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PARA LOS EXPERTOS EN MATERIA MERCANTIL

  • Consulta : 136479
  • Autor : IAASA
  • Publicado : Martes 24 de Enero de 2012 17:47 desde la IP: 189.137.178.4
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO

    Si al momento de interponer la demanda, o al contestarla o interponer Reconvención, alguna de las partes, Junto con su respectivo escrito, no señala y/o no presenta pruebas, ¿precluye su derecho a presentar pruebas o puede el Juez admitirlas en periodo de ofrecimiento de pruebas, a pesar de no haberse presentado con los escritos iniciales?, esto en relación con el artículo 1061 fracción III del Código de Comercio.

    Agradezco de antemano las respuestas que se sirvan dar a la presente y, ojalá no haya la típica respuesta de que "lo que preguntas es lógico", o cosas parecidas (respuestas con las cuales, normalmente quién las expone es para ocultar su falta de conocimiento en el tema y quiere hacerse pasar por el "gran estricto maestro"), pues recuerden que esto es un foro de consulta, sobre todo para los que no somos abogados pero estamos facinados por el mundo del Derecho.

    Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 252313

  • Huerta&Asociados
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimad abogad lea usted detenidamente la fracción IV del articulo q cita, si aun persiste la duda siendo usted un estudios del derecho comprenderá q requiere volver a las aulas. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 252322

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado Huerta y Asociados, de antemano agradezco la respuesta, aclaro, no soy estudiante de derecho ni abogado, soy un entusiata del derecho debido a que dentro de mis actividades como Arquitecto, también he participado en muchas ocasiones como perito en materias de Ingeniería y Arquitectura, con lo cual me ido fasinando con este mundo, respecto a la Fracción IV que usted menciona, efectivamente es muy clara, pero respecto de los documentos, tal como se observa en la transcripción del precepto en cita...

    IV. Además de lo señalado en la fracción III, con la demanda y contestación se acompañarán todos los documentos que las partes tengan en su poder y que deban de servir como pruebas de su parte; y, los que presentaren después, con violación de este precepto, no le serán admitidos, salvo que se trate de pruebas supervenientes, y...

    Pero ¿que pasa con las pruebas que no son documentales, tales como la confesional, las periciales, la inspección ocular, etc?, si ninguna de estas pruebas fue anunciada en los escritos iniciales, ya sea la demanda principal, su contestación , al Reconvención y su contestación... ¿Es valido que el Juez las admita, o debe declarar prescrito el derecho de la parte que omitió presentarlas o anunciarlas en sus escritos iniciales?... Ojalá pueda usted volver a contestar y así aclararme esta duda...

    Respecto a volver a las aulas, pues probablemente algún día me anime a estudiar la carrera de derecho, porque en mi materia, modestia a parte, hasta el momento he ganado todos mis peritages, pues con ellos ha resuelto el Juez y un tercero en discordia, se fue al bote por meter un dictamen falso, lo cual se acreditó en la junta de peritos, la cual solicite que se hiciera ante la presencia del Ministerio Público, junto con un perito de la procuraduría, para que él determinara quién de los tres peritos (su servidor, el de la contraria y el tercero en discordia) estaba mintiendo... el tercero no aguanto la presión y... el resto es historia



  • Autor
    Respuesta No: 252323

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... en materia mercantil...no hay reconvenciòn...

    2.... en los juicios ejecutivos mercantiles... y no en los ordinarios mercantiles... es  necesario al demandar y al contestar .... presentar los medios de prueba... sin este requisito... no tuvo caso el contenido de la demanda o de la contestaciòn...  y no hay forma de ofrecer medios de prueba en forma posterior...

    ah!... y lo que preguntas es logico...



  • Autor
    Respuesta No: 252326

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Apreciable forista Garovalo, con su amable respuesta, ya me surge otra duda, ¿como que no hay reconvención...?, si en la fracción V párrafo segundo del mismo art. 1601, dice lo siguiente:

    V. Copia simple o fotostática siempre que sean legibles a simple vista, tanto del escrito de demanda como de los demás documentos referidos, incluyendo la de los que se exhiban como prueba según los párrafos precedentes para correr traslado a la contraria.

     Lo dispuesto en la fracción anterior, se observará también respecto de los escritos en que se oponga la excepción de compensación o se promueva reconvención o algún incidente.

    Y ya nada mas por aclarar lo de la pregunta original, Entonces ¿de oficio el Juez debe rechazar todas aquellas pruebas no presentadas o anunciadas en los escritos iniciales, o debe promoverse escrito para que se declare la rpescripción del derecho de la parte en cuestión a presentar esas "otras"  pruebas?, por otro lado, ¿ si el Juez las admite, que recurso procede? ¿apelación, amparo -directo o indirecto, revocación o cual otro?

    Saludos a todos los foristas



  • Autor
    Respuesta No: 252327

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Apreciable forista Garovalo, con su amable respuesta, ya me surge otra duda, ¿como que no hay reconvención...?, si en la fracción V párrafo segundo del mismo art. 1601, dice lo siguiente:

    V. Copia simple o fotostática siempre que sean legibles a simple vista, tanto del escrito de demanda como de los demás documentos referidos, incluyendo la de los que se exhiban como prueba según los párrafos precedentes para correr traslado a la contraria.

     Lo dispuesto en la fracción anterior, se observará también respecto de los escritos en que se oponga la excepción de compensación o se promueva reconvención o algún incidente.

