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JUICIO SUCESORIO
- Consulta : 96515
- Autor : guadalupeflores_NR
- Publicado : Lunes 03 de Enero de 2011 21:12 desde la IP: 189.235.207.164
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,612
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 03 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Nuevo León
VIVO EN UNA CASA QUE ERA DE MIS ABUELOS, ELLOS FALLECIERON. INICIAMOS UN JUICIO SUCESORIO PERO HA TARDADO DEMASIADO. CASI DOS AÑOS ME ENTERE QUE LA PERSONA QUE LO LLEVA EN REALIDAD NO ES LICENCIADA Y ADEMAS ME ENTREGO RECIBO DE HONORARIOS DE OTRA PERSONA Y AHORA RESULTAN OTROS DUEÑOS DE LA PROPIEDAD, PREGUNTO:
PUEDE UNA PERSONA TRAMITAR EL JUICIO SIN SER LICENCIADO EN DERECHO?
QUE LEYES ME PROTEGEN CONTRA ESTAS PERSONAS O QUE ARTICULO ESTAN VIOLANDO?
PUEDEN ELLOS BUSCAR OTRO PROPIETARIO O INVENTAR DOCUMENTOS ANTIGUOS?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 202820
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 21:33 2011-01-03 21:33 desde IP: 189.181.107.78
mira el sujeto este incurre en un delito " usurpacion de profesion " .... y pues lo relativo a los dueños acude al egitro publico de tu entidad y solicitas que te digan quien esta inscrito como dueño en la finca que quieres adquirir ! ...
en caso de que sigan tus abuelos , te recomiendo LLEVES LA SUCESION ANTE UN NOTARIO PUBLICO " SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA CONFLICTOS ENTRE LOS HEREDEROS " es mas rapida y menos contosa en menos de 3 meses ya hubiera acabado !
espero te sirva !
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Autor
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AutorRespuesta No: 202821
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 21:34 2011-01-03 21:34 desde IP: 201.137.20.74
HOLA
ESTA PERSONA PUEDE LLEVAR EL JUICIO ,SOLO REQUIERE QUE CONOZCA EL PROCEDIMIENTO,Y PARA ASISTIR A LAS AUDIENCIAS SOLO PAGA A UN LIC. EN DERECHO POR AUDIENCIA.
ENTONCES POR LO TANTO SI SE PUEDE.
PUES SI NO CONFIA EN ESTA PERSONA,PUES CAMBIE DE ABOGADO
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 202828
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 21:53 2011-01-03 21:53 desde IP: 189.224.189.134
buenas noches
mira un licenciado para ejercer se nesesita tener una cedula profesional, ya que aqui en mexico hay munchos coyotes que se hacen pasar como abogados, para un juicio sucesorio en este caso es una testementaria ya que dices que tus abuelos falleceron los requerimientos pues son como la acta de defuncion y el testamento que haya dejado, y ya entrando el juicio el plazo que tienen las partes interesadas que quieran reclamar la herencia tiene como un plazo de diez dias contados desde el siguiente al de la publicacion, y transcurido el plazo, se presente o no otros interesados, el juez pronunciara la resolucion definitiva, en la que declare como herederos a quienes hayan justificado su derecho a la herencia.
si hay leyes que te protegan pero se nesesita que dieras mas detalles de tu problema para poder darte una mejor asesoria
mi correo es josecisneros aroba globalrm punto com punto mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 202843
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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 22:52 2011-01-03 22:52 desde IP: 189.242.40.178
hola, como dice jmnl21 esta persona cometio un delito llamado ursupacion de profesion, la puedes denunciar ante el mp, para saber si no es abogada puedes consultar la supuesta cédula profesional que está dentro de los escritos de tu expediente y en la pagina de SEP te dan los datos de la cédula; puede ser también que no se haya autorizado como licenciada en derecho y solo persona para oir y recibir notificaciones... pero nunca para firmar por tí y no estaría entrando en el delito pues ante la autoridad no se declaró como licenciada; y si te esta dando recibo de honorarios a nombre de otra persona lo mas seguro es que ni siquiera este inscrita como persona fisica.
si puede falsificar documentación. pero lo que sería mas laborioso es el inscribirla en el registro publico de la propiedad, es mejor que allí solicites una busqueda de antecedentes registrales, para esto necesitas el numero de folio real de la casa, este lo encuentras en las escrituras públicas de la casa, y si no lo tienes solo con la direccion y el nombre del ultimo dueño conocido, puede aparecer varios resultados:
a) el nombre de tus abuelos
b) el nombre de la persona que anteriormente era dueño del predio, esto es muy comun porque la gente hace contratos privados de compraventa, sin elevarlos a escritura publica y mucho menos los registra en el RPP
c) el nombre de un completo extraño, que podria ser uno inscrito por la supuesta abogada.
revisa el testamento, e informate con un notario cuanto te costaria el procedimento ante él y que es mas conveniente si seguir el juricio sucesorio o tramitarlo ante el, ten en cuenta que la mayoria de los notarios cobran entre el 5 y 9% del valor de la casa por hacer la adjudicacion. es algo muuy costoso, asi que meditalo, o si crees convenien seguir con la supuesta abogada, que el tiempo que llevas con ella de dos años es adecuado pues normalemente hay juicios que tardan hasta 10 años.
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