Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

VENTA DE RETROEXCAVADORA SIN PEDIMENTO ADUANAL

  • Consulta : 115998
  • Autor : norma_rangel54_NR
  • Publicado : Jueves 09 de Junio de 2011 12:11 desde la IP: 201.152.237.58
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,485
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • norma_rangel54_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    BUENAS TARDES

    MI CASO ES EL SIGUIENTE: YO COMPRE UNA RETROEXCAVADORA A UNA EMPRESA ESTABLECIDA A NIVEL NACIONAL, ES USADA, TENGO MI FACTURA CORRECTAMENTE CON NUM DE SERIE TANTO DEL MOTOR COMO EL DE LA MAQUINA, PERO LA QUISE MOVER DE CIUDAD PARA VENDERLA Y ME PIDEN PRESENTAR COPIA DEL PEDIMENTO ADUANAL, LA EMPRESA QUE ME LA VENDIO ME DICE QUE POR EL TIEMPO QUE TRANSCURRIO YA NO TIENE ESA INFORMACION (HABLO DE 1997) QUE NO ES OBLIGACION TENER COPIA DEL PEDIMENTO QUE CON SOLO TENER CORRECTAMENTE LAS SERIES DE LA MAQUINA EN LA FACTURA DEBE BASTAR, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: ES CIERTO ? SI FUERA EL CASO DE SER CIERTO HAY ALGUNA FRACCION, ARTICULO O ALGO QUE ESTE DECRETADO PARA AMPARARME ANTE LA MISMA DEPENDENCIA QUE ME LO SOLICITA? 

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 226730

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Muy buenas tardes, mire en principio eso es correcto, que la pueda vender sin problema, le voy a explicar el porqué:

    1.- Usted compró esa máquina a una empresa que como le comenta, el pedimento ya es muy viejo estamos hablando de hace 14 años.

    2.- No hay regularización de mercancía qué hacer dado que la misma se presume importada legalmente, salvo que se demuestre lo contrario.

    3.- En el caso de que le hagan una visita domiciliaria a usted o a su comprador en cuanto la tenga, la Administración Local de Auditoría Fiscal, puede iniciar un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), pero en el momento de contestarla hay qué revertir la carga de la prueba a la autoridad, señalando los datos de identificación de la mercancía para que la misma autoridad rastree el número del pedimento de importación.

    Ahora otra cosa que puede hacer es preguntarle a la empresa a la que se la compró, la aduana por la que ingresó a México esta mercancía y con los siguientes datos: Elementos de identificación de la máquina (su número de serie, marca, etc.), factura comercial y la aduana de ingreso, se puede pedir a la Administración Central de Contabilidad y Glosa que le proporcione el número del pedimento de importación y además una copia certificada del mismo, ¿porqué ante esta dependencia y no ante la misma Aduana de ingreso? pues por el tiempo de la importación, la aduana sólo guarda archivos y expedientes por un periodo de cinco años, por tanto será más probable que se encuentre en la Administración Central en comento.

    Cualquier duda adicional quedo a sus órdenes, saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 239623

  • jfbueron
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El artículo 146 de la ley Aduanera fraccion III, ya que ustedcuentaconla factura de dicha maquinaria, la autoridad le

    exige el pedimento en atencion a lo que disopone la fraccion I del mismo articulo, sin embargo, la ley es muy clara al

    mencionar cualquiera de lo documentos, es decir, fraccion I, II o III

    Espero le sirva la informacion

    "ARTICULO 146. La tenencia, transporte o manejo de mercancías de procedencia extranjera, a excepción

    de las de uso personal, deberá ampararse en todo tiempo, con cualquiera de los siguientes documentos:

     

    l. Documentación aduanera que acredite su legal importación.

     

    Tratándose de la enajenación de vehículos importados en definitiva, el importador deberá entregar el

    pedimento de importación al adquirente. En enajenaciones posteriores, el adquirente deberá exigir

    dicho pedimento y conservarlo para acreditar la legal estancia del vehículo en el país.

     

    II. Nota de venta expedida por autoridad fiscal federal o institución autorizada por ésta, o la

    documentación que acredite la entrega de las mercancías por parte de la Secretaría.

    Fracción reformada DOF 30-12-1996, 31-12-1998

    III. Factura expedida por empresario establecido e inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, la

    cual deberá reunir los requisitos que señale el Código Fiscal de la Federación.

     

    Las empresas porteadoras legalmente autorizadas, cuando transporten las mercancías de procedencia

    extranjera fuera de la franja o región fronteriza, podrán comprobar la legal tenencia de las mismas con la

    carta de porte y los documentos que establezca mediante reglas la Secretaría."



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión