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DERECHO A MI VIVIENDA

  • Consulta : 157983
  • Autor : grb2804_NR
  • Publicado : Jueves 28 de Junio de 2012 21:36 desde la IP: 189.214.125.2
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,478
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    Consulta

  • grb2804_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Estimados Abogados:

    fui despojada de mi departamento el día 5 de noviembre de 2011, ya que me comentan en el INVI que obstruí el proyecto por no haber querido firmar un documento donde renunciaba a todos mis derechos, para la realización del proyecto ya que en el 2002 le pagamos al dueño para que pudieran expropiar, la cantidad de 12,500.00 ( doce mil quinientos pesos 00/100 m.n.) luego de pagar esa cantidad cada vecino, el siguiente año sale publicado en la gaceta oficial del Distrito Federal con fecha 21 de agosto de 2003 la expropiación del inmueble a favor del INVI para su regularización, pero en beneficio de sus actuales ocupantes.

    Dicho instituto tarda en llevar acabo el proyecto desde el 2003 hasta el 2011 durante todo este tiempo forme parte de juntas de censos por parte del líder del proyecto no hicieron sacar documentos de no propiedad pagar pruebas de uso suelo etc.

    luego de que el INVI me despojara de mi departamento acudí al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal con fecha 24 de noviembre de 2011 donde le expuse mi caso y derivado de la documentación que presente donde me acredito como ocupante de dicho inmueble desde junio de 1997 el juicio por lo que yo entiendo sale a mi favor recomendándole al INVI que me reincorpore al padrón de beneficiario y les da un plazo improrrogable de 15 días hábiles después de la notificación para que apelen a dicho fallo.

    El día 20 de Junio de 2012 me entregan un documento en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal donde le piden al Servidor Público de nombre Tomas Bernardo Goyeneche Sánchez Director de Integración y seguimiento a la demanda de vivienda que no ha contestado el fallo y que lo van a multar con 50 días de salario mínimo vigente en el distrito federal en un término de 5 días hábiles después de la notificación.

    Por no apelar a dicha sentencia, pero el día de ayer 27 de junio de 2012 me llaman del INVI para comentarme que tienen un documento que necesitan entregarme,  la Lic. que me llama le comento que si el documento que me va a ser entrega es favorable y dice que no me puede dar informes por teléfono que necesito acudir al dicha institución. el día de ahora 28 de junio voy a recoger el documento y me dicen que el día 25 de abril de 2012 fue nuevamente denegada mi petición.

    Les comento que en este predio hay gente que ni siquiera acredito su arraigo en el predio y a un así esta censada pero en todo este tiempo el Servidor Público de nombre Tomas Bernardo Goyeneche Sánchez aplazo la construcción hasta que el amigo del líder la constructora que realizo el proyectó se capitalizara para dicha construcción.

    El padrón  actual esta lleno de anomalías y de beneficiaros externos protegidos por estas dos personas les pido su apoyo para que me orienten en este caso y si se puede me apoyen para que me reconozcan en el padrón ya que los Magistrados que  dieron el fallo a mi favor este servidor no le importa acatarlo

     

    Sin mas por el momento quedo de ustedes

     

    C. Guadalupe Razo Bribiesca.

     

     

     

     

     

     

     

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