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PAGO DEL PATRON POR INCAPACIDAD

  • Consulta : 176672
  • Autor : izaa_972_NR
  • Publicado : Miércoles 14 de Noviembre de 2012 09:42 desde la IP: 189.148.167.90
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,487
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  • Autor
    Consulta

  • izaa_972_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Oaxaca

    Buenos dias

    El pasado 24 de Octubre tuve una molestia en la rodilla derecha derivado de una caida por las escaleras en mi lugar de trabajo dos dias antes,desafortunadamente no lo reporte en su momento,solicite el servicio medico de la empresa y me trasladaron a urgencias en la clinica del Imss en la ciudad de Villahermosa,Tabasco donde me dianosticaron Sinovitis,el Dr me envio a mi unidad medica del Imss de Salina Cruz, Oaxaca donde resido para continuar con el tratamiento,al dia de hoy sigo incapacitado hasta que me vea el Traumatologo el 13 de Diciembre.El Imss califico como enfermedad general y solo me esta pagando el 60% de mi salario cotizado,mi pregunta ¿la empresa esta obligada a pagarme el 40% restante? por que me dijeron que no me van a pagar hasta que empieze a trabajar nuevamente

     

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  • Autor
    Respuesta No: 291942

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La empresa no está obligada a pagarte nada.

    Es el seguro el que paga las incapacidades, para eso precisamente las empresas contratan el seguro para sus trabjadores.

    Aquí lo que debiste haber hecho es reportarlo como accidente de trabajo, entonces el IMSS te pagaría al 100%, preo por lo que se ve no lo hiciste y a menos que presentes una deanda para el reconocimiento de accidente de trabajo, solo se te pagrá el 60%.

    Algunos sindicatos que cuentan con un contrato colectivo firmado con la empresa, llegan a tener en su clausulado la obligación de la empresa de pagar el complemento en caso de incapacidad por enfermedad general, pero son pocos los trabajadores que tienen esa prerrogativa.



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