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PRIMA DE ANTIGUEDAD

  • Consulta : 247301
  • Autor : amontero_NR
  • Publicado : Jueves 06 de Noviembre de 2014 16:52 desde la IP: 187.210.15.122
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,607
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  • Autor
    Consulta

  • amontero_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes......la Ley Federal del Trabajo en su artículo 162, fracción III señala que la Prima de Antiguedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos.......tengo 14 años de servicios al Gobierno Federal (empleo actual) y 1 año, 6 meses y 15 días al Gobierno del DF (1984-1986) ¿Es posible que en el empleo actual me acrediten los servicios al GDF con la finalidad de solicitar la Prima de Antiguedad y separarme del servicio?

    Gracias por este foro y espero su amable respuesta

     

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  • Autor
    Respuesta No: 369561

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    BUENAS TARDES, DE IGUAL MANERA HAY CRITERIOS JURISPRUDENCIALES QUE SEÑALAN QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS NO TIENEN DERECHO A LA PRIMA DE ANTIGUEDAD, TODA VEZ QUE LOS QUINQUENIOS RECIBIDOS HACEN LAS VECES DE ESTA PRESTACIÓN, POR LO QUE LE RECOMIENDO QUE SI VA A SOLICITAR ALGO TOME EN CUENTA ESTO, Y QUE SERIA MEDIANTE JUICIO EL PAGO DE LA PRIMA. SUERTE 



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