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PENSIóN ALIMENTICIA

  • Consulta : 272921
  • Autor : herbolario
  • Publicado : Martes 28 de Julio de 2015 23:49 desde la IP: 187.133.137.13
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,484
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  • Autor
    Consulta

  • herbolario
    USUARIO REGISTRADO

    Reciba un cordial saludo.  

    Inmediato al divorcio me quedè sin empleo y dejé de pagar pensión alimenticia a mi hija de 1 año de edad por un perìodo de 5 años (2003-2008) a partir del año 2009 a la fecha he estado depositando puntualmente a la cuenta de mi ex-esposa la pensiòn alimenticia pactada por el juzgado correspondiente. He sido demandado y NO notificado por mi ex-esposa por la cantidad de $152,000 mxn. Sin embargo existe mi aval la cual es una amiga cercana a mi ex-esposa y con la cual no tengo contacto alguno. He perdido la patria potestad de mi hija de 11 años a la cual he dejado de verla desde hace 9 años. Mis dudas son las siguientes: 1. ¿Porquè no se actuò en  contra de mi aval durante los 5 años que no pude pagar la pensiòn alimenticia? y 2. ¿Qué procede si despuès de haber pagado la pensiòn alimenticia puntualmente los ùltimos 6 años (aùn y sin convivir con mi hija) y ahora que he perdido la patria potestad; la dejo de pagarla?

    Agreadezco de antemano sus atenciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 383653

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Por qué dice Uasted que perdió la patria potestad? ¿Hay sentencia que así lo ordena? 

    Pero independientemente de ello, el hecho de perder la patria potestad de su hija no lo libera se seguir pagando pensión hasta la mayoría de edad o incluso hasta que termine sus estudios superiores si está en edad acorde.



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