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REPOSICION DE PROCEDIMIENTO

  • Consulta : 178176
  • Autor : briza1242_NR
  • Publicado : Miércoles 28 de Noviembre de 2012 09:59 desde la IP: 187.171.125.189
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  • Autor
    Consulta

  • briza1242_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

     

    Licenciado buenas tardes, mi duda es sobre  qué amparo hay que solicitar cuando se dice que se tiene que reponer el procedimiento, quieren que se llame a juicio al registro publico de propiedad, ya que no se le llamó, la actuaria no le notificó, solo que no causa agravio se consideró en 1era. Instancia por eso no se llamó y ahora después de ganado el juicio en 1era. Instancia, en 2da. Me revocan

    Que tipo de amparo es directo o indirecto y según su criterio cree que se logre ganar en el amparo y que el juez federal le ordene  al registro publico que haga las anotaciones sin ser notificado, ya que no le causa agravio alguno?

    Estoy desesperada mi casa no tiene salida y es sobre la constitución de servidumbre de paso y no es justo que se regrese al principio el juicio, presentar las pruebas de nuevo, pero tengo una duda a la otra parte del demandado, no al registro publico me refiero sino a la persona física que se demandó le permiten aportar nuevas pruebas, lo que pasa que cuando se presentaron él atrasó los papeles y metió perito después de tiempo y no se le aceptó , y se le designó uno en rebeldía, a poco le permiten aportar nuevas pruebas? y todas las audiencias,  la inspección ocular y las confesionales se tienen que volver a hacerse? Eso costó dinero Lic. Entonces hay que volver a pagar? No me quedó claro o solo se presentan las mismas? Lo que me queda duda es si son las mismas, la fecha es atrasada, en eso hay problema?

    Y Cuantos días se tardan en dar la sentencia definitiva si se presenta amparo?

    O  cuantos días se tardan en dar la sentencia definitiva si se repone el procedimiento?

    Por favor espero su respuesta. Gracias

     o digame que me aconseja ¿ reponer el procedimiento ? cual es el procedimiento si es asi

     

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