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MATRIMONIO
- Consulta : 163587
- Autor : sandysordo_NR
- Publicado : Martes 07 de Agosto de 2012 10:19 desde la IP: 201.134.209.130
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,607
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 07 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Estimados Buen día:
Mi consulta es la siguiente: me voy a casar proximamente por el civil, quiero saber que regimen me conviene, porque yo cuento con una casa que obtuve con un credito hipotecario el cual todavia no termino de pagar, así como un terreno, y mi futuro marido trabaja pero no con prestaciones de ley osea no tiene seguro ni le otorgan recibos de nomina. Y si en un futuro no nos entendemos quiero saber cual regimen me convendria.
Mil gracias por su ayuda
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 279059
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Agosto de 2012 10:48 2012-08-07 10:48 desde IP: 189.230.170.26
Bienes separados, siempre es mejor que cada quien lo suyo... si después Ustedes adquieren un bien común, que en el mismo se haga una copropiedad y si llegará a disolverse el matrimonio, sólo podrán pedir compensación hasta del 50% de los bienes que se adquirieron DURANTE el tiempo que duró el matrimonio y siempre y cuando la persona que no tenga bienes, se haya dedicado a actividades preponderantemente del hogar o al cuidado de los hijos.
Así que mejor desde ahorita, SEPARACIÓN DE BIENES y abusada con lo que se compre durante el matrimonio... siempre que todo quede a tu nombre... y más si tu vas a ser quien lo va a pagar...
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 279094
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Agosto de 2012 14:50 2012-08-07 14:50 desde IP: 187.194.34.43
puedes tener un matrimonio perfecto... pero el regimen matrimonial es .... bienes separados... o sociedad conyugal...
en bienes separados cada quien es dueño de sus tiliches...
en la sociedad conyugal... pueden hacer capitulaciones matrimoniales ... que señalen que los bienes adquiridos antes del matrimonio... o con fecha anterior al mismo... no seran parte de la sociedad conyugal y no serán parte de la liquidación de la misma en caso de ley...
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Autor
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AutorRespuesta No: 279099
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Agosto de 2012 15:09 2012-08-07 15:09 desde IP: 189.200.114.216
por COMODIDAD los contrayentes se piensa en SEPARACION DE BIENES pero ES FALSO DE TODA FALSEDAD que sea mejor el regimen de separacion de bienes. Como Juez u Oficial del Registro Civil se lo digo... NO ES VERDAD maxime cuando usted es mujer. Le explico:
Imagine usted que se casa por separacion. ambos trabajan y construyen el hogar. compran carro, decoran el hogar en fin... a la vuelta de unos 30 años... ya que su juventud se acaba... detecta que su esposo esta siendole infiel con una jovencita de 24 años (Suele suceder muy pero muy muy comun) y obvio decha chica no va andar con un viejo por su linda cara... le pedirá le ponga la casa a su nombre por ejemplo. (En este caso del ejemplo no aplica porque la casa es de usted pero es para ejemplificar) el señor se divorcia de la señora... esta a la calle con todo y chivas y la amante termina con lo que por 30 años ayudo a construir y usted co una mano adelante y otra atras.
Si estuvieren casados bajo el regimen de sociedad conyugal y se diere ese mismo fenomeno... pues por lo menos LA MITAD de todo queda en su poder. La amante terminará con lo que era de él.... pero no con lo suyo.
Por ello señalo siempre es MUCHISIMO mejor sociedad conyugal. Implica mas gastos porque deben acudir ante un notario publico a hacer CAPITULACIONES MATRIMONIALES ... EN ESCRITURA PUBLICA esto jamas lo olvide.. que le cobraran en promedio 1500 pesos pero es algo seguro.
Hay genet que dice... no hagas capitulaciones... asi puedes casarte... SIII pero las capitulaciones diran que bienes entran y cuales no a la sociedad conyugal, la forma de disolverla, quien sera el administrador etc etc... si no hacen capitulaciones sería 50% de cada cosa para cada conyuge. Si las hacen y en ellas estiman 80% para usted y 20% para él... asi se cumplirá.....importante hacerlas en escritura publica pues si solo las hacen en testimonio notarial, este no deja secuela... es una simple hoja de maquina membretada con su sello y ya... pero a la vuelta de 20 años... cuando dicho testimonio se pierda... NO HAY FORMA de obtener un duplicado que a diferencia de la escritura publica obra en los libros y siempre habra forma de cotejar firmas y el contenido de las mismas.
Por ultimo... dichas capitulaciones DEBEN INSCRIBIRSE en el registro publico de la propiedad cuando hay bienes inmuebles de por medio... para que surta efectos contra terceros. Usted puede hacer capitulaciones y dejar fuera de la sociedad el bien inmueble que señala... y de esa forma no podra quitarle el mismo.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 279113
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Agosto de 2012 16:42 2012-08-07 16:42 desde IP: 187.201.169.190
Lic ULLOA:
Con el gusto de poder saludarlo, y atento a su participación en la presente consulta, me voy a permitir en virtud del muy atinado comentario que realiza, mismo que denota su amplia experiencia sobre el tema, de ponerle una palomita por estimar que es muy útil, lo anterior dado a que efectivamente, el caso que expone, es sumamente conocido.
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 279159
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Agosto de 2012 19:36 2012-08-07 19:36 desde IP: 187.144.36.188
al rato tambien van a decir ... que ulloa... mi amigo .... y rosen mi amigo... son mis paleros... ?
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Autor
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AutorRespuesta No: 279236
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 10:21 2012-08-08 10:21 desde IP: 189.200.114.215
Jajajaja ese Garovalo... ;) Saludos amigo. Rosen.- agradezco infinitamente su palomita... y ciertamente de esto se trata la web... la experiencia que ustedes como colegas litigantes puedan tener y la experiencia que los funcionarios o empleados de gobierno en algun tramite en especifico podamos tener.... la vaciemos en beneficio del usuario.
Hace poco me toco vivir esto... una señora se caso por sociedad conyugal hace como 10 años... hizo capitulaciones ante notario... pero fue en testimonio notarial. El marido luego que tuvo diferencias con ella... un buen dia tomo el testimonio y lo rompio. En el estado de Guanajuato si se casan bajo el regimen de sociedad conyugal FORZOSAMENTE debe ser con capitulaciones matrimoniales. La falta de éstas... implica que el matrimonio se llevo a cabo por separacion de bienes.
Cuando la mujer se dio cuenta de la destruccion del documento fue ante el notario, quien dicho sea de paso habia fallecido (y aunque no hubiere sido asi... quien se va a acordar que hace 10 años tal persona solicito un servicio) a sacar un segundo testimonio confiada que como lo habia hecho ante notario se lo darian.... DESAGRADABLE sorpresa al descubrir que dichas capitulaciones NO EXISTIAN porque se habian hecho solo en testimonio notarial.
Habilmente el esposo solicita al Juez (Ya en el juicio de divorcio) envie a la Direccion General de Registros Publicos y Notarias, un oficio para que informe si hay registradas en el estado, algunas capitulaciones matrimoniales a su nombre... Obvio contestaron que no.
Al registro civil para que acompañe copia certificada de los apendices que se formaron con el matrimonio... obvio NO HUBO toda vez que los mismos pasan a destruccion luego de 5 años
Con esto.... el señor logro divorciarse de la señora dejandola con una mano adelante y otra atras. Por ello la importancia de qe las capitulaciones se hagan ANTE NOTARIO Y EN ESCRITURA PUBLICA.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 279265
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Agosto de 2012 14:32 2012-08-08 14:32 desde IP: 201.164.141.56
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Autor