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CANCELACION SERVIDUMBRE DE PASO
- Consulta : 199968
- Autor : michgalland_NR
- Publicado : Jueves 06 de Junio de 2013 20:59 desde la IP: 189.206.59.170
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,486
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Junio de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Un vecino mio pasa por mi terreno para salir a la calle. Mi terreno tiene dos servidumbres de paso que dan a lados opuestos de la calle porque estamos enclavados a mitad de manzana en el distrito federal. Debo beneficiarlo con ambas servidumbres o solo una. Darle ambas me causa muchos problemas. Mi terreno no tiene bardas y yo no estoy a diario en el lugar. Por lo tanto, el vecino y su familia utilizan ambas servidumbres. Cuantas servidumbres debo darles.?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 318460
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Junio de 2013 22:15 2013-06-06 22:15 desde IP: 189.234.166.102
Las servidumbres son permisos e paso que deben estar señalados en tu escritura... En su escritura y ambas asentadas en el registro público de la propiedad.... Si en están en estas escrituras.... No sean en ninguna parte... Y sólo debes contratar un abogado que haga un juicio de jurisdicción voluntaria... Avisándole que no puede usar como servidumbre tu terreno y de hacerlo nuevamente.... Denunciarás por despojo..... Tu abogado te explica....
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