- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
COMODATO
- Consulta : 212992
- Autor : contabilidad_NR
- Publicado : Martes 05 de Noviembre de 2013 11:14 desde la IP: 189.249.56.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,610
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 05 de Noviembre de 2013
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 330984
-
Fecha de respuesta: Martes 05 de Noviembre de 2013 11:30 2013-11-05 11:30 desde IP: 187.208.25.114
porsupuessto q existe y esta contemplado dentro del codigo civil de su entidad....
acuda con abopgado de su confianza para q le tramite el comodato de acuerdo a sus necesidaes
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 331035
-
Fecha de respuesta: Martes 05 de Noviembre de 2013 17:55 2013-11-05 17:55 desde IP: 201.103.131.50
Le recomiendo que nunca haga un contrato por su cuenta si no tiene los conocimientos en derecho, la mayoría de los formatos que puede encontrar en la red vienen genéricos y con muchas deficiencias que terminan siendo decisivos a la hora de incumplimiento de la contraparte por no haber pactado penas o términos o infinidad de cosas que se necesitan plasmar para un contrato bien hecho, si gusta puedo ayudarlo a revisar su contrato si me escribe al correo infocynasociados
Los artículos que lo contemplan el comodato son desde el artículo 2497 al 2515 del Código Civil para el Distrito Federal.
-
Autor