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TIEMPO EN QUE EXPIRA EL COBRO DE UN PAGARé
- Consulta : 111393
- Autor : galbel_NR
- Publicado : Lunes 02 de Mayo de 2011 22:09 desde la IP: 189.159.14.56
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,481
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola:
Quiero saber si existe algún plazo fijado por la ley para que un particular cobre un pagaré a partir de la fecha en que se firmó. Es decir, si me dieron un año para pagar cierta cantidad y no lo hago ¿qué pasa si me excedo de esa fecha?
Gracias
Morosa
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 221791
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Mayo de 2011 22:17 2011-05-02 22:17 desde IP: 189.137.230.250
HOLA
LOQ UE VA A PASAR , SI TRANSCURRE MAS TIEMPO ES QUE SE VAN A IR GENERANDO INTERESES Y POR LO TANTO LA DEUDA AUMENTARA.
EL ACREEDOR TIENE TRES AÑOS PARA COBRARTE EL TITULO DE CREDITO A TRAVES DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL .
Y DESPUES DIEZ AÑOS PARA COBRARTE A TRAVES DE UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL.
LA DIFERENCIA ENTRE LOS DOS JUICIOS , ES QUE EN UNO EMBARGA DESDE EL MOMENTO EN QUE SE TE NOTIFICA
Y EN EL OTRO JUICIO SE EMBARGA AL FINAL, CUANDO YA EXISTE LA SENTENCIA CONDENATORIA
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Autor
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AutorRespuesta No: 221792
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Mayo de 2011 22:18 2011-05-02 22:18 desde IP: 189.137.189.83
Morosa:
La acción cambiaria para cobrar en vía ejecutiva un pagaré, prescribe a los tres años contados a partir de la fecha de su vencimiento.
Si llegado el plazo , usted no ha pagado; el tenedor del título la puede demandar exigiendole el pago de las siguientes prestaciones: el pago de la suerte principal, el pago de los intereses moratorios, el pago de gastos y costas.
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Autor