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LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA

  • Consulta : 123165
  • Autor : CRISTOBAL1958
  • Publicado : Jueves 18 de Agosto de 2011 19:28 desde la IP: 200.95.240.228
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,479
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  • Autor
    Consulta

  • CRISTOBAL1958
    USUARIO REGISTRADO

    Existe desde hace varios años este concepto con sedes regionales de conciliacion y mediacion,segun me han dicho, los convenios que ahi se celebran tienen el valor de cosa juzgada por lo que en caso de incumplimiento se puede solicitar al juez competente mediante el procedimiento pertinente  la ejecucion de esa sentencia y se exija por la via legal el cumplimiento, es esto asi?, porque hay abogados que consideran que esto no tiene ninguna validez legal y se debe de iniciar por asi decirlo el proceso de mercantil,civil.penal etc. desde el principio.

     

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