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EX EMPLEADA DOMESTICA SACANDO TARJETAS DE CRéDITO CON MI DOMICILIO

  • Consulta : 203805
  • Autor : Artista15_NR
  • Publicado : Sábado 20 de Julio de 2013 20:18 desde la IP: 189.249.33.41
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,486
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  • Autor
    Consulta

  • Artista15_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Hola buen día, hace unos 10 años tuve una chica que nos ayudaba en casa con las labores domésticas, en ese tiempo tramito su IFE con mi domicilio, tiempo después se fue, ahora están llegando estados de cuenta de tarjetas de crédito a su nombre y no se qué hacer puesto una de ellas no la ha pagado y están acudiendo a obrar a mi casa. Le pregunte a un abogado que conozco y me dice que no puedo hacer nada, ni demandarla por abuso de confianza ni nada... Por favor quisiera ver si ustedes me pueden orientar..

     

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  • Autor
    Respuesta No: 321760

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primero... Saca una acta de residencia en tu Delegacion e quienes viven en esa casa... Segundo... Con esa acta... Inicia una acción penal por hechos probablemente constitutivos de delito... (Como que no se puede)... Tercero... Con las copias de ambos documentos... Las escrituras de tu casa... Recibís de servicios a tu nombre... Y señalando que tu no conoces a esta persona... Si llega un actuario... Podrás demostrar que no es ahí donde deben buscar... Y ya no te molestaran en tus bienes.... Todo se puede... Ya que hayas hecho todo esto y te haya dado resultados... Puedes ir con el RÁBULA ... Que consultaste... Y pedirle que te diga donde estudio o donde le vendieron la cédula...





  • Autor
    Respuesta No: 321830

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Artista15:

    Antes de respnder a su consulta me permito manifestarle varias consideraciones acerca de quién o quiénes son rábula(s).

    Rábula es aquél que le dice que inicie una averiguación previa y a continuación le informa que "Como que no se puede" (SIC)

    Claro está que esa frase pudiera ser interpretada como una admiración, pero entonces debemos considerar que el forista de marras sigue siendo rábula debido a que omitió los signos de puntuación que corresponderían a esa frase y que son el acento escrito (´) en la letra "o" de "Cómo" así como omitió los debidos signos de admiración (¡!) para que la frese fuera: ¡Cómo que no se puede!.

    Pero el asunto no para ahí, pues lo cierto es que es inexistente delito alguno que se le pueda atribuir a la ex empleada doméstica, mientras que los pasos aconsejados por el forista de marras serán inútiles por cuanto que usted carece de obligación alguna para probar que la doméstica carece de arraigo domiciliario en la casa de usted, cuenta habida que, de conformidad con cualquier código de procedimientos, los actos negativos no se prueban, de tal manera que, en dado caso, será a quien demande a quien le toque acreditar que la exempleada de cuenta sí tiene domicilio en ese lugar.

    Por otra parte, es pertinente destacar la ignorancia jurídica del rábula de marras respecto a que los documentos que menciona en modo alguno pueden demostrar que la exempleada carece de arraigo domiciliario en la casa de usted, pues lo único que acreditan es a) quién es el(la) propietario(a) de la casa, b) quién o quiénes habitan esa casa en el momento en que se levante el acta domiciliaria, pero sin excluir otros momentos ni a la servidumbre u otros empleados, c) que usted realizó declaraciones ante una autoridad ministerial o delegacional, d) que existen recibos pagados a nombre de determinada persona que puede resultar que ni siquiera sea usted.

    Y como dijera otro forista, es claro que no pasará nada porque no hay delito tipificado, en contra de la exempleada (por lo que hace a usted), toda vez que el Código Civil establece la posibilidad de que sea señalado un domicilio convencional para el cumplimiento de obligaciones especiales, como en el caso de la exempleada que señaló el de usted para sus tratos con sus acreedores pero aparentemente sí hay un delito en contra de usted y en agravio de su exempleada en virtud de que usted conoce el contenido de la correspondencia enviada a la antigua trabajadora doméstica, lo que sería una violación de correspondencia en virtud de que la única forma de que usted sepa que a ella le envían estados de cuenta es que usted abra los sobres y se imponga de su contenido.