    Y ya nada mas por aclarar lo de la pregunta original, Entonces ¿de oficio el Juez debe rechazar todas aquellas pruebas no presentadas o anunciadas en los escritos iniciales, o debe promoverse escrito para que se declare la rpescripción del derecho de la parte en cuestión a presentar esas "otras"  pruebas?, por otro lado, ¿ si el Juez las admite, que recurso procede? ¿apelación, amparo -directo o indirecto, revocación o cual otro?

    Saludos a todos los foristas



  • Autor
    Respuesta No: 252330

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en materia mercantil... hay juicios  ejecutivos mercantiles... en ellos no hay reconvenciòn....

    en los juicios ordinarios mercantiles... priva otras reglas y en ellos si hay  reconvenciòn.. .

    esto no es dificil de entender... como tampoco es dificil de explicar... pero lo mas importyante es que es para peritos en materia mercantil... eso son los abogados postulantes... peritos en cada una de las materias escolares... pero cuando se dedican a una... son especialistas... y como especialista te digo...

     los jem... no tienen reconvenciòn...

    los jom...conforme a sus reglas... admiten reconvenciòn...

    en los jem... no puedes dejar de dar el ofrecimientos de medios de prueba en tu primer escrito... sea la demnda o sea la contestaciòn... y nada suple esta deficiencia...ç

    en los jom... los mediso de prueba se pueden ofrecer con la demanda o con la contestaciòn... pero  si hay un periodo de ofrecimiento...admisiòn y desahogo de pruebas.... pero la palabra magica... es admisipòn de medios d eprueba...

    servido?....

    ah!.... y lo que preguntas es logico y de simple lectura de tus libracos que mencionas... codigo de procedimientos civiles federal y codigo de comercio reformado en vigor...

    si yo no me meto a hacer dibujitos de casas... o acarrear arena... PORQUE TU QUIERES INMISCUIRTE EN EL DERECHO?



  • Autor
    Respuesta No: 252339

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado colega solo se refiere a la PRUEBA DOCUMENTAL, es decir, deberá Usted manifestar y exhibir las DOCUMENTALES que obren en su poder para después ofrecerlas en el periodo probatorio de otra manera no podrá hacerlo. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 252371

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Para el forista Garovalo: Gracias por su amable respuesta... ¿porque me "inmiscuyo" en el Derecho?, por simple cultura General, de verdad que no pienso competirle en un tema tan especializado como es el derecho, como seguramente usted no me competirá en hacer "dibujitos de casa", en lo de acarrear arena, en eso no tengo problema de que le entre, será bienvenido, pues siempre nos hace falta quien acarree arena, grava, etc... :-).

     

    Para law and rp y Garovalo: entonces las pruebas no documentales, como la pericial, confesional, inspección, etc, ¿si es valido que el Juez las admita aunque no se hayan señaldo en los escritos iniciales?, les recuerdo, se trata de Ordinario Mercantil, o jom, como les dice don garovalo...

    Saludos a todos y veo que poco a poco, se generando y aumentando el nivel del debate, espero que le entren muchos mas foristas a las respuestas, pues si bien es "lógico" para los expertos en la materia, para los simples mortales que nos ILUSTRAMOS con su SAPIENSA, no es lógico y si ayuda la respuesta concreta.



  • Autor
    Respuesta No: 252373

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si las pruebas  periciales no fueron a nunciadas... no sran admitidas... las testimomniales ...confesorias y  de inspecciòn ocular... pueden ser ofrecidas...objetadas o tachadas y desechadas....

    cada asunto es un caso concreto controvertido y cambia ... la ley y las reglas... son  al efecto de que en forma mpinima se resuelva  sobre un asunto... y no se rebase el derecho o las propias reglas...



  • Autor
    Respuesta No: 252374

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si es válido que las admita siempre que se encuentren relacionadas dichas probanzas con los hechos o contestación a los mismos aducidos en los escritos correspondientes. A eso se refiere la adminiculación de pruebas. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 252387

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    creo que las respuestas a la pregunta de origen acertadamente ya las ha respondido garovalo, en resumen quiero manifestar que efectivamente en materia mercantil existe el juicio ordinario mercantil y juicio ejecutivo mercantil en el primero juicio mencionado no es necesario presentar la pruebas como confesional, inspeccion,, pericial ,  documentales excepto las fundatorias de la accion o excepcion, pues en este tipo de juicio dichas pruebas se ofrecen en la etapa correspondiente de juicio a prueba, admitiendo este juicio reconvencion, en contrario en el juicio ejecutivo mercantil necesariamente las pruebas se deben de ofrecer  unicamente al presentar o contestar la demanda puesto que posteriormente unicamente se señalan fecha y hora para el desahogo de las mismas, sin posibilidad de ofrecer otras salvo supervinientes, en caso de que se pretenda ofrecer pruebas fuera de los terminos legales establecidos el juez de oficio debe desecharlas o en su caso se debe  promover apelacion o revocacion dependiendo de la cuantia del negocio.



  • Autor
    Respuesta No: 252392

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ABOGADO POTOSINO: Muy breve pero concreta y sustanciosa su respuesta, la cual complementada con ls anteriores, ya me deja mas claro el asunto. O sea que en el Ordinario Mercantil , si se pueden ofrecer pruebas que no hayan sido anunciadas en los escritos de demanda, contestación y reconvención, pero en el ejecutivo no.

    Salu2 a to2, muchas gracias por su respuesta, ya mañana veremos que otro debate se me ocurre... :-)



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