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DIVORCIO
- Consulta : 229376
- Autor : candy_ramirez_17_1_NR
- Publicado : Martes 13 de Mayo de 2014 01:09 desde la IP: 187.164.35.23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 13 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Guanajuato
Buenas noches yo me case en el 2003 en el estado de Guanajuato y a finales del 2004 tuve un hijo, a principios del 2005 falleció mi hijo a la edad de 4 meses, durante mi embarazo fui sometida a violencia física, psicológica y sexual, por parte de mi esposo y su familia, él durante el tiempo que estuvimos juntos nunca me dio dinero argumentando que se lo daba a su mamá para que ella lo administrará, cuando nació mi hijo no compraba ni leche ni pañales porque decía que si yo trabajaba yo los comprará cuando intentaba dejarlo me pegaba y amenazaba con quitarme al niño, solicite ayuda en un centro de ayuda de violencia intrafamiliar y ellos me ayudaron a salirme de la casa y a llevarme al niño pero desafortunadamente durante el proceso de la separación falleció mi hijo y ya no seguí con lo del divorcio ya pasaron 9 años y yo intente buscarlo para arreglar los papeles del divorcio pero el no se presta para hablar, mi pregunta es, Es muy necesario que él este de acuerdo y presente para arreglar el divorcio? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 354708
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Mayo de 2014 08:45 2014-05-13 08:45 desde IP: 189.210.253.56
En su consulta usted refiere que tiene 9 años de separada de su cónyuge, por lo que no requiere del consentimiento de él para la disolución de su matrimonio, pues puede promover el divorcio necesario, invocando como causal del mismo la contemplada por el artículo 323, fracción XVIII, del Código Civil del Estado de Guanajuato, lugar que usted cita como el de su referencia, consistente en la separación de los cónyuges por más de 2 años, independientemente de cuál haya sido la causa de la separación; por tanto, solamente requiere conocer el domicilio que actualmente habita su cónyuge para que ahí le sea notificada la demanda.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que presente la demanda correspondiente, a la que deberá acomañar copia certificada de las actas del registro civil relativas al matrimonio, nacimiento y defunción del menor hijo que se procreó.
En caso de que carezca de recursos para pagar los honorarios de un abogado particular, puede acudir a la Dirección de Representación Gratuita en Materia Civil, en donde previo estudio socioeonómico, le podrán asignar a un defensor de oficio.
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