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ASEGURAR UNA PERSONA QUE GANA 1,500,000

  • Consulta : 187679
  • Autor : alambique
  • Publicado : Jueves 21 de Febrero de 2013 17:14 desde la IP: 201.144.91.148
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,482
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  • Autor
    Consulta

  • alambique
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buenas tardes estamados cologas, consultores y visitantes.

     

    Les comento la siguiente situacion :  estoy en una empresa que es de multivivel, (mary kay, avon, herbalife etc ). se le dio el beneficio de un seguro de vida por los ingresos vamos a decirlo asi de  24 meses de sueldo por muerte natural y 48 por accidental.esta persona si se muere sus famliares recibiran por parte de la aseguradora 24,000,000 o 48,000,000 pero nuestra prima del suguro aumentara o se hara casi impagable por que tengo mas personas que pueden en algun futuro llegar a ese niven de ventas y ganar de 500,000 a 1,000,000 de pesos mensuales y si aplico la misma operacion que con esta mi seguro nadie podra soportarlo y nadie nos asegurara con mis otros consultores de venta. Mi pregunta es esta: ¿ alguien me puede decir el marco juridico para topar el monto  asegurado a una persona para asi disminuir mi prima que le pago al seguro. ? hay alguna regla que pueda utilizar para que esta persona no vea que es la empresa sino reglas ya puestas para topar su monto segurado?

    Tengo otras 800  personas que tengo que asegurar y en algunos años si sigo con este esquema no nos asegurara nadie. No encvuentro donde puedo colocar el tope.

    Ayudenme porfavor no encuentro en ningun lugar esta parte.

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 306067

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, no existe límite para topar un seguro, pero debe ser la misma empresa aseguradora quien en algún momento lo haga, ya que a ellos les conviene la prima que reciben (que debe ser muy alta) y si no calculan bien el riesgo, puede que sobrepasen las reservas que tienen para cubrir los eventos. Es decir, las aseguradoras deben tener bienes con los cuales soportar ciertos riesgos, pero al ser tan altas las sumas y tan grande el riesgo, llegará el momento en que no podrán garantizar el riesgo y lo limitarán. Ello porque esta regulado en el Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, no como lo explicamos, sino a través de varios artículos. Lo recomendable es que ese beneficio lo supriman de sus contratos o los limiten a cierta suma asegurada. PEGZSAV ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS



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