyotes con cédula, títulos sin profesionista,  son EL TAL TOCAS 68 y su palero señor PRIMOS TRESBURROS.

    Yo por todo esto fue que sugerí que se establecieran mecanismos para permitirnos responder solo a quienes PODEMOS y QUEREMOS y TENEMOS CAPACIDAD.  No a cualquiera.

    Saludos a todos, menos al tocas y al primus.



  • Autor
    Respuesta No: 322554

  • JORFLORES
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimados colegas, me disculpo por el tiempo perdido leyendo todos los comentarios buenos y malos, pudiedo arpovechar para auxiliar a tantas personas que confían en la nobleza del foro y alivio de sus dudas. Saludos afectuosos a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 322555

  • JORFLORES
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimados colegas, me disculpo por el tiempo perdido leyendo todos los comentarios buenos y malos, pudiedo arpovechar para auxiliar a tantas personas que confían en la nobleza del foro y alivio de sus dudas. Saludos afectuosos a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 322556

  • JORFLORES
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimados colegas, me disculpo por el tiempo perdido leyendo todos los comentarios buenos y malos, pudiedo arpovechar para auxiliar a tantas personas que confían en la nobleza del foro y alivio de sus dudas. Saludos afectuosos a todos.



  • Autor
    Respuesta No: 322557

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Mejor dicúlpese por lo que escribe en el foro como en la consulta 204586. Dicúlpese por lo que Usted escribe, pero no se cuelgue medallas por terceros. A mi no me representa, por lo que no efrezca disculpas por terceros. Ahora que si le da flojera leer, en facebook será infinatemente feliz.









  • Autor
    Respuesta No: 326942

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Caballero consultante... creo que se equivoca usted en su optica.... de todos es bien sabido que si alguien termina una carrera de Licenciatura en Derecho.... pues es profesioniesta, licenciado pues.... solo que si NO TIENE CEDULA no esta autorizado por las Leyes de Nuestro Pais asi como las instituciones encargadas para ello a ejercer la profesion.

    Como ninguno de los de aqui nos consta que alguien que se dice llamar licenciado haya cursado la carrera, la unica forma que pueda darnos la certeza que dicho titulo existe y por ende que estudio la carrera y no estamos en presencia de un coyote es la cedula pues para que sea expedida ésta se requiere presentar el titulo correspondiente.

    Luego entonces, no esta demás que en estos foros, se pida a los que en el actuan, exhiban la cedula profesional para estar seguros que son abogados.... en ocasiones los consejos que se emiten son francam,ente lamentables y van en sentido opuesto de lo que la ley señala deba hacerse.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 344595

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    jajaj.. no mam-en..  ví el video de Hitler y mexlegal.. jajajaja

    jaaaaaaaaaaaaaaaa  les quedó bien.

    jajaj.. lic. Velazquez.. jajaja   

    lo voy a poner en mis favoritos de .. jajaja aaaaaaaaaaaa



  • Autor
    Respuesta No: 344798

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Apenas? No se pase, ese video ya es hitórico. Ojalá lo vieran los coyotes y pseudo (así de escribe com "P") pseudo abogados que no se cansan de anunciar en este foro de asesoría gratuita.



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