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CAMBIO DE RESIDENCIA CON HIJO.
- Consulta : 117531
- Autor : estrella.da_NR
- Publicado : Jueves 23 de Junio de 2011 12:03 desde la IP: 187.153.76.84
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,484
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 23 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Buenas tardes, mi situación es como sigue: hace casi dos años mi conyuge abandono el domicilio conguyal, yo levante un acta administrativa donde constaba el abandono de hogar y enfatizando la no aportación de la manutención al menor de 6 años que tenemos del matromonio.
No he podido realizar el trámite de divorcio, ya que mi conyuge me ha amenazado con no darme el divorcio y el quitarme la custodia de mi hija. Hasta la fecha el no ha apotado la manutención de la menor, aunque sí la frecuenta algunos fines de semana.
Por cuestiones economicas y de crecimiento laboral y personal he tomado la decisión de cambiar de residencia a otro estado de la República Mexicana, mi pregunta es la siguiente: Tendré algún problema si lo hago? Es decir, que mi conyuge me acuse de secuestro o de haberme llevado a la menor a otro estado sin su consentimiento? Tengo que realizar algún trámite ante la ley para poder cambiar de residencia? Si me voy así no tendré problemas después?
Les agradezco de antemano mucho su ayuda y consejo ya que estoy desesperada y no quiero cometer algún error que después me cueste la custodia o patria protestad de mi hija.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 228458
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Junio de 2011 08:45 2011-06-24 08:45 desde IP: 189.139.132.41
primero divortciate si eres la mama entonces puedes irte con tu hijo hasta katmandu si ese es tu deseo en el divorcio q lo tienes q promover en elultimo lugar donde estuvo el domicilio conyugal debera pedit tu abogado la guarda y custodia provisional y en su momento la definitiva de tu hija, la pension alimenticia, y listo pero para hecer esto debes ver a un abogado a la de ya,los menores de edad hasta los 12 años deben permanecer con la madre despues de esa edad ellos deciden con quien vivir pero tiene q ser por derecho no por hecho es decir tiene q mediar un juicio.
el conyuge abandonado tendra derecho a visitas y a otorgar pension alimenticia
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