- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
ALIMENTOS CONVENIO
- Consulta : 228380
- Autor : Rubenjimenezg.rj_NR
- Publicado : Miércoles 30 de Abril de 2014 09:51 desde la IP: 201.157.83.156
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,484
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 30 de Abril de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola abogados mi pregunta es la siguiente, En un convenio de alimentos si la parte a la que se demando el divorcio y acepto el convenio de visitas y alimentos pero ya pasaron 2meses y su abogado no ha hecho los oficios para que se descuente ala otra parte, que debe de dar el porcentaje de alimentos en este caso por la tardanza existiría un retroactivo ala pensión o sólo se le deberá de descontar la pensión de alimentos desde el momento que entren los oficios? -
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 353950
-
Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Abril de 2014 09:59 2014-04-30 09:59 desde IP: 187.208.5.65
quien debe girar los oficios es el juez y si TU abogado va a coadyvar llevando los oficios q se apure ya q el abogado de tu ex no lo va a hacer para beneficio de SU cliente no del tuyo. y la empresa tiene q descontar desde el momento en q reciba la orden no antes
-
Autor