     

    Así las cosas y toda vez que en su consulta usted menciona que "…están acudiendo a obrar (debe ser cobrar) a mi casa…", lo que usted puede hacer es iniciar una averiguación previa en contra de quienes la vayan a molestar a su casa ya sea personalmente, por carta, por teléfono, etc… para cobrar una deuda ajena a pesar de que usted les informe que la deudora NO vive en esa casa, averiguación previa que debe iniciar por el delito de "ejercicio ilegal del propio derecho" aduciendo (si es así y como creo que es) que le ejercen violencia física o moral amenazándola de embargo, etc…", pero si usted tiene la oportunidad, inicie la averiguación previa mediante la presentación de algún cobrador al que entretenga en su casa para dar la ocasión de que se presente una patrulla de policía que lo remita ante el agente del Ministerio Público, claro que usted debe ir también para levantar el acta. Verá que esto es de lo más efectivo para terminar con su problema, siempre y cuando usted se abstenga de cometer la tontera de confesar que ha violado la correspondencia ajena.

    No omito recordarle que las credenciales del I.F.E. de hace diez años, desde el año pasado dejaron de tener vigencia y valor, y que en todo caso, quienes otorgan créditos deben investigar la veracidad de los datos que les proporcionan los solicitantes.

    Por cierto que no será un solo rábula sino varios a quienes deba usted preguntar dónde estudió (con acento en la "o") o dónde le vendieron su cédula (profesional)…



  • Autor
    Respuesta No: 321927

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Saludos Alejandro... La consultante... Pide una salida... Eso es lo que le doy... No digo baboseadas sobre acentos... U otras tonterías... Que no dan salda a un problema... Sólo un idiota... Señala que no hay que probar hechos negativos... Si no tiene como probar que ahí no vive la buscada.... Ahí e van a embargar ... Y seguro... A rematar sus bienes... Porque o probo ese hecho elativo ante un actuario... No ante un juez,,.. Ya no digas tonterías... Y si estas buscando camorra... Acude a tu escusado... Y pelea con tu intestino... A qué si no a cágas ... La embarras... Pero ideas no salen ...



  • Autor
    Respuesta No: 321955

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rábula garovalo:

    Sólo un estúpido ignorante  como usted cree que el juicio se litiga ante el actuario y no ante el juez.

    Sólo un estúpido ignorante  como usted cree quela forma de evitar el embargo es acredita r el hecho negativo de que la sirvienta dejó de habitar la casa en vez de acreditar la propiedad de los bienes de un tercero que es la expàtrona, pero esto deberá hacerce con las respectivas facturas y no con copias de actuaciones que contienen declaraciones unilaterales que son subjetivas por ser de carácter personal.

    Quien diuc e tonterías es usted, y quien busca camorra también es usted, circunstancia que realiza con todos y cada uno de los foristas tal y como se acredita con la siumple lectura de sus intervenciones y la multitud de quejas que hay en contra suya.

    Lo cierto es que usted me ha buscado pleito y al fin lo ha encontrado a pesar de que he sido muy, pero muy paciente, así que le reczuerdo lo que decía un antiguo pendenciero cibernético: "El que se lleva se aguanta", y me refiero al ya muerto "Burrén Sandovale-madres Lopestúpido".

    Así que ya lo sabe: la mentada de madre que me dedicó tiene efectos en contra de usted.



  • Autor
    Respuesta No: 321957

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    jajaja,  ah que mi primus.... ahora quiere peliar con este cabrón,  y yo lo sigo esperando para que me embarre en mi monitor el momento en el cual, según él,  yo me ostenté como un perito en amparo...  es lo que espero para pedirle disculpas.. jajajaja

    jajajajj  primus tres-burros

    jadjaja

    señora:   su asunto es muy fàcil: que sigan acudiendo a cobrar a su casa,  y cuando ya haya un juicio,  la van a embargar, pero usted con ayuda de un abogado bueno, como nosotros los que tenemos cèdula,  simplemente opondrà una excepciòn que se llama TERCERIA EXCLUYENTE y se acabò... ya no le digo màs, pues esta es la soluciòn

    Ora que si es como una clienta que tuve que tenìa una credencial de elector CON OTROS DATOS diferentes a los suyos, pero era su foto y ella la portaba, y con eso sacò un crèdito en FAMSA.. jaajja, eso serà harina de otro costal.  

    Saludos al primus ..ajajajajaj



  • Autor
    Respuesta No: 322019

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Saludos Alejandro... Las mentadas... Son para los católicos. Como las campañas a misa... Ya te veo comulgando... Suerte... Saldrás cuaresmen... Saludos...





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