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PROMOVER JUICIO DE NULIDAD CONTRA RESOLUCIóN DICTADA POR LA PROCURADURíA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

  • Consulta : 111392
  • Autor : cvillegas.baccara_NR
  • Publicado : Lunes 02 de Mayo de 2011 22:05 desde la IP: 189.212.98.146
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,482
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    Consulta

  • cvillegas.baccara_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Personal de la PROFECO, realizo visita de verificación el 10 de septiembre de 2009 a las 0:20 horas, en la mencionada visita detectaron que la carta de bebidas no se indica el contenido de las botellas, por lo que se me apercibe que se corriga esta irregularidad de forma inmediata.

    El 20 de septiembre de 2010, presento escrito manifestando que la omisión involuntaria en la carta de bebidas respecto a los contenidos de las botellas, fue subsanada pegando en la parte frontal de dicha carta un sticker con la leyenda "FAVOR DE CONSULTAR ANEXO CON EL CONTENIDO POR BOTELLA E INFORMACION DE ARTICULOS NUEVOS Y DESCONTINUADOS"  mencionando también  que en la concepción de mi negocio, la filosofía en la que se sustenta nuestra operación, es la de brindar un excelente servicio, calidad y buen precio, procurando siempre la satisfacción del cliente. También se señalo que me reiteraba a sus ordenes para cualquier comentario o aclaración.

    El pasado 27 de abril de 2011 con oficio PFC QRO 01-002194/2010 se me notifica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA mediante la cual la PROFECO resolvió aplicar una sanción administrativa por 6,895.20 M. N.

    Es mi intención promover juicio de nulidad considerando los siguientes puntos:

            1.- En la orden de verificación extraordinaria del 9 de septiembre de 2010 la dirigen a nombre de: C. PROPIETARIO Y/O REP. LEGAL Y/O ENCARGADO Y/O DEPENDIENTE DE BACCARA  SEÑALANDO COMO DOMICILIO AV. INDUSTRIALIZACION NO. 2, COL. ALAMOS 2DA. SECCION, C. P. 76160, QUERETARO, QRO.

    En el acta de verificación se señala como propietario a un servidor, Carlos Fernando Villegas Zúñiga.

    El domicilio fiscal del restaurant bar es AV. INDUSTRIALIZACIÓN 2-B, ALAMOS 2DA. SECCION, C . P. 76160, QUERETARO, QRO. en la notificación omitieron el B 

     El nombre comercial del Restaurante es Restaurante Bar BACCARA y estoy dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como persona física con actividad empresarial, por lo que al dirigir la orden de verificación extraordinaria a  BACCARA, es una entidad inexistente.

    2.- En el acta de verificación se señala que soy el propietario, en el escrito que presenté a la PROFECO el 20 de septiembre esta firmado por Carlos Fernando Villegas Zúñiga Restaurante Bar BACCARA,  sin embargo en el oficio PFC QRO 01-002194/2010, ASUNTO CEDULA PERSONAL, esta dirigido a Propietario, Representante Legal, o Autorizado de BACARA, en el contenido de la cédula se menciona que se notifica a Carlos Fernando Villegas Zúñiga y sus generales, sin embargo BACARA es una entidad no existente.

    3.- En la RESOLUCION ADMINISTRATIVA se menciona a la empresa BACCARA en todos los puntos, de nueva cuenta considero que se equivocan dado que BACCARA  no existe como empresa.

    4.- Entre la actuación de la PROFECO, el escrito presentado por mí parte y su notificación el tiempo transcurrido es, en el  

    primer caso de 7 meses con 17 días y en el segundo de 7 meses con 10 días.

    Considera que con los puntos antes expuestos proceda el jucio de nulidad y si fuera procedente que me recomienda para presentarlo y sustentarlo.

    Agradezco anticipadamente la atención que se sirva dispensar al presente.

     

    ATENTAMENTE

    Carlos Fernando Villegas Zúñiga

     

      

     

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