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CONDONACION DE DEUDAD POR ENFERMEDAD

  • Consulta : 107012
  • Autor : o-d-ette_NR
  • Publicado : Sábado 26 de Marzo de 2011 09:50 desde la IP: 189.132.252.31
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,607
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  • Autor
    Consulta

  • o-d-ette_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Buenos dias, mi pregunta es la siguiente hay alguna probabilidad de que le condonen la deudad a mi padre por enfermedad, el tiene 55 años y actualmente ya no labora lo unico que resta son aproximadamente 9,000.00 son como 8 meses de pago para que le liberen sus escrituras, de antemano les agradezco la atencion, si existiera alguna posibilidad cuales serian los pasos a seguir,  o a donde me tengo que dirigir me  comentaron algo de un estudio socieconomico.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 216790

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las enfermedades no provocan la extinción de las obligaciones.

    La condonación o quita es una facultad discrecional del acreedor ( ojo no esta obligado ), por lo que le recomiendo se apersonen con el acreedor hipotecario de su papa, y le expliquen la situación, lleven consigo dictamenes médicos que avalen el grado de avance de su enfermedad, pero no espere mucho si existe un obligado solidario ( aval ) o la enfermedad no es tan grave.



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