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TRANCE Y REMATE DE BIENE EMBARGADOS
- Consulta : 188986
- Autor : eaparicio_NR
- Publicado : Lunes 04 de Marzo de 2013 10:36 desde la IP: 187.174.234.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,543
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 04 de Marzo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 305398
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Marzo de 2013 11:27 2013-03-04 11:27 desde IP: 187.205.231.116
tienes que solicitarlo al juzgado, los bienes son valuados por un perito de cada parte y si existe diferencia de mas del 30% lo hara un perito tercero en discordia, debes presentar un certificado de gravamenes para que todos los acreedores sean llamados a la audiencia de remate y publicar edictos para que esta se lleve a cabo. saludos
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AutorRespuesta No: 305492
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Marzo de 2013 09:14 2013-03-05 09:14 desde IP: 65.49.14.96
Ok gracias, pero me dicen en juzgado que no puedo señalar perito porque segun ya paso el periodo de ofrecimiento... ahi como le hago? segun el codigo de comercio primero se valuan los bienes y una vez que cada parte los valuo se procede al remate y venta.. esta venta donde se lleva
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AutorRespuesta No: 305551
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Marzo de 2013 19:52 2013-03-05 19:52 desde IP: 187.205.240.214
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