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PRIMA DE ANTIGUEDAD
- Consulta : 247301
- Autor : amontero_NR
- Publicado : Jueves 06 de Noviembre de 2014 16:52 desde la IP: 187.210.15.122
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Noviembre de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes......la Ley Federal del Trabajo en su artículo 162, fracción III señala que la Prima de Antiguedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos.......tengo 14 años de servicios al Gobierno Federal (empleo actual) y 1 año, 6 meses y 15 días al Gobierno del DF (1984-1986) ¿Es posible que en el empleo actual me acrediten los servicios al GDF con la finalidad de solicitar la Prima de Antiguedad y separarme del servicio?
Gracias por este foro y espero su amable respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369558
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Noviembre de 2014 18:01 2014-11-06 18:01 desde IP: 189.211.135.22
No, porque son patrones distintos, y la antigüedad debe generarse con el mismo empleador.
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Autor
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AutorRespuesta No: 369561
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Noviembre de 2014 18:48 2014-11-06 18:48 desde IP: 187.152.172.62
BUENAS TARDES, DE IGUAL MANERA HAY CRITERIOS JURISPRUDENCIALES QUE SEÑALAN QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS NO TIENEN DERECHO A LA PRIMA DE ANTIGUEDAD, TODA VEZ QUE LOS QUINQUENIOS RECIBIDOS HACEN LAS VECES DE ESTA PRESTACIÓN, POR LO QUE LE RECOMIENDO QUE SI VA A SOLICITAR ALGO TOME EN CUENTA ESTO, Y QUE SERIA MEDIANTE JUICIO EL PAGO DE LA PRIMA. SUERTE
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