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NO EMPLAZAMIENTO

  • Consulta : 163352
  • Autor : agmaldonado_NR
  • Publicado : Viernes 03 de Agosto de 2012 13:44 desde la IP: 148.244.172.172
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,484
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  • Autor
    Consulta

  • agmaldonado_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    En un juicio laboral, como poderle hacer para que en un momento dado si en el escrito inicial de demanda de la parta actora, señalan y/o iman el despido  injustificado o la misma rescicion del contrato, a los dueños de la empresa, estos esten libre de toda acusacion y por consiguiente no sean emplazados ni llamados a juicio.

    Ya que por ser personas ocupadas y realmente no tienen ingerencia con ningun trabajador salvo con los mismos directores de la empresa, pero por la astucia de los abogados de los trabajadores les quieren imar hechos falsos, para que en un momento dado en alguna prueba confesional para hechos propios no se presenten y se de la llamada  confesion ficta para asi ganar ellos el juicio,  ¿ como defensor de la parte patronal, como puedo hacer librar a estos de presentarse en juicio?

     

    gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 278791

  • lexserleg
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas Tardes , te sugiero recibir las notificaciones, incluyendo las de los dueños y en tu contestacion de demanda la empresa o sociedad que los dio de alta ante le imss "asume" la relacion laboral y los dueños  simplemente contestan negando categoricamente la relacion laboral, de esta manera los "sacas del proceso" y solo en el caso de que a alguno de ellos les imen directamente el despido y tendrs que desvirtuar en modo tiempo y lugar que alguno de ellos hay sido el que despidio el trabajador, po ejemplo demostrando que se encontraba fuera del pais o que fue intervenido quirurgicamente etc.

     

    Saludos y sigo a la orden



  • Autor
    Respuesta No: 278792

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tienen que comparecer por conducto de apoderado, dando contestación a la demanda y negar la relación laboral, señalando quién era el responsable de la fuente de trabajo y que ellos sólo eran representantes del patrón.

    Pero no existe poder humano que pueda impedir que los citen a una prueba confesional, pues la Ley establece que si la prueba se ofrece de esa forma (Personalísima y no por conducto de apoderado alguno) tendrán que acudir, por impu tarle precisamente hechos propios.

    Y además, las audiencias no son de un día para otro, así que es importante que agenden esa fecha y vayan, si no quieren acudir.

    O en su defecto, lleguen a una negociación, ya sea para que se desista de las personas físicas o de todos...

    Si no quieren problemas, entonces que paguen, no todo obviamente, pero ofrezcan alguna cantidad y santo remedio...

    Suerte!



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