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¿RENUNCIA O DESPIDO?

  • Consulta : 167968
  • Autor : sagiraven_NR
  • Publicado : Martes 04 de Septiembre de 2012 11:38 desde la IP: 189.179.251.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • sagiraven_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    09 - Septiembre - 2012

    Buen dia.

    Estoy muy confundida, entiendo que es diferente la renuncia que el despido, pero quiero saber cuanto me corresponderia a mi con cada uno. Tengo la sensacion de que me despediran en poco tiempo.
     

    Hace poco menos de 1 mes que estoy trabajando, mi ingreso mensual es de $4 500.00, entre el 9 de Agosto y tengo prestaciones de Ley, todas excepto el Seguro Social (por politicas de la empresa se otorga a partir del segundo mes).

    En si seria despido, preo a todos les hacen firmar renuncia, quiero evitar problemas con todo el tramite, pero tambien recibir lo que me toca justamente. Necesito ayuda urgente.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 283545

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE sagiraven_NR,

    Presente:

               

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante que, la cantidad que un trabajador recibe en caso de renuncia voluntaria esel sueldo de la quincena que esta vencida, proporcional de vacaciones, proporcional de aguinaldo y en caso de contar con más de sesenta días, el pago de utilidades, si las hubiere generado la empresa, hasta el mes de mayo del año siguiente a la fecha de renuncia.

     

    En caso de despido, sin que el patrón tenga motivos legales pararescindir la relación laboral, es una indemnización equivalente a veinte días de salario, por año de servicios y tres meses de sueldo, más la proporcional de vacaciones, proporcional de aguinaldo, utilidades, fondo de ahorro en caso de que se tuviere, entiende; saludos y suerte en su caso.

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 3182-2696

    Celular: 55-3462-7069

     

    WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m  a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



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