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CESACION DE PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 284160
- Autor : hucebesan_NR
- Publicado :
Domingo 03 de Junio de 2018 19:54
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,612
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 03 de Junio de 2018
Estado de Referencia: Aguascalientes
hola, soy del estado de mexico me gustaria saber cuales son las posibilidades que tengo para cesar la pension que proporciono a mis hijos desde hace 23 años , mi hijo el mayor cumplio 25 el pasado mes de marzo, abndono sus estudios por 2 años y solo recibio instruccion de ingles en acdemias en las que no perseguia una formacion si no solo caopacitacion, posteriormente ingresa a upicsa del politecnico nacional y aun no ha terminado ya llevamos un procesos y me negaron la cancelacion, el exhibio una constancia en la que solo solicita cursar 3 materias por semestre , buscando postergar la terminacion de estudios , el ya no vive con su mama, abandono la casa . Por el otro lado mim hijas tiene 23 años y tambien abandono 2 años la preparatoria, la termino en educacion en linea se embarazo y tiene una hija de 2 años, actualmente ya no vive con su pareja, aunque en el juicio que le menciono exhibi documentos( acta de nacimiento y baja de la vocacional) el juez hizo caso omiso de ello y por el contrario lo unico que hizo fue dividir el porcentaje por partes iguales a cad uno de ellos y la verdad considero un acto injusto e irresponsable tanto de mis hijos como del juez al no considerar todas las pruebas que le oferte en el juicio me gustaria saber su opinion -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 397804
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Junio de 2018 14:50 2018-06-04 14:50 desde IP: 189.228.4.70
Tiene que acudir al juzgado que fijo lapensión y en la via incidental la cesasión de la pensión.
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Autor
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AutorRespuesta No: 397810
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Junio de 2018 22:12 2018-06-04 22:12 desde IP: 189.180.239.62
contratar un abogado especialista en derecho familiar y en acciones de alimentos .... que sepa lo que es una cancelación de alimentos... y presente los medios de prueba que la ley señala ... no es decirlo... es probarlo... el inconsciente eres tu... tu sentencia dice que probaste y que no... el juez no es parcial... solo define en base a como se llevo el asunto... q por tus comentarios... no fue demostrado...
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