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ADULTERIO?

  • Consulta : 102175
  • Autor : sebass_NR
  • Publicado : Martes 15 de Febrero de 2011 21:45 desde la IP: 189.142.21.98
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,487
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  • Autor
    Consulta

  • sebass_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    buenas noches  mi situacion es la siguiente en el dos mil cinco mi ex esposa me demando divorcio necesario por adulterio que si me comprobo, pues ya teniamos tiempo de separados pero no habiamos tramitado el divorcio y yo ya tenia otra pareja y con ella un bb, pues ella tambien ya tenia otra pareja, pero bueno ese no es el punto, pasa que a principios de año me salio mi sentencia y en ella se me condena por se conyuge culpable a un indemnizacion porque se me comprobo el adulterio.. se que tengo que pagar pero mi duda es la siguiente me comentaron que en mi estado el adulterio es un delito, y que apesar de ya haber tramitado el divorcio aun me puede acusar por el delito de adulterio, eso es cierto?

    dentro de la sentencia se me concede la custodia definitiva de mis hijos porque ella los maltrataba, y segun me dijeron tambien puede quitarmelos si me denuncia por el adulteria ante el ministerio publico todo esto es cierto?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 210791

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA

    ELLA PUEDE DENUNCIAR POR EL DELITO DE ADULTERIO , POR LA VIA PENAL, QUE ES OTRA VIA MUY APARTE, Y CON MAYOR RAZON CON LA SENTENCIA QUE TIENE DEL JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO DONDE ELLA DEMUESTRA SU ACCION SERIA MAS FACIL DEMOSTRAR EL ADULTERIO.

    YA QUE LA SENTENCIA DEL JUICIO DE DIVORCIO ES UN DOCUMENTO PUBLICO QUE HACE PRUEBA PLENA.

    SI ELLA DENUNCIA POR EL DELITO DE ADULTERIO NO PODRIA QUITARLE LA CUSTODIA , YA QUE ESO NO SIGNIFICA QUE SEA PERJUDICIAL PARA LOS MENPORES ESTAR CON USTED.

    SALUDOS

     



  • Autor
    Respuesta No: 210793

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por haber trascurrido el tiempo que usted dice, ya prescribio el delito y no podra ser condenado ya que la denuncia debio de haberse presentado antes de la prescripcion de la accion penal. Atte. Lic. J. L. Camacho.



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