- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ABANDONó DE PERSONA O PENSIóN ALIMENTISIA
- Consulta : 244995
- Autor : mouse0329_NR
- Publicado : Martes 14 de Octubre de 2014 15:57 desde la IP: 201.157.2.73
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,611
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 14 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Puebla
Hola abogado apenas el 29 de septiembre registre a mi hija con los apellidos de su papa el ya está notificado esto fue por sentencia porqué asta ahora a negado a su hija ella va a cumplir ya 4 años y el nunca visto por ella en cd judicial me dijeron q para demandar alimentos tengo q investigarlo y pyes lo poco q se es q se salió de trabajar porqué ya sabía q yo hiba por la demanda de alimentos el desde hace varios años se dedica a prestar dinero al 10% y vive de eso yo pregunte si de esa situación y mi abogada me dijo que así no se podia hacer nada también junte bouchers de todos los gastos desde que supe que estaba embarazada a la fecha y pues la verdad no se que hacer. Lo que si se que el tiene obligación con ella. Podría asesorarme -
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 367988
-
Fecha de respuesta: Martes 14 de Octubre de 2014 16:14 2014-10-14 16:14 desde IP: 189.211.135.22
Presente su denuncia ante el agente del Ministerio Público por el delito de abandono de persona.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 367989
-
Fecha de respuesta: Martes 14 de Octubre de 2014 16:16 2014-10-14 16:16 desde IP: 187.208.95.90
cambia de abogada y q tu nuevo abogado demande conforme al estilo de vida y q le embargue bienes suficientes q esten a su nombre para esto q solicite en transito del estado q informe si el carro q trae ( si es q trae carro) esta a nombre del papa de la menor y tu solicita una busqueda en el registro publico de la propiedad si es q tiene algun terreno o caa a su nombre y q se trabe embargo precautorio para garantizar la pension de tu menoor hija y por otra parte denuncialo penalmente por el delito de incumplimento de las obligaciones alimentarias o de asistencia o como lo contemple el codigo penal de puebla
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 367994
-
Fecha de respuesta: Martes 14 de Octubre de 2014 16:40 2014-10-14 16:40 desde IP: 201.141.119.59
Debe cambiar de abogado, para demandar del padre la pensión alimenticia para su menor hija, para acreditar la capacidad economica del demandado se solicita al juez se sirva girar oficios al Sistema de Admintsración Tributaria, Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Secretaria de Fianzas de su Estado en este casopara que informe si en sus archivos se encuentra registra vehículo alguno a nombre del demandado, como ya le menciono la abogada que me antecede solicite usted una busqueda de antecedentes de propiedad a nombre del demandado ante el Registro Público de su Estado.
-
Autor