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COBRO DE PAGARéS

  • Consulta : 129538
  • Autor : lfseldnerr_NR
  • Publicado : Jueves 03 de Noviembre de 2011 19:00 desde la IP: 201.165.237.90
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,615
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  • Autor
    Consulta

  • lfseldnerr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    Me deben un préstamo que hice a un particular; tengo un pagaré firmado por él, con fecha de Febrero del 2009....

    Los pagarés tienen alguna vigencia?

    En caso de que la persona que me debe, no tuviera propiedades a su nombre, hay alguna otra forma legal de forzar y obligar a que me paguen?

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 244056

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los pagarés prescriben a los tres años a partir de la fecha de vencimiento, ojo,  no de expedición. Pero si el sus.criptor es un nini que vive con sus padres y no tiene bienes propios para responder por el documento ejecutivo mercantil, lo único que puede hacer es enmarcar la sentencia condenatoria que obtenga en un juicio ejecutovo mercantil. Si alguien incluso en este foro, le dicen que puede querellarse por fraude, que se lo ponga por escrito.



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