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SI NO RECIBE PENSIóN ALIMENTICIA, PUEDO PEDIR LA SUSPENSIóN DE VISITAS CON MENOR?

  • Consulta : 135940
  • Autor : jazmina
  • Publicado : Jueves 19 de Enero de 2012 14:36 desde la IP: 187.144.87.231
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,607
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  • Autor
    Consulta

  • jazmina
    ESTUDIANTE

    Hola que tal, quisiera que me pudieran orientar respecto del régimen de visitas de un menor hijo con su padre que no le pasa pensión Alimenticia desde hace un año, es mi obligación como madre seguir dejando que mi hijo conviva con su padre? aunado de que mi menor hijo ya no quiere convivir con él. pero su papá ha promovido las visitas obligatorias con actuario. las cuales han sido autorizadas por el Juez,  puedo hacer algo al respecto, para que ya no se le autoricen, de antemano gracias .

     

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  • Autor
    Respuesta No: 251859

  • abogadomendoza
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted debe promover incidente de cumplimiento de pago de pensión alimenticia y acerditar ante el C. Juez que el padre no esta cumpliendo con su obligación, solicitando suspender su derecho de visitas por tal motivo., ahora bien, en el DF el incumplimiento de pensión alimeticia es también delito del fuero penal.

    Quedamos a sus ordenes.

     

    Abogado R. Mendoza

    Abogados Corporativos y Peritos

    Bosque de Duraznos 1475. Bosques de las Lomas. México, D.F.

    Tel: 3064-2782. Cel: 553064-2782

    Correo: abcyperitos a r r o b a g m a i l p u n t o c o m



  • Autor
    Respuesta No: 251983

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    por ninguna causa se pueden suspender las convivencias... la pensiòn nada tiene que ver con la convivencia...juridicamente hablando...

    por otro lado... esta la acciòn penal por incump0limiento de la obligaciòn de asistencia familiart...

    o si trabaja y recibe salario... se puede pedir el descuento directo en oimina... hay tantas salidas... pero nunca el impedir la convivencia... porque hay jueces que conceden el cambio de custodia... por ese simple hecho... y ademàs la obligaciòn de dar pensiòn  para el menor a quien tenga la nueva custodia...  abusada...



  • Autor
    Respuesta No: 251999

  • abogaditojose
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola buenas noches, saludos licenciado gaytan romero, sigue sus recomendaciones, el papa del niño no es tonto al contrario es mañoso, denuncialo penalmente no te dejes, una vez que sea citado a declarar y que tenga que pagar las pensiones atrasadas y garantizar la pension de un año, vas a ver que pasa, suerte que dios te bendiga

     

    nota.- no le quites el derecho al niño de convivir con su padre, porque cuando crezca el niño te lo va a reporchar, ademas es un derecho del menor no tuyo



  • Autor
    Respuesta No: 252046

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos jose... saludos...

    y una vez que le reclamen penalmente... y como todos... no se vuelve a parar para ver al niño... y ...entnoces... hay que levantar una constancia enel juzgado familair... cada vez que lo deje de ver... por el resto de la vida del menor y hasta que cumpla 18 años... nada hay que dejar por sentado... si la visita es semanal... cada semana al dia siguiente de la visita... hay que presentar esrito señalando que no se presentò a la convivencia y lo denuncias para q



  • Autor
    Respuesta No: 252047

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos jose... saludos...

    y una vez que le reclamen penalmente... y como todos... no se vuelve a parar para ver al niño... y ...entnoces... hay que levantar una constancia enel juzgado familair... cada vez que lo deje de ver... por el resto de la vida del menor y hasta que cumpla 18 años... nada hay que dejar por sentado... si la visita es semanal... cada semana al dia siguiente de la visita... hay que presentar esrito señalando que no se presentò a la convivencia y lo denuncias para q



  • Autor
    Respuesta No: 252048

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ue obre constancia en autos del juicio civil.... asì como copia de todo lo penal.... abusada... todo lo debe hacer un abogado... nada lo debes hacer tu...





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