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CESIóN DE DERECHOS DE DEPARTAMENTO

  • Consulta : 176384
  • Autor : adriana_estrada_NR
  • Publicado : Lunes 12 de Noviembre de 2012 12:47 desde la IP: 148.243.159.121
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,610
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  • Autor
    Consulta

  • adriana_estrada_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes: Mi duda es la siguiente mi tía quiere ceder los derechos de un departamente que esta a su nombre (las escrituras) a mi papá, escribirles nadamás que cede los derechos,   es valido??,    Le agradezco  su atención.

    Adriana Estrada.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 291650

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Cualquier acto traslativo de dominio de un inmueble debe realizarse ante Notario Público para que surta sus efectos legales y sea inscrito ante el Registro Público de la Propiedad.

    Las escrituras de un inmueble no pueden ser endosadas como si se tratase de bienes muebles.

    Acudan con Notario Público de su confianza para realizar el acto correspondiente.

    Suerte!



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