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TRANCE Y REMATE DE BIENE EMBARGADOS

  • Consulta : 188986
  • Autor : eaparicio_NR
  • Publicado : Lunes 04 de Marzo de 2013 10:36 desde la IP: 187.174.234.2
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,543
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  • Autor
    Consulta

  • eaparicio_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenos dias,

    Si ya tengo una sentencia a favor y con embargo, como se procede al trance y remate de bienes embargados... quien lo lleva a cabo?

    y quien valua los bienes...?

    Gracis

     

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  • Autor
    Respuesta No: 305398

  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    tienes que solicitarlo al juzgado, los bienes son valuados por un perito de cada parte y si existe diferencia de mas del 30% lo hara un perito tercero en discordia, debes presentar un certificado de gravamenes para que todos los acreedores sean llamados a la audiencia de remate y publicar edictos para que esta se lleve a cabo. saludos



  • Autor
    Respuesta No: 305492

  • abogado_fercho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ok gracias, pero me dicen en juzgado que no puedo señalar perito porque segun ya paso el periodo de ofrecimiento... ahi como le hago? segun el codigo de comercio primero se valuan los bienes y una vez que cada parte los valuo se procede al remate y venta.. esta venta donde se lleva



  • Autor
    Respuesta No: 305551

  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    asi es, primero se debe fijar el valor del inmueble, el remate del bien se hace en las oficinas del juzgado en la fecha y hora que ellos señalen. saludos.



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