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QUE DERECHOS TIENE EL PADRE??
- Consulta : 113412
- Autor : Alejandraxx
- Publicado : Jueves 19 de Mayo de 2011 21:31 desde la IP: 187.179.124.71
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,617
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 19 de Mayo de 2011
Hola a todos....
Quiero saber que derechos tiene el padre de mi hija. La beba fue registrada bajo su apellido pero nunca estuvimos casados ni vivimos juntos y vivimos de relación 4 años pero él nunca nos ha mantenido o sea no me ha dado dinero dentro de los 3 años que tiene la beba, él sólo me daba los pañales, la leche y las toallitas humedas nada más pero como no le vi a la relación futuro decidi dejarlo, aparte de que no nos mantiene y pues llegé a mi limite y le quité la libertad de ver a la beba pero él ya me amenazó que no podia hacer eso y que lo iba a llevarlo a lo legal....él hace 1 año y medio que no trabaja desde que lo liquidaron.....Estoy haciendo lo correcto al no dejarla ver a la beba o tiene derecho a verla aunque no nos de dinero???....gracias....
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223861
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:15 2011-05-19 22:15 desde IP: 189.216.185.66
Hola ... mira las leyes en Mexico son hechas por hombres y para los hombres .. asi que ponte buza ... si el tiene mas de 6 meses de no darte un centavo pide la patria potestad de tu hija ... y la guardia y custodia ya que tu la tienes ( a la bebe) y el ni si quiera la mantiene.
No haces lo correcto porque tius broncas con el .. son con el ..NO TIENES PORQUE QUITARLE SU PADRE A TU HIJA ... pero abre los ojos ...
Los abogados suelen decir que TU TIENES LA CUSTODIA POR QUE ERES LA MADRE Y QUE COMO ES PEQUEÑA TIENE QUE ESTAR CONTIGO ... pero te lo digo por experiencia .. has que la custodia este señalda en una sentencia ..es decir has juicio de custodia .... porque mira .. si de pronto el decide no regresarte a la nena ... y no tienes UNA SENTENCIA QUE DIGA QEU TU TIENES LA CUSTODIA, PARA LA LEY ... LA CUSTODIA ES COMPARTIDA ASI QUE NO PUEDES DENUNCIARLO ...
Porque no trabaja el? estas segura de que no trabaja? o eso te dice para no darte dinero?
Si, en efecto tiene derecho averla .. pero tambien tiene obligaciones .... y si puede demandarte por no dejarlo verla .. entonces ponte buza ... el que pega primero pega dos veces ... METE LA DEMANDA DE PATRIA POTESTAD .... PATRIA POTESTAD .... despues GUARDIA Y CUSTODIA y al final deja la pension .. porque finalmente es a la fuerza .. no permtias que te persuadan los abogados ... hazloen el orden que te digo ok?
Cada cuando la va a ver? hace cuanto que no le da un peso? es importante que señales que casi no la ve y que no la mantiene para que te den la patria potestad.
suerte¡¡¡ .
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Autor
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AutorRespuesta No: 223862
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:16 2011-05-19 22:16 desde IP: 189.138.136.236
HOLA AMIGA FORISTA, EN PRINCIPIO DE CUENTAS TE QUIERO ACLARAR QUE EL PADRE TIENE TODOS LOS DERECHOS DE VER A SU MENOR HIJA HASTA EN TANTO NO DECLARE UN JUEZ LO CONTRARIO;
ATENDIENDO LO ANTERIOR, ES NESESARIO QUE INICIES UN JUICIO DE GUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA, PENSION ALIMENTARIA Y PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, TE SUGIERO QUE CONTRATES UN ABOGADO CON EXPERIENCIA EN MATERIA FAMILIAR PARA QUE TE AYUDE EN TU ASUNTO, POR CUANTO A LA PENSION ALIMENTARIA, EL HECHO DE QUE EL NO TRABAJE NO LO EXCENTA DE DAR PENSION ALIMENTARIA A TU MENOR HIJA.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223863
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:18 2011-05-19 22:18 desde IP: 189.216.185.66
ah¡ tambien se realizara un tramite de regimen de visitas y convivencias en donde el juez determinara los dias de visita ... apela a que tu hija es pequeña para que no le permitan sacarla de tu casa ... que las visitas sean en tu domicilio ...
tu hija lo conoce? le es familair su imagen? como es el con ella? ... si l ove como un extraño comenta eso con el abogado y el juez en su momento ok?
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Autor
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AutorRespuesta No: 223865
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:26 2011-05-19 22:26 desde IP: 189.138.136.236
POR CUANTO A LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, QUE COMPRENDE LAS DESICIONES SOBRE LA EDUCACION Y CUIDADOS DEL MENOR ASI COMO LA ADMINISTRACION DE SUS BIENES, LAS FORMAS EN QUE PUEDES LOGRAR QUE TE LA DECRETEN A TU FAVOR SON VARIAS, ENTRE ELLAS ACREDITAR QUE A EL NO LE INTERESA LA MENOR, POR CONSECUENCIA NO CONTRIBUYE, QUE ES UNA PERSONA VIOLENTA Y CORRE RIESGO LA MENOR SI ESTA CERCA DE EL, PERO OTRO METODO PUEDE SER EL ABANDONO REITERADO DE LA PENSION ALIMENTARIA, COMO LO DEMUESTRAS, REALIZAS EL JUICIO SOBRE ALIMENTOS, SOLICITAS QUE LA PENSION ALIMENTARIA TE LA DE MEDIANTE CERTIFICADO DE ENTERO DEPOSITADO ANTE EL FONDO DEL TRIBUNAL, DE ESTA FORMA, CUANDO EL OMITA REALIZAR EL PAGO DE MANERA REITERADA PODRAS PROMOVER LA SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD Y TENDRAS TODA LA POSIBILIDAD DE ACREDITAR QUE HA DEJADO DE DAR ALIMENTOS Y LOGRAR TU OBJETIVO.
DE ANTEMANO AGRADEZCO TU GENTIL ATENCION.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223866
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:26 2011-05-19 22:26 desde IP: 189.138.136.236
POR CUANTO A LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, QUE COMPRENDE LAS DESICIONES SOBRE LA EDUCACION Y CUIDADOS DEL MENOR ASI COMO LA ADMINISTRACION DE SUS BIENES, LAS FORMAS EN QUE PUEDES LOGRAR QUE TE LA DECRETEN A TU FAVOR SON VARIAS, ENTRE ELLAS ACREDITAR QUE A EL NO LE INTERESA LA MENOR, POR CONSECUENCIA NO CONTRIBUYE, QUE ES UNA PERSONA VIOLENTA Y CORRE RIESGO LA MENOR SI ESTA CERCA DE EL, PERO OTRO METODO PUEDE SER EL ABANDONO REITERADO DE LA PENSION ALIMENTARIA, COMO LO DEMUESTRAS, REALIZAS EL JUICIO SOBRE ALIMENTOS, SOLICITAS QUE LA PENSION ALIMENTARIA TE LA DE MEDIANTE CERTIFICADO DE ENTERO DEPOSITADO ANTE EL FONDO DEL TRIBUNAL, DE ESTA FORMA, CUANDO EL OMITA REALIZAR EL PAGO DE MANERA REITERADA PODRAS PROMOVER LA SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD Y TENDRAS TODA LA POSIBILIDAD DE ACREDITAR QUE HA DEJADO DE DAR ALIMENTOS Y LOGRAR TU OBJETIVO.
DE ANTEMANO AGRADEZCO TU GENTIL ATENCION.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223867
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:28 2011-05-19 22:28 desde IP: 189.228.225.39
Es obligacion de ambos padres el cuidado y manutención de su hija, de igual manera el derecho que tienen sobre ella es de ambos. La ley lo determina así, pues ambos poseen la Patria potestad de la menor. Si los padres no viven juntos, es necesario que a favor de alguno de los padres, se determine la guarda y custodia (hoy en día suele hablarse de la guarda y custodia compartida), por consiguiente, el padre que no sea favorecido con ese derecho, le asiste el derecho de visita, ésto se determina ante los juzgados familiares, lo mismo sucede con las obligaciones alimentarias, TE ECOMIENDO CONSULTES UN ABOGADO O ACUDAS AL DIF DE TU COMUNIDAD.
PROCURA LLEGAR A UN ACUERDO CONVENIENTE PARA TU HIJA.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223869
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:36 2011-05-19 22:36 desde IP: 189.138.136.236
POR CUANTO A LA GUARDA Y CUSTODIA, NO TE PREOCUPES, LOS NIÑOS MENORES DE SIETE AÑOS ESTARAN BAJO EL CUIDADO DE LA MADRE, AUN CUANDO ESTA SE DEDIQUE A LA MENDICIDAD O CAREZCA DE RECURSOS, DE ACUERDO A LO QUE SEÑALA LA LEY EN MATERIA FAMILIAR, ASI QUE NO TE PREOCUPES SOLO URGE EN INICIAR EL PROCEDIMIENTO PARA QUE TE DECRETEN COMO MEDIDA PROVISIONAL LA GUARDA Y CUSTODIA Y ASI NO TENGA EL LA POSIBILIDAD DE APARTARLA DE TU LADO.
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Autor
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AutorRespuesta No: 223872
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Mayo de 2011 22:49 2011-05-19 22:49 desde IP: 189.163.70.77
Hola. Por cuanto hace a que si tiene derechos LOS TIENE. El puede demandarte la custodia amen que el juez lo deje ver al menor quiza los fines de semana. Pero... OJO. en cuanto te demande la custodia o el derecho a convivencia...en demanda reconvencional pide la PERDIDA DE LA PATRIA POTESTDAD por la negativa de dar alimentos a la menor.
O bien si gustas puedes adelantarte y ser tu quien demande primero la perdida de la patria potestad. Ganandola.. el ya no tiene ningun derecho sobre la menor aunque si OBLIGACIONES por si algun dia le cambia la vida...podras demandarle alimentos
El no dejarle ver a la niña cometes el delito de "Ejercicio arbitrario del propio derecho" o su equivalente en tu Estado. Por ello debes apresurarte a demandar para que en materia penal no opere tal delito.
Saludos
Lic. Omar Ulloa
Juez del Registro Civil
